Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/5/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 330 GOB

Paraná, 3 de marzo de 2020
Aceptando la adscripción a partir del 1 de enero de 2020, de la Sra.
Rocío Del Prado, MI N 31.017.001, Personal Profesional B, categoría 5 titular de Jurado de Concursos del Consejo General de Educación a la Dirección General de Subsidios de la Gobernación, por el término de un año, conforme lo dispuesto por Resolución N
0224/20 DGE.
Disponiendo que la Dirección General de Subsidios de la Gobernación comunicará mensualmente al Consejo General de Educación las inasistencias en que incurriera y las licencias que hiciera uso la agente Del Prado.
DECRETO Nº 335 GOB
Paraná, 6 de marzo de 2020
Declarando fiesta provincial a la Fiesta del Suburí Entrerriano, que se realizará el día 7 de marzo de 2020, en la ciudad de La Paz, siendo en esta oportunidad la vigésima sexta edición de su celebración.
Otorgando un subsidio por la suma total de $ 500.000, al Club de Pescadores, Cazadores y Náutico La Paz, con domicilio en calle Saavedra Nº 1145, de la ciudad de La Paz, en la persona de su presidente, Sr. Angel Manuel Cañete, MI Nº 8.508.880,, domiciliado en la dirección anteriormente mencionada, con destino a solventar los gastos que conlleva la organización de la XXVI Fiesta Provincial del Suburí Entrerriano, a llevarse a cabo el día 7 de marzo del corriente año, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a emitir la orden de pago correspondiente a fin de que la Tesorería General de la Provincia haga efectiva al presidente de la referida entidad, Sr. Angel Manuel Cañete, la suma determinada en el presente texto legal.
DECRETO Nº 341 GOB
AUTORIZANDO A CELEBRAR ACUERDO CONCILIATORIO
Paraná, 6 de marzo de 2020
VISTO:
La solicitud de autorización efectuada por la Fiscalía de Estado para formular acuerdo en los autos caratulados Colegio de Escribanos de Entre Ríos c/ Gobierno de la Provincia de Entre Ríos s/ Ordinario daños y perjuicios; Expte. Nº 34743; y CONSIDERANDO:
Que en los autos de mención, la parte actora reclama que el Superior Gobierno de la Provincia le abone la suma de $ 283.242,80
más intereses y costas;
Que las partes se encontraban vinculadas mediante un contrato de locación de inmueble sito en calle Urquiza Nº 1166 en el cual se encontraban las oficinas de la Dirección General de Notariado, Registros y Archivos;
Que esta dependencia ocupó el inmueble desde el año 2010 con contrato mediante hasta el año 2014 fecha en la cual aquella no lo desocupó, no firmó un nuevo contrato ni abonó los cánones adeudados;
Que ante ello el Colegio de Escribanos inició la correspondiente acción de desalojo y cobro de alquileres, el que culminó con la presentación de un acuerdo el que fue ratificado por el Sr. Gobernador de la Provincia mediante el Decreto Nº 489 del 20/3/2017, acordándose la entrega para el día 28/7/2017;
Que en dicha entrega se efectuó la correspondiente acta de constatación de los daños, en la cual el arquitecto Sebastián Stechina efectuó el presupuesto por el que se demanda en los autos que nos ocupan;
Que luego de varios intercambios entre las partes se acuerda el resarcimiento en $ 268.094,69 al 1 de junio del 2017, en concepto de pintura del inmueble suma que deberá ser actualizada a la fecha del efectivo pago conforme Tasa Activa del BNA y que las partes acordaron para el día 6 de febrero de 2020 mediante depósito en la cuenta bancaria a abrirse en los actuados judiciales, desistiendo la actora de los demás rubros solicitados en el escrito de demanda;
Que la pintura del inmueble cuyo pago se pretende resarcir descripta en el presupuesto efectuado por el arquitecto Stechina concuerda
Paraná, jueves 7 de mayo de 2020

con los anexos contenidos en el contrato de locación obrante a fs.
72 a 77;
Que del análisis de las constancias que adjunto surge conveniente para los intereses del Estado la formulación de un acuerdo con la parte actora, lo que permitirá reducir costos por capital, intereses y honorarios, por lo que solicitó se autorice el acuerdo, es decir, al pago de $ 268.094,69 actualizado al momento del efectivo pago;
Que la Ley Nº 7296 de Fiscalía de Estado autoriza al Sr. Fiscal de Estado a recabar autorización del Poder Ejecutivo para producir transacciones en los juicios a su cargo;
Que compartiendo la solución propuesta, es decisión de este Poder Ejecutivo autorizar a la Fiscalía de Estado formular un acuerdo con la parte actora;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Autorízase a la Fiscalía de Estado a celebrar acuerdo conciliatorio respecto de la pretensión de pago en los autos caratulados Colegio de Escribanos de Entre Ríos c/ Gobierno de la Provincia de Entre Ríos s/ Ordinario daños y perjuicios, Expte. Nº 34743 de conformidad con lo expresado en los considerandos del presente, con costas.
Art. 2º.- Autorízase a la Fiscalía de Estado a reconocer y abonar la suma de pesos doscientos sesenta y ocho mil noventa y cuatro con sesenta y nueve centavos $ 268.094,69 a la fecha 1 de junio de 2017, con más los intereses que correspondan a la fecha del efectivo pago conforme Tasa Activa del BNA.
Art. 3º.- Facúltase a la Fiscalía de Estado a abonar los honorarios profesionales que surjan de la regulación judicial pertinente, con más IVA en el caso del Dr. Jorge Ricardo Petric, así como también al pago de la Tasa de Justicia y Honorarios de Mediación.
Art. 4º.- Dispónese que las erogaciones que importe el presente serán atendidas por la partida para juicios prevista para el año en curso.
Art. 5º: El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 6º: Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 343 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 6 de marzo de 2020
VISTO:
Las actuaciones de referencia mediante las cuales la abogada Carolina Fischbach, apoderada legal de la Sra. Mónica Noemí Lemo interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo es incoado en razón del retardo en movilizarse las actuaciones caratuladas con el número de Registro Unico Nº 2300143;
Que según surge de la consulta en el sistema informático de seguimiento de expedientes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, dichos actuados se encuentran en el Area de Despacho de la referida repartición, desde el 04/11/19, encontrándose vencido el plazo de tres 3 días previsto para su tramitación, conforme lo dispuesto por el Art. 35º de la Ley Nº 7060;
Que el recurso de queja tiene por objeto que la propia administración remueva o destrabe la morosidad o retardo injustificado en la tramitación de un expediente, en tanto ello afecta determinados principios y garantías, que gobiernan el procedimiento administrativo;
Que en virtud de lo expuesto corresponde hacer lugar al recurso interpuesto e intimar al organismo moroso a imprimir el trámite pertinente a las actuaciones Nº 2300143;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 174º de la Constitución Provincial y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 72º a 74º de la Ley Nº 7060;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la abogada Carolina Fischbach, apoderada legal de la Sra. Mónica Noemí Lemo, MI Nº 23.663.072, con domicilio legal en Avda.
Alameda de la Federación Nº 621, de esta ciudad, en relación a

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/5/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date07/05/2020

Page count16

Edition count4753

First edition01/12/2003

Last issue21/05/2024

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