Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/1/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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artículo 99, ni se indican las posibles y subsiguientes instancias de impugnación, surge evidente que al tratarse el mencionado decreto del acto administrativo que produce el ascenso definitivo, necesariamente el recurrente debió impugnarlo; y Que esta cuestión ya ha sido abordada por la F is calí a de Est ado en el Dictamen Nº 0745/11, el cual conviene ser traída a colación en esta oportunidad a los fines de dilucidar la procedencia del presente recurso: el recurso de apelación del artículo 99 Ley 5654/75
se presenta apto para cuestionar la ubicación obtenida en base a las calificaciones otorgadas por los órganos evaluadores y de tal modo tener la expectativa de obtener, según la disponibilidad posterior de vacantes, la promoción en el grado superior; y Que por su parte, el recurso de revocatoria de la Ley 7060, se torna imprescindible para impugnar el decreto que, como acto dictado por la autoridad de nombramiento, perfecciona el ascenso de los funcionarios, si es que el funcionario interesado, excluido del ascenso por las razones que fuere, considera que dicha omisión resulta ilegitima; y Que entonces, se trata de recursos distintos, que protegen situaciones jurídicas subjetivas distintas y que se interponen en momentos del procedimiento distintos, pero resulta indiscutible que si se persigue en definitiva obtener la promoción en el grado superior se requiere del aspirante el cuestionamiento oportuno y eficaz tanto de la posición en el orden de mérito sobre la cual se decidirá, como el decreto final, que no es una mera reproducción de aquel y por ende debe ser necesariamente atacado; y Que puede así concluirse en que, si bien los recursos son diversos, cada una de las decisiones administrativas tomadas para impulsar el procedimiento de selección impacto sobre la siguiente y por ello deben ser atacadas todas.
A contrario sensu, la no impugnación de todos los actos dictados que se consideren ilegítimos, frustra la pretensión de obtener su modificación, y/o revisión, tanto en sede administrativa como, según se verá, en sede judicial"; y Que asimismo, en los autos Cardoso Mario Ramón c/ Estado Provincial s/ Demanda Contencioso Administrativa Nº 1842- año 2006 causa donde se perseguía la jerarquización de personal policial - el STJER sostiene que
analizando los considerandos de las resoluciones de mención acompañadas por el mismo actor a los fines de justificar el cumplimiento de los requisitos de admisión del proceso
advierte que efectivamente las mismas analizan y resuelven la cuestión de fondo planteada en su reclamo por el accionante, no siendo objeto de impugnación alguna en sede administrativa. Va de suyo, que la falta de impugnación por vía del recurso de apelación jerárquica conforme artículo 60 Ley 7060 a los fines de posibilitar el controlar de legitimidad por parte del titular del Poder Ejecutivo Provincial - de quien depende la Policía de la Provincia, conforme artículo RGP - obstan a la admisión del presente receso, al llegar -las resoluciones administrativas citadas - firmes y consentidas a esta instancia y en tanto es el carácter definitivo que causa estado" en los términos del artículo 4 CPA el único que habilita la impugnación judicial de las decisiones administrativas y Que por lo expuesto, no corresponde expedirse acerca del presente recurso, por no haberse mantenido la vía administrativa a tenor de la inacción del Oficial Maggioni, quien no recurrió el Decreto Nº 294/16 MGJ y, en consecuencia, el proceso de ascenso ha quedado consentido; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Rechácese el recurso previsto en los términos del artículo 99º de la Ley 5654/75
contra la Resolución D.P. Nº 0491/16, inter-

BOLETIN OFICIAL
puesto por el Oficial Principal de Policía de Entre Ríos José Fernando Maggioni, MI N
27.618.364, L.P. N 25.869, conforme los motivos expresados en los considerandos precedentes.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívense.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 1946 MGJ
MODIFICANDO CALIFICACION DE
COMISARIA
Paraná, 28 de junio de 2018
VISTO:
La gestión promovida por la Jefatura de Policía de la Provincia, por la cual interesa el cambio de calificación de la Comisaria Montoya, dependiente de la Jefatura Departamental Victoria, conforme los alcances del Decreto N
3093/90 MGJOSP; y CONSIDERANDO:
Que la Comisaría Montoya, dependiente de la Jefatura Departamental Victoria, se encuentra calificada como zona mediamente desfavorable, conforme lo previsto por el Decreto Nº 3093/90 MGJOSP; y Que el Decreto N 3093/90 MGJOySP por su parte instituye el adicional solicitado fijando requisitos para la determinación de la procedencia del pago; y Que de acuerdo a dicha normativa se consideran zonas favorables cuando en la localidad donde funcionen las dependencias policiales existan concurrentemente: Servicios asistenciales básicos permanentes -educación y salud -provisión regular de alimentos, prendas de vestir y combustibles medios de transportes regulares, alojamiento -vivienda para el personal policial y su familia y servicios esenciales -agua y luz-; y Que también establece los requisitos para considerar una zona como medianamente desfavorable, desfavorable y muy desfavorable; y Que conforme tales parámetros la Comisaría Montoya ubicada en el Departamento Victoria, encuadra en la calificación de zona muy desfavorable ya que funciona en un lugar muy alejado de los centros urbanos y no cuentan con ninguna de las condiciones mencionadas precedentemente, siendo además inundable; y Que ello se desprende del informe efectuado por la División Arquitectura, dependiente de la Dirección Logística de la Policía de la Provincia, quien luego de efectuar la constatación in situ, ha volcado su resultado en la planilla que prevé el artículo 5 del Decreto N 3093/90
MGJOySP; y Que a fs. 25 obra intervención de la Sección Asesoría Letrada de la Dirección Personal requiriendo una serie de medidas previas, las que han sido cumplimentadas; y Que en el mismo sentido se expide el asesor letrado de la Dirección Logística a fs. 28 y 38; y Que obra a fs. 80 el volante de reserva de pago debidamente intervenido por el contador auditor delegado Matías G. Pérez; y Que a fs. 44/45 toma intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia mediante dictamen N
1343/16 opinando que, previo intervención del Sr. Jefe de Policía de la Provincia, el Departamento Ejecutivo estará en condiciones de disponer, en su caso, el cambio de calificación de la dependencia policial a los fines de incorporarla en los alcances del Decreto N 3093/09
MGJOSP como zona muy desfavorable; y Que a fs. 47 se expide el Sr. Jefe de Policía de la Provincia de Entre Ríos, considerando viable la petición invocada siendo que la Comisaría Montoya del Departamento Victoria reúne en la actualidad, las características para ser considerada como Zona Muy Desfavorable; y Que el presente trámite, encuadra legalmen-

Paraná, jueves 17 de enero de 2019
te en lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Nº 3093/90 MGJOySP;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Modifícase a partir de la fecha, conforme los alcances del Decreto N 3093/90
MGJOySP, la calificación de la Comisaría Montoya, ubicada en el Departamento Victoria, determinándose éste sitio como Zona Muy Desfavorable, conforme los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º - Impútese el gasto a DA 956 PolicíaCarácter 1- Jurisdicción 20- Subjurisdicción 01- Entidad 0000- Programa 22- Subprograma 00- Proyecto 00- Actividad 03- Obra 00- Finalidad 02- Función 10- Fuente de Financiamiento 11- Subfuente de Financiamiento 0001- Inciso 1- Partida Principal 1- Partida Parcial 03Subparcial 1508- Departamento 95- Ubicación Geográfica 01- del presupuesto vigente.
Art. 3º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 4º - Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívense.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 1947 MGJ
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 28 de junio de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas en el ámbito de la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia; y CONSIDERANDO:
Que la gestión obedece a la incorporación al presupuesto vigente de aquellos saldos no utilizados al 31 de diciembre de 2017, de los recursos con afectación específica: Subfuente 5257 - Aporte Convenio Interjurisdiccional de Colaboración Entre el Ministerio de Seguridad Nacional y la Provincia de Entre Ríos; y Que se adjuntan las planillas analíticas del gasto y del recurso correspondientes; y Que ha tomado intervención de su competencia la Contaduría General de la Provincia y la Oficina Provincial de Presupuesto; y Que la modificación presupuestaria propuesta resulta técnicamente viable y encuadra en las disposiciones del artículo 15º de la Ley N
10.531, presupuesto 2018;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2018;
mediante ampliación de créditos por la suma de pesos quince millones quinientos noventa mil $ 15.590.000, en la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Unidad Ejecutora:
Ministerio de Gobierno y Justicia, conforme se discrimina en las planillas analíticas del gasto y del recurso, que adjuntas forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia y por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese a la Honorable Legislatura de la la Provincia de Entre Ríos y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero Hugo A. Ballay
DECRETO Nº 1948 MGJ
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 28 de junio de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas en el ámbito de la Dirección General del Servicio

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/1/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date17/01/2019

Page count20

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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