Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/12/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Administración Pública deberán descargar desde los sitios y portales oficiales del Gobierno de Entre Ríos.
Para registrarse en la aplicación móvil el agente deberá solicitar un código de seguridad único de registro, el cual le será provisto por la Dirección de Administración de su jurisdicción a fin de ingresarlo en el formulario respectivo, previo a identificarse en la misma. Dicho procedimiento implicará la aceptación de los términos y condiciones de uso de la aplicación y de los datos e imagen del comisionado ingresados a los efectos de la rendición de la comisión.
Una vez que el agente se identifique, la aplicación móvil mostrará si en ese momento existe un viatico activo que tenga al agente o funcionario identificado como comisionado; si así fuera, el comisionado podrá ingresar fichajes, es decir, registros diarios del lugar donde se encuentra, de manera continua durante el transcurso de la comisión, mediante la toma de una fotografía, los que se relacionarán por medio del sistema al viático que se encuentra activo.
Los datos que el sistema registra son, identidad del comisionado, fecha y hora del fichaje, geolocalización del mismo guardando latitud, longitud y dirección en forma de texto legible e imagen del agente comisionado en modo selfie.
Si no existiera un viático activo al momento de identificarse en la aplicación, se mostrará un mensaje que así lo indique.
Art. 5.- MÉTODO ALTERNATIVO -al previsto en el Art. 10 inciso cDE RENDICIÓN DE
LA COMISIÓN. En los supuestos en que no fuere factible o en el transcurso de una comisión de servicios se tornare imposible, por cualquier motivo, acreditar todo o parte de su realización mediante el sistema de geolocalización, deberá recurrirse a la certificación policial por escrito utilizando para ello el formulario COMISIÓN DE SERVICIOS TARJETA DE
CONTROL que se anexa a la presente.
La marcación o fichaje deberá realizarse exclusivamente en Comisarías o puestos policiales, Policía Aeronáutica o Gendarmería, cumpliendo con los datos y formas requeridas en el formulario, previo a la partida desde el punto de origen y destino de la comisión, al finalizar la misma en el lugar de origen nuevamente y en forma diaria durante el período en que el comisionado permanezca en el lugar de destino. Este procedimiento debe indicar con exactitud el inicio y llegada al lugar de destino y el de salida y llegada al lugar de origen.
En los casos de comisiones a realizar en auto oficial fuera del territorio provincial, el comisionado deberá, además, registrar la salida y entrada en el puesto policial caminero y/o limítrofe que corresponde.
A los efectos de la rendición de la comisión de servicios deberán presentarse los documentos enumerados en el artículo 1 de la presente, para su control en conjunto, con la certificación emanada de la autoridad policial.
Para las comisiones de servicios a realizarse en el exterior el comisionado deberá utilizar el formulario COMISIÓN DE SERVICIOS TARJETA DE CONTROL hasta el momento en que abandone territorio nacional correspondiendo el último fichaje ser realizado ante la autoridad policial nacional aeroportuaria o de frontera.
Nuevamente procederá su utilización al momento de regresar al país. Para certificar el ingreso, estadía y egreso de los países por los que transcurriere la comisión en el exterior, deberá completarse el formulario DECLARACIÓN JURADA - RENDICIÓN DE COMISIÓN
DE SERVICIOS AL EXTERIOR, en carácter de declaración jurada, la que deberá estar suscripta y validada por las autoridades del Art. 9
punto 1 y 15 Inc. a del régimen de viático y movilidad por comisiones de servicios.
SUPUESTO ESPECIAL: Cuando la comisión de servicios sea realizada por un grupo de personas que deba cumplir un mismo cometido en forma conjunta, la marcación o fichaje podrá hacerse en una única planilla completando los datos de todos los comisionados en el anverso de la misma, ésta deberá estar suscripta por la autoridad superior de los comisionados, emisora de la orden de servicio, y la máxima correspondiente de las previstas en el articulo 7

BOLETIN OFICIAL
del régimen de viático y movilidad por comisiones de servicios, sin perjuicio de la marcación que deberá hacer el chofer o autoridad que viaje en la comitiva.
Art. 6.- VALOR DE LA URV y CAT.- A los efectos de operativizar la fórmula prevista en el articulo 10 inciso A, el valor de URV Unidad Retributiva de Viático se fija en la suma de pesos dos mil doscientos once con doce ctvs.
$ 2.211,12 y el valor de CAT categoría o porcentaje multiplicador será determinado aplicando el nivel que corresponda, según la siguiente escala:
NIVEL O - Rango desde Gobernador hasta Vicegobernador inclusive, CAT= 100%
NIVEL 1 - Rango desde Ministro Secretario hasta Secretario de estado inclusive, CAT =
85%
NIVEL 2 - Rango desde Secretario ministerial hasta Fiscal de Estado inclusive, CAT = 75%
NIVEL 3 - Rango desde Subsecretario hasta Director General inclusive, CAT = 65%
NIVEL 4 - Rango desde Director hasta Funcionario Nivel III inclusive, CAT = 55%
NIVEL 5 - Agentes escalafonados de planta permanente, temporaria, contratados de obra y funcionarios ad-honorem que no tengan determinado por acto administrativo individual un nivel específico, CAT = 45%
Los niveles previstos para las autoridades superiores y personal fuera de escalafón se establecen por rangos, en base al valor remunerativo básico usualmente liquidado bajo el código 01, o el que pudiere reemplazarlo, método que deberá ser aplicado a los efectos de integrar los vacíos normativos que hubiere a fin de determinar el nivel en el que corresponda encuadrar al funcionariado y personal no escalafonado en general tanto de la administración central como de entes descentralizados, órganos autónomos de control y empresas del Estado.
SU PU E ST OS E SPEC I ALES D E EXCEPCIÓN:
1.- Los comisionados de la carrera profesional asistencial, que realicen traslados de pacientes en los vehículos ambulancias de emergencia sanitaria y de los efectores públicos dependientes del Ministerio de Salud, dentro o fuera de la provincia, percibirán, en concepto de viático total, el monto equivalente a una guardia pasiva, cuando el traslado demande el recorrido de una distancia total de 50 Km hasta 150 Km, incrementándose a 2 guardias pasivas cuando la distancia a recorrer sea de 150
Km. a 500 Km, y a 3 guardias pasivas cuando sean más de 500 Km.
2.- Los comisionados choferes y enfermeros, que realicen traslados de pacientes en los vehículos ambulancias de emergencia sanitaria y de los efectores públicos dependientes del Ministerio de Salud, dentro o fuera de la provincia, percibirán el monto equivalente al Nivel II de la presente reglamentación.
Art. 7.- ESCALA PARA LIQUIDAR VIÁTICOS EN COMISIONES DE SERVICIOS AL EXTERIOR.- En la liquidación del viático y movilidad que corresponda al comisionado se utilizará la fórmula establecida para las comisiones de servicios dentro de la República Argentina, aplicando los valores en la moneda dólar estadounidense, cambio vendedor, según lo que indique la escala por país y niveles que se detallan a continuación:
NIVEL 1 - Comprende los rangos previstos en los niveles 0 y 1 del artículo 6 de la presente, CAT = 100%
NIVEL 2 - Comprende los rangos previstos en el nivel 2 del artículo 6 de la presente, CAT
= 75%
NIVEL 3 - Comprende los rangos previstos en el nivel 3 del artículo 6 de la presente, CAT
= 65%
NIVEL 4 - Comprende los rangos previstos en el nivel 4 y 5 del artículo 6 de la presente, CAT = 55%
ESCALA DE VALORES DE VIÁTICOS
País Nivel Jerárquico I II III - IV
Afganistán Estado Islámico de / República Islámica de - 80 - 75 - 69 - 64
ALADI Asociación Latinoamericana de Integración - 253 - 234 - 217 - 198

Paraná, miércoles 19 de diciembre de 2018
Albania República de - 255 - 238 - 219 - 202
Alemania República Federal de - 410 - 380
- 352 - 322
Andorra Principado de - 351 - 316 - 299 281
Angola República de - 443 - 412 - 380 - 348
Anguila - 468 - 434 - 400 - 369
Antigua y Barbuda - 422 - 392 - 382 - 332
Antillas Holandesas - 448 - 417 - 384 - 353
Arabia Saudita Reino de - 285 - 265 - 245 224
Argelia República Democrática y Popular de - 165 - 153 - 142 - 129
Armenia República de - 198 - 184 - 170 155
Araba - 342 - 308 - 291 - 274
Australia Comunidad de - 285 - 265 - 245 224
Austria República de - 372 - 345 - 318 - 292
Azerbaijan República de - 343 - 319 - 294 270
Bahamas Mancomunidad de las - 474 - 440
- 407 - 373
Bahrain Reino de - 270 - 250 - 232 - 212
Bangladesh República Popular de - 294 273 - 253 - 232
Barbados - 395 - 358 - 339 - 312
Bélgica Reino de - 482 - 449 - 413 - 379
Belice - 228 - 212 - 195 - 179
Benin República de - 247 - 229 - 212 - 194
Bermudas Territorio Británico de Ultramar de las - 377 - 350 - 323 - 297
Bielorrusia República de - 119 - 110 - 103 94
Bolivia Estado Plurinacional de - 229 - 213
- 197 - 180
Bosnia y Herzegovina - 245 - 228 - 210 - 193
Botswana República de - 209 - 194 - 179 164
Brasil República Federativa de - 359 - 334
- 308 - 283
Brunei Darussalam Estado de - 358 - 332 307 - 280
Bulgaria República de - 263 - 244 - 225 207
Burkina Faso República Democrática de 193 - 179 - 165 - 152
Burundi República de - 268 - 249 - 230 - 210
Bután Reino de - 272 - 253 - 233 - 214
Cabo Verde República de - 215 - 200 - 185
- 169
Camboya Reino de - 302 - 280 - 258 - 237
Camerún República de - 357 - 340 - 314 288
Canadá - 372 - 345 - 318 - 292
Centro Africana República de - 224 - 208 193 - 177
Chad República de - 284 - 264 - 243 - 223
Checa República de - 422 - 392 - 362 - 332
Chile República de - 289 - 269 - 248 - 228
China República Popular de - 377 - 350 323 - 297
Chipre República de - 220 - 205 - 189 - 174
Colombia República de - 328 - 304 - 280 258
Comores Unión de - 337 - 313 - 288 - 264
Congo República de - 268 - 249 - 230 - 210
Congo República Democrática del ex Zaire - 402 - 373 - 344 - 315
Corea República Popular Democrática de 254 - 237 - 218 - 200
Corea República de - 355 - 330 - 305 - 279
Costa de Marfil República de - 202 - 188 173 - 159
Costa Rica República de - 232 - 215 - 198
- 182
Croacia República de - 263 - 244 - 225 - 202
Cuba República de - 272 - 253 - 233 - 214
Dinamarca Reino de - 367 - 340 - 314 - 288
Djibouti República de - 364 - 338 - 313 - 287
Dominica Mancomunidad de - 317 - 294 272 - 249
Dominicana República - 487 - 452 - 418 383
Ecuador República de - 324 - 302 - 278 255
Estados Unidos de América - 354 - 329 - 303
- 278
Egipto República Árabe de - 312 - 289 - 268
- 245
El Salvador República de - 249 - 232 - 213
- 195

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/12/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date19/12/2018

Page count32

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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