Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/4/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 29 de abril de 2021

BOLETIN OFICIAL

Que con el fin de sostener, promover y fortalecer el derecho fundamental a la cultura plasmado en el artículo 26 de la Constitución Provincial, el titular de este Poder Ejecutivo estima procedente acceder a lo solicitado;
Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, ha adjuntado volante de registro de reserva preventiva del gasto debidamente intervenido por la Contaduría General de la Provincia;
Que la Subsecretaría Legal y Técnica de la Secretaría General de la Gobernación, se ha expedido al respecto, mediante Dictamen N
179/21 obrante en autos;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en los artículos 26 y 174 de la Constitución Provincial;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Otórgase un subsidio por la suma total de Pesos doscientos mil $ 200.000, a la Fundación Magma, con domicilio en calle Alberdi N 119, de la ciudad de Concordia, en la persona de su presidente, Sr. Alfredo Osvaldo Pérez, M.I. N 14.998.445, domiciliado en Av.
Gerardo Yoya N 171, de la citada ciudad, con destino a solventar gastos administrativos, de funcionamiento, mantenimiento de la propiedad y el pago de servicios adeudados, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.Art. 2º.- Impútase el gasto a D.A. 954, Carácter 1, Jurisdicción 10, Subjurisdicción 01, Entidad 0000, Unidad Ejecutora Gobernación, Programa 16, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 1, Función 31, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente de Financiamiento 0001, Inciso 5, P. Principal 1, P. Parcial 7, Subparcial 0000, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07 del presupuesto vigente.Art. 3º.- Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a abonar directamente al presidente de la entidad, Sr. Alfredo Osvaldo Pérez, la suma determinada en el artículo 1.Art. 4º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de de Estado de Gobierno y Justicia.Art. 5º.- Con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General de Subsidios de la Gobernación, a sus efectos. Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 339 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 15 de marzo de 2021
VISTO:
La actuaciones de referencia mediante las cuales la Sra. Mirta Lorena Martín, interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo es incoado en razón del retardo en movilizarse las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: N
2177362;
Que según surge de la consulta en el sistema informático de seguimiento de expedientes dichos actuados se localizan desde el 13.03.2020 en Fiscalía de Estado, encontrándose vencido el plazo de cuarenta días hábiles que posee dicho organismo para emitir dictamen, previsto en el Decreto N 1535/95 SGG;
Que en virtud de lo expuesto corresponde hacer lugar al recurso interpuesto e intimar al organismo moroso a imprimir el trámite pertinente a las actuaciones en cuestión;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 174 de la Constitución Provincial y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 72 al 74 de la Ley N 7060;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la Sra.
Mirta Lorena Martín, M.I. N 26.389.368, con domicilio real en calle Echage N 635, Dpto. 2, de esta ciudad, por mora en la tramitación de las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: N
2177362 y en consecuencia intímase a Fiscalía de Estado, a efectos de imprimir al expediente citado el trámite pertinente, dentro de los diez 10 días hábiles de notificado el presente.Art. 2º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.-

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Art. 4º.- Con copia del presente, pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación, para la notificación a la recurrente. Cumplido, pase a la Fiscalía de Estado.
Publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
DECRETO Nº 106 MGJ

HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 17 de febrero de 2021

VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por el Sargento Ayudante de Policía Poggi Federico Alberto, LP Nº 20.987, MI Nº 20.257.391, por derecho propio y con patrocinio letrado, contra la Resolución JP Nº 209/17 de fecha 12 de diciembre de 2017; y CONSIDERANDO:
Que el presente recurso se planteó contra la Resolución mencionada, la cual dispuso sancionar al recurrente con veintiún 21 días de arresto, por hallarse su conducta incursa en violación a normativas contenidas en el artículo 160º, artículo 151º Inc. 13 artículo 12º Inc. c y s, artículo 162º y 313º de la Ley 5654/75, debiendo ser afrontado el cargo de reposición del bien patrimonial sustraído en forma solidaria; y Que ha tomado intervención la División Asesoría Letrada de la Policía de la Provincia, mediante Dictamen Nº 299 quien refirió que de las constancias obrantes en los actuados emana que se notificó tanto al funcionario como a su defensa, de la resolución recurrida el día 17/01/2018, por lo que concluye que el recurso ha sido interpuesto en tiempo y forma, conforme lo establece el artículo 219º de la Ley 5654/75, aconsejando la elevación de las actuaciones al Poder Ejecutivo Provincial; y Que mediante Dictamen Nº 590 DAJ-MGYJ, se expidió la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, indicando que se presenta el recurrente y relata que las actuaciones sumariales giran en torno a la desaparición de una pistola ametralladora PA 3, que no se ha establecido la fecha en que se produjo y que debe considerárselo completamente ajeno a esa desaparición en virtud a que cumplió su último servicio en la Comisaría de Ubajay el 20 de mayo de 2015, a las 12.30 horas; y Que aunque las actuaciones culminaron sin poder determinar la fecha exacta en que desapareció la pistola, ni en la cual se detecto la faltante sin justificación alguna se dispuso que la investigación se hiciera desde el 20 de mayo de 2015; fecha en que el recurrente realizó su última guardia y en la que además se realizó acta de entrega de la Comisaría al Comisario Madera Adrián Omar, donde en el inventario general confeccionado ese día figura la existencia de la ametralladora marca PA 3, serie Nº 10854, con dos cargadores y sin proyectiles en buen estado, o sea que cuando el Sargento Poggi se retiró de la Comisaría de Ubajay el arma en cuestión se encontraba en la habitación de suboficiales de acuerdo al inventario; y Que la faltante de la ametralladora se percató recién el día 27 o 30 de junio de 2015, sin saberse aún a fecha cierta que día desapareció, no habiéndose probado que haya desaparecido ese 20 de mayo, antes de las 12.30 horas en que se retiró el recurrente y no volvió a dicha dependencia por haber sido trasladado; y Que en las investigaciones, tanto judicial como administrativa no se ha podido determinar quien o quienes fueron los autores, como tampoco la fecha en que ocurrió el hecho investigado conforme el principio de inocencia no es posible sancionar sin tener pruebas fehacientes del hecho y de la autoría, siendo aún mayor la improcedencia de la sanción aconsejada, al encontrarse acreditado que el funcionario no estaba cumpliendo funciones en la Comisaría de Ubajay, en el lapso de tiempo que se presume desapareció el arma, por lo que aconseja hacer lugar al recurso interpuesto; y Que obra intervención de Fiscalía de Estado, mediante Dictamen Nº 109/20, quien se adhiere a los argumentos vertidos y en consecuencia comparte la conclusión a la que arriba la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, en el sentido de hacer lugar al recurso de apelación, aconsejando en consecuencia el dictado que así lo disponga; y

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/4/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date29/04/2021

Page count88

Edition count4753

First edition01/12/2003

Last issue21/05/2024

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