Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 1/8/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.812

CORRIENTES, 01 DE AGOSTO DE 2023

Sección Administrativa Decretos Decreto Nº 1858
Corrientes, 1 de agosto de 2023

Dr. Gustavo Adolfo Valdés
Dr. Pedro Braillard Poccard
C. P. Miguel Angel Olivieri Ministro Coordinación y Planificación
Dr. Carlos José Vignolo
Práxedes Ytatí López Ministra de Educación
Dr. Ricardo Alberto Cardozo Ministro de Salud Pública
Ing. Claudio Horacio Anselmo
Dra. Herminda María Gabur Ministro Industria, Trabajo y Comercio
Dr. Buenaventura Duarte Ministro de Seguridad
Osvaldo Claudio Polich
Gustavo Adan Gaya Ministro de Desarrollo Social
Dr. Juan José López Desimoni
Alejandra Eliciri Ministra de Turismo
Dr. Horacio David Ortega C.P. Jorge Antonio Gómez Ministro de Ciencia y Tecnología
Visto:
El expediente Nº 183-1.013/2023, CARATULADO SIIF: 118183140-001.013/2023
REF.: SUBSEC. DE TRABAJOSINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE CORRIENTES
S/DENUNCIA Y COMUNICA ESTADO DE ALERTA PARA EL DÍA 17 DE ABRIL A
PARTIR DE LAS 00:00 HORAS, y Considerando:
Que tramita en las presentes actuaciones la aprobación de la Resolución Nº 585
de fecha 23 de mayo de 2023, dictada por el Interventor de la Dirección Provincial de Energía de Corrientes DPEC, cuya copia certificada glosa a fs. 60/62.
Que por la citada Resolución DPEC Nº 585/2023, se dispuso: ARTÍCULO I:
APROBAR, el Acta Acuerdo Salarial de fecha de 22 de mayo de 2023 suscripto entre esta Dirección y el Sindicato de Luz y Fuerza de Corrientes, para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo vigente, el cual se agrega y pasa a formar parte de la presente en tres 3 fojas, todo ello de acuerdo a los Considerandos precedentes. ARTÍCULO II: DISPONER, la aplicación de los términos y condiciones del Acta Acuerdo aprobado en el Artículo I de la presente, al personal no incluido en el Convenio Colectivo de Trabajo vigente, en virtud de las consideraciones expuestas en los Considerandos precedentes. ARTÍCULO III:
REMITIR el presente a la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia para su homologación y posterior remisión al Poder Ejecutivo Provincial, a efectos de su ratificación y aprobación en los términos prescriptos en el artículo 17 inc. a apartado 2 de la ley 3.588. ARTÍCULO IV.
Que a fs. 63/64 obra Acta de Acuerdo Salarial de fecha 22 de mayo de 2023, debidamente suscripta por las autoridades correspondientes.
Que fs. 67 y vta. obra Disposición N 182 de fecha 29 de mayo de 2023, emitida por el Secretario de Trabajo del Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio, a través de la cual se dispuso: ART. 1: HOMOLOGAR, el Acta acuerdo obrante fs. 63/64, entre la Dirección Provincial de Energía de Corrientes, representada por el Interventor Cr.
Alfredo H. Aun; el Sindicato de Luz y Fuerza de Corrientes, representada por el Sr.
Ernesto D. Montiel, en su carácter de Secretario General; y La Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza Corrientes, representada por el apoderado Dr. Ignacio Oscar Reibestein. ART. 2.
Que a fs. 80/81 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos y Administrativos del Ministerio de Obras y Servicios Públicos Que a fs. 83 Fiscalía de Estado emite Dictamen N 02133 de fecha 28 de junio de 2023.
Que a fs. 88 interviene el Ministro de Hacienda y Finanzas, manifestando: Por lo cual, en virtud del Dictamen N 02133 de fecha 21 de junio de 2023, emitido por la Fiscalía de Estado, como asimismo, de conformidad a lo expresado por la Dirección de Asesoría Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas a mi cargo, a través del Informe N 001080 de fecha 06 de julio de 2023 a fs. 86/87 y vta., y en ejercicio de las facultades conferidas 6 y 9 inciso 3 de la Ley N 6.233, y 108 in fine de la Ley N 3.801, considero procedente el trámite de autos, por lo que se remite para su prosecución correspondiente.
Que a fs. 89 el Ministro de Obras y Servicios Públicos, estima pertinente la continuidad de lo gestionado, en base a lo establecido en la Ley N 6.233, artículos 6 y 15.
Por ello y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1, 2 y 18 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución N 585 de fecha 23 de mayo de 2023, emitida por el Interventor de la Dirección Provincial de Energía de Corrientes, PAG. Nº 2

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Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 1/8/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

CountryArgentina

Date01/08/2023

Page count16

Edition count316

First edition09/11/2020

Last issue07/08/2023

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