Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 9/7/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 18

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Granada, martes, 9 de julio de 2019

2. Ayuda para tratamientos especializados como audífonos, ortopedia, prótesis, lentes correctoras gafas, lentillas, tratamiento odontológico, tratamiento psicológico. Todos ellos debidamente acreditados, siempre que no estén incluidos en la cobertura de la red pública sanitaria. Cuantía de 600 euros al año por unidad de convivencia.
3. Ayuda económica para cubrir necesidades de los menores hasta los 24 meses, incluye leche de continuación, pañales, cereales y productos de higiene: 100
máximo 3 veces al año.
4. Ayudas para material escolar: límite de 100 euros por menor y curso académico. Excepto casos excepcionales, familias sin ingresos, a valorar por el equipo de Servicios Sociales.
5. Ayudas de suministros y alquiler:
Recibos de luz: Se podrán pagar hasta 6 recibos, si son mensuales. Si fueran bimensuales, se pagarán 3 recibos al año por unidad de convivencia, del suministro de luz. Siempre que exista aviso de corte.
Recibos de agua: Se podrán pagar hasta 2 trimestres al año por unidad de convivencia. Con aviso de corte.
Recibos de alquiler. Hasta un máximo de 1.500 euros por unidad de convivencia, siempre que exista una deuda pendiente.
Excepcionalmente, en casos con indicadores de grave riesgo de exclusión o vulnerabilidad, con el correspondiente informe de los Servicios Sociales Comunitarios. El órgano municipal competente podrá valorar y en su caso subvencionar aquellos expedientes que no cumplan los requisitos establecidos.
6. Ayuda para la atención del desahucio de la vivienda habitual.
De carácter inmediato, urgente cuyo objetivo es atender situaciones de desahucio judicial de la vivienda habitual, se abonarán los gastos para una nueva vivienda en alquiler. Cuantía máxima 1.500 euros por unidad de convivencia.
7. Pago de necesidades básicas de alojamiento temporal. Límite de 1.200 euros anual.
8. Ayudas para equipamiento básico de la vivienda habitual. Destinada a la compara de mobiliario o electrodomésticos cuando exista la carencia de ellos o se encuentren deteriorados, que resulten de vital importancia para la unidad familiar. Cuantía máxima de 500
euros por unidad de convivencia.
9. Gastos de desplazamientos: ayuda destinada al transporte público para aquellas personas que por necesidades especiales deben asistir a citas médicas u otros servicios. Cuantía 150 euros anual por unidad de convivencia.
10. Ayudas de carácter polivalente: No cubierta por ningún otro sistema de protección. De carácter puntual y que tengan por objeto cubrir situaciones de necesidad extremas para la subsistencia. Hasta un máximo de 800 euros anuales.
AYUDAS DE EMERGENCIA PARA VÍCTIMAS DE
VIOLENCIA DE GÉNERO, CON SENTENCIA.
1. Se le tramita la RAI. Destinada en principio para el alquiler.

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B.O.P. número 128

2. Además el complementario poder solicitar una ayuda para alimentos, hasta tres veces en el año.
AYUDAS PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO SIN DENUNCIA:
Personas en proceso de separación con apoyo psicológico Ayuda para el alquiler 4 meses. Cumpliendo los requisitos anteriores.
Ayuda para alimentos, durante tres veces al año.
En los dos casos podrán solicitar ayuda económica para el pago de Suministros. Siempre y cuando no superen los límites establecidos.
En los casos de violencia de género con sentencia o sin denuncia, siempre y cuando el equipo de servicios sociales, lo considere conveniente, se podría ampliar una vez más la ayuda concedida. Con una nueva valoración si las circunstancias continúan.
Desde los Servicios Sociales, se llevará un seguimiento de las ayudas concedidas y de las justificaciones presentadas por los perceptores.
La ayudas presentadas en la presente base, en atención a las personas en riesgo de exclusión o vulnerabilidad que se pretende paliar, serán compatibles entre sí y además con otro tipo de ayudas concedidas por otras administraciones públicas u organizaciones sindicales, no pudiendo duplicarse las mismas para idéntica finalidad, mientras se resuelven otras ayudas solicitadas."
Salobreña, 1 de julio de 2019.-La Alcaldesa, fdo.: María Eugenia Rufino Morales.

NÚMERO 3.389

AYUNTAMIENTO DE TORVIZCÓN Granada
Nombramiento de Tenientes de Alcalde EDICTO
D. Juan David Moreno Salas, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Torvizcón Granada, HAGO SABER: Que en la sesión de Pleno de este Ayuntamiento celebrada el día 1 de julio de 2019, quedaron nombrados para el cargo de Tenientes de Alcalde de este Ayuntamiento los siguientes voncejales:
1 Teniente de Alcalde: D Adela López López.
2º Teniente de Alcalde: D. Juan M. Almendros Almendros.
3º Teniente de Alcalde: D. José Ramón Muriel Góngora.
Todo ello en cumplimiento del art. 38 del R.O.F. y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Torvizcón, 2 de julio de 2019.-El Alcalde, fdo.: Juan David Moreno Salas.

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 9/7/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date09/07/2019

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First edition01/06/2002

Last issue16/05/2024

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