Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/5/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa
Paraná, martes 24 de mayo de 2022

Que los artículos 07 y 19 del Decreto N 488/88 y su modificatorio Decreto N 5165/91 establece: artículo 1:
los agentes penitenciarios serán calificados anualmente en forma individual, con vistas a hacer efectivo su progreso en la carrera. A su vez el artículo 12 manifiesta que las instancias clasificatorias deberán consignar en el informe, un juicio sintético sobre el calificado a la calificación numérica impuesta, destacando las cualidades y defectos que ha puesto de manifiesto o evidenciado, señalando también si reúnen aptitud para el ascenso, si debe permanecer en el grado o si lo considera no apto para el mismo; y Que el sistema de calificaciones se apoya en un basamento jurídico-técnico que, al momento de concretarse en la emisión del respectivo juicio de valor para cada personal del Servicio Penitenciario, debe respetar ese plexo independientemente de las circunstancias particulares que en caso apoyen la definición; y Que en las presentes actuaciones no se aprecian vicios a los que aludió en sus libelos la recurrente, no se han mesurado y/o justificado debidamente los supuestos daños reclamados; y Que, en razón de lo expuesto, corresponde el rechazo del Recurso de Revocatoria interpuesto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia DECRETA:
Art. 1º - Rechácese el Recurso de Revocatoria interpuesto por la Oficial Subprefecto Claudia Magdalena Martínez, DNI N 22.023.414, Legajo Personal N 121.383, contra el Decreto N 2051/21 MGyJ, en todos sus términos, por las razones expuestas en los considerandos precedentes.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º - Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones al Servicio Penitenciario de la Provincia. Oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero -----DECRETO Nº 518 MGJ
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 18 de marzo de 2022
VISTO:
El Recurso de Revocatoria interpuesto por el Oficial Sub Inspector Ariel Antonio Durruty, L.P. N27.595, D.N.I. N
29.883.894, con patrocinio letrado, contra el Decreto N 3433 MGyJ de fecha 08 de noviembre de 2021; y CONSIDERANDO:
Que el mencionado decreto dispuso la Destitución por Cesantía del Oficial Sub Inspector Ariel Antonio Durruty, por hallarlo en infracción a lo instituido en el artículo 160; artículo 161, inciso 1, concordante con el artículo 4
inciso a, artículo 161 inciso 13, artículo 10, artículo 11 incisos al y f; artículo 12 incisos b y s y artículos 162
y 313 todos del Reglamento General de Policía Ley 5654/75; y Que ha tomado intervención la División Asesoría Letrada de la Policía de la Provincia, mediante Dictamen N 69
obrante a fojas 385, indicando que el recurso fue presentado en término; y que en virtud de tratarse de un Recurso de Revocatoria correspondería la elevación al Poder Ejecutivo de la Provincia; y Que a fojas 389/391 emitió opinión la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, mediante Dictamen Técnico Legal N 000171/22 DGAJ - MGyJ, haciendo un análisis formal de la presentación, atento a la fecha de notificación del acto atacado el día 25 de noviembre de 2021 y su abogado defensor el día 26 de noviembre de 2021 conforme constancias de fojas 352 y 353 respectivamente y de la interposición del escrito recursivo el día 03 de diciembre de 2021 opina que resultaría formalmente procedente; y Que posteriormente esa asesoría legal ingresa al estudio sustancial de la cuestión planteada, expresando que se agravia el recurrente en cuanto considera que no se han dado las garantías del debido proceso administrativo ya que el Honorable Consejo de Disciplina II opino que se debería sancionar al Oficial Sub Inspector Durruty con destitución por cesantía, a lo cual las instancias superiores comparten la misma sin objeciones jurídicas, violando el derecho de defensa en juicio de raigambre constitucional; y Que además sostiene, que la destitución por cesantía aplicada como consecuencia de un hecho menor resulta desproporcionada e irrazonable en relación al hecho, tilda de absurdo y que la autoridad administrativa haya

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/5/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date24/05/2022

Page count75

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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