Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/12/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 1 de diciembre de 2020

BOLETIN OFICIAL

SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 1581 MS

APROBANDO ADENDA
Paraná, 5 de octubre de 2020

VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se tramita el otorgamiento de un aporte extraordinario al Hospital de La Baxada Dra. Teresa Ratto administrado por S.E.R.S.E., para cubrir los gastos de la puesta en funcionamiento de la unidad respiratoria y salas de aislamiento de pacientes con Covid, por la suma de $ 21.259.024,23; y CONSIDERANDO:
Que mediante Resoluciones Nºs. 949/19 MS y 1238/20 MS se dispuso adecuar un sector del mencionado hospital, a los fines de establecer un servicio destinado exclusivamente a la atención de cuidados críticos de enfermos COVID-19 o personas sospechosas de padecer la enfermedad, en el marco de la Emergencia Sanitaria Nacional, declarada por D.N.U. Nº 260-2020 P.E.N. habiendo adherido la Provincia mediante Decreto Nº 361 /20 MS;
Que en virtud de lo expuesto, y de acuerdo al convenio prestacional, celebrado oportunamente entre la Provincia y Salud Entre Ríos -Sociedad del EstadoSERSE, ratificado por Decreto Nº 4453/15 MS y modificatorios, se procedió a la suscripción de una adenda a dicho convenio, entre el Ministerio de Salud y la citada sociedad, en la cual se establecen las cláusulas y condiciones para el cumplimiento de dicho objetivo;
Que en dicha adenda se establece que la provincia se obliga a entregar a la sociedad un aporte extraordinario de $ 21.259.024,23, complementario del aporte regular, mensual y convenido, el cual será transferido por la Tesorería General de la Provincia, y no podrá tener otro destino del que se establece en el Anexo I que forma parte de tal documento, debiendo rendirse cuenta de su inversión ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia;
Que el Anexo I aludido precedentemente fue confeccionado conforme lo sugerido desde el Comité de Organización para la Emergencia de Salud -COES-, en el marco de las acciones que le son propias, según Resolución Nº 633/20 MS, ratificada por Decreto Nº 361/20
MS, a saber: Medicamentos e Insumos $ 11.074.092,30, Laboratorios $ 216.666,67, Lavandería $ 278.952,00, Esterilización $ 456.224,00, Infraestructura $ 1.598.664,37, Bioingeniería $ 2.336.865,71, Sistemas $ 3.496.558,62, Higiene y Limpieza $ 1.801.000,56;
Que mediante acta de reunión de directorio de SERSE Nº 102, obrante en autos, se aprueba la adenda extraordinaria al convenio prestacional por la suma de $ 21.259.024,23;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, ha emitido el dictamen de su competencia;
Que la Subsecretaria de Administración de este Ministerio, ha tomado intervención de su competencia manifestando que desde el punto de vista presupuestario a la fecha se cuenta con disponible en el Prog. 19 - Act. 28 Hospital de La Baxada Dra. Teresa Ratto presupuesto vigente Ley 10.754, para atender la imputación del gasto correspondiente a la asistencia financiera requerida en el marco de lo autorizado por la emergencia sanitaria por COVID-19;
Que el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, ha tomado intervención pertinente sugiriendo la utilización de los créditos vigentes y en una etapa posterior se analizarán los refuerzos que surjan necesarios;
Que la Dirección General de Administración del citado Ministerio, han tomado la debida intervención como así la Delegación Contable de la Contaduría General de la Provincia;
Que la presente gestión se encuadra en DECNU-2020-260-APNPTE, y DECNU Nº 297/20 PEN, Decreto Nº 361/20 MS y modificatorios, Resolución Nº 633/20 MS, Resolución Nº 949/20 MS y Resolución Nº 1238/20 MS, Decreto Nº 4453/15 MS y Decreto Nº 4515/15
MS;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Apruébase la adenda al convenio prestacional, celebrado oportunamente entre la Provincia y Salud Entre Ríos -Sociedad del EstadoSERSE, ratificado por Decreto Nº 4453/15 MS, y su Anexo I, la que pasa a formar parte del presente texto, suscripta entre el Ministerio de Salud, representado por su titular, Mg. Sonia Velázquez y SERSE, representado por su presidente, Cr. Carlos Ramos, en la cual se establecen las cláusulas y condiciones para la transferencia de un aporte extraordinario por la suma de pesos veintiún millones doscientos cincuenta y nueve mil veinticuatro con veintitrés centavos $ 21.259.024,23 al Hospital de La Baxada Dra. Teresa Ratto, para cubrir los gastos de la puesta en funcionamiento de la unidad respi-

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ratoria y salas de aislamiento de pacientes con Covid-19, conforme lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2- Establécese que la Sociedad del Estado -SERSE-, deberá invertir los fondos recibidos objeto de la presente gestión, conforme se discrimina en el Anexo I de la adenda que se aprueba por el artículo 1º del presente texto, el cual fue confeccionado conforme a lo aconsejado por el Comité de Organización para la Emergencia de Salud -COES-, en el marco de las acciones que le son propias, según Resolución Nº 633/20 MS, ratificada por Decreto Nº 361 /20
MS y en cumplimiento de lo dispuesto en las cláusulas 3 y 4 de la misma.
Art. 3 - Impútese el gasto a la siguiente cuenta del Presupuesto vigente: Dirección de Administración 960 - Carácter 1 - Jurisdicción 45 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 19 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 28 Obra 00 - Finalidad 3 - Función 12
- Fuente de Financiamiento 11 - Subfuente de Financiamiento 0001
- Inciso 3 - Partida Principal 4 - Partida Parcial 2 - Subparcial 0000
- Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07.
Art. 4 - Facúltase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud a confeccionar la orden de pago y a la Tesorería General de la Provincia a transferir los fondos, en concepto de aporte extraordinario al Hospital de La Baxada Dra. Teresa Ratto -Salud de Entre Ríos Sociedad del Estado -S.E.R.S.E.-, la suma de $ 21.259.024,23, dejando aclarado que será el Sr. Director General del citado Hospital Cr. Carlos G. Ramos el responsable de la ejecución del gasto y quien deberá rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Art. 5 - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 6º - Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 1586 MS
RECONOCIENDO FUNCIONES
Paraná, 5 de octubre de 2020
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se solicita el reconocimiento de las funciones de Jefe de División Informática del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, y el adicional por responsabilidad funcional, a favor del agente Jorge Rubén Salvadore, DNI
Nº 17.962.824; y CONSIDERANDO:
Que el mencionado agente, revista en categoría 06 -Carrera Técnica -Tramo B -Escalafón General, del citado nosocomio;
Que por Disposición Interna Nº 208/18 del Hospital ut supra referenciado, se le asignaron las funciones de Jefe de División Informática, en reemplazo de su titular el agente Enrique Carlos Almada, quién hizo uso de licencia, por el período comprendido desde el 01/02/18 al 16/03/18;
Que el Departamento Planificación y el Departamento Personal, ambos del Ministerio de Salud, han realizado el informe técnico pertinente;
Que la Dirección General de Recursos Humanos, ha tomado la intervención pertinente de acuerdo a lo establecido por el Decreto Nº 2900/71 SGG.;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de Administración, ambas del citado Ministerio, se han expedido al respecto;
Que la delegación contable de la Contaduría General de la Provincia, ha tomado la intervención correspondiente;
Que la presente gestión se encuadra en lo dispuesto por Decretos Nºs. 4458/90 MGJOSP, 5384/03 GOB y 2426/04 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Reconócense a favor del agente Jorge Rubén Salvadore, DNI Nº 17.962.824, categoría 06 -Carrera Técnica -Tramo B -Escalafón General del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, las funciones de Jefe de División Informática del mencionado nosocomio, y el adicional por responsabilidad funcional, por el período comprendido desde el 01/02/18 al 16/03/18, en virtud a lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2- Impútase el gasto a las siguientes cuentas del Presupuesto Vigente: Dirección de Administración 960 -Carácter 1 -Jurisdicción 45 -Subjurisdicción 00 -Entidad 0000 -Programa 19 -Subprograma 00 -Proyecto 00 -Actividad 04 -Obra 00 -Finalidad 3 -Función 12 -Fuente de Financiamiento 11 -Subfuente de Financiamiento 0001 -Inciso 1 -Partida Principal 1 -Partida Parcial 1/3/4/6 -Partida Subparcial 1001/1100/1111/1181/1031/1051/1075 -Departamento 84 -Ubicación Geográfica 07.
Art. 3 - Autorízase a la Dirección General de Administración del

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/12/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date01/12/2020

Page count23

Edition count4753

First edition01/12/2003

Last issue21/05/2024

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