Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/11/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
Paraná, viernes 10 de noviembre de 2023

jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente estatuto. CAPITAL ACCIONES: ARTÍCULO N 5: El capital social es de pesos Cuarenta y Seis Millones $46.000.000, representado por Cuatro Mil Seiscientas 4.600 acciones, de pesos Diez Mil $10.000 valor nominal cada una, ordinarias, nominativas, no endosables, de la clase B y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado conforme a lo previsto por el art. 44 de la Ley 27.349. ARTÍCULO N 6: Las acciones que se emitan podrán ser ordinarias nominativas no endosables, escriturales o preferidas. Las acciones ordinarias pueden ser: de clase A que confieren derecho a cinco votos por acción, y de la clase B que confieren derecho a un voto por acción. Las acciones preferidas tendrán derecho a un dividendo de pago preferente, de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de emisión, también podrán fijárseles una participación adicional en las ganancias. Las acciones que se emitan deberán indicar su valor nominal y los derechos económicos y políticos reconocidos a cada clase conforme art. 46/47/48 Ley 27.349. ADMINISTRACIÓN REPRESENTACIÓN - USO DE FIRMA. ARTÍCULO N 7: La administración estará a cargo del Sr. GOYCOCHEA
ANDRES MARIA, DNI 35.445.592 que revestirá el carácter de administrador Titular. En el desempeño de sus funciones y actuando en forma individual o colegiada según el caso tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social y durará/n en su/sus cargo/s mientras no sean removido/os por justa causa. En este mismo acto se designa al Señor Panozzo Zenere Andrés Damián DNI
20.667.609 con Domicilio en calle Pablo Stampa 2250 de la ciudad de Chajarí, en carácter de administrador suplente con el fin de llenar la vacante que pudiera producirse. Los nombrados, presentes en este acto, aceptan en forma expresa la designación propuesta, respectivamente, bajo responsabilidad de ley, se notifican del tiempo de duración de los mismos y manifiestan, con carácter de declaración jurada, que no les comprenden las prohibiciones e incompatibilidades de ley. ARTÍCULO N 8: La representación y uso de la firma social estará a cargo del Señor GOYCOCHEA ANDRES MARIA, DNI 35.445.592 en caso de ausencia o impedimento corresponderá a la reunión de socios, o en su caso al socio único la designación de su reemplazante. Durará en su cargo mientras no sea removido por justa causa. REUNION DE SOCIOS ARTÍCULO N 9: Todas las resoluciones sociales de la sociedad se asentarán en un libro de Actas que se llevará a tales efectos y las disposiciones se tomarán en un todo de acuerdo a lo prescripto por el art. 53 de la Ley 27.349 y concordantes de la Ley 19.550. De las deliberaciones de las reuniones de socios deberán labrarse actas, las que resumirán las manifestaciones efectuadas, el sentido de las votaciones y su resultado, con expresión completa de las decisiones adoptadas. El quórum para cualquier reunión se forma con la presencia de socios que representen más de la mitad del capital social. Las decisiones sociales que tiendan a introducir modificaciones en el contrato social deben ser tomadas por decisiones de más de la mitad del capital social. Las resoluciones sociales que no conciernen a la modificación del contrato, la designación o revocación de administradores o representantes se adoptarán por mayoría del capital presente en la reunión. A los administradores y representantes legales se les aplicará lo normado por el art. 157 LGS. FISCALIZACIÓN. ARTÍCULO N 10: La sociedad prescinde de órgano de fiscalización, adquiriendo los accionistas las facultades de contralor conforme el art. 55 Ley 19.550. BALANCE DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES. ARTÍCULO N 11: El ejercicio social cierra el día 31 de Diciembre de cada año.
A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. ARTÍCULO N 12: Las ganancias realizadas y liquidas se destinarán: a el cinco por ciento, hasta alcanzar el veinte por ciento del capital suscripto, para el fondo de la Reserva Legal. b la remuneración del órgano de administración y representación, en su caso. c a reservas facultativas, conforme lo previsto en el artículo 70 in fine de la Ley 19.550. d a dividendos de las acciones preferidas, y con prioridad los acumulativos impagos. e a dividendo de acciones ordinarias. f el saldo, al destino que fije la reunión de socios. ARTÍCULO N 13: Los dividendos deberán ser pagados, en proporción a las respectivas integraciones, dentro del ejercicio en que fueron aprobados. DISOLUCIÓN LIQUIDACIÓN. ARTÍCULO N 14: Disuelta la sociedad por cualquiera de las causales previstas por el artículo 94 de la Ley 19.550, la liquidación será practicada por el o los liquidadores designados por la reunión de socios quienes deberán actuar conforme a lo dispuesto en los artículos 101, siguientes y concordantes de la Ley 19.550. Autorizar a Delfina Andrea Reibel D.N.I. N 35.222.760, Matricula Nº 8691, con domicilio especial en Mitre 547 de la ciudad de Paraná Provincia de Entre Ríos, para que realicen todos los trámites necesarios para la inscripción en el Registro Público del presente instrumento, facultándolos para

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/11/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date10/11/2023

Page count79

Edition count4753

First edition01/12/2003

Last issue21/05/2024

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