Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 31/7/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.811
ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE la contratación directa por vía de excepción-, con la firma RCK S.R.L. CUIT 3071221347-3, por ser la oferta más conveniente, para la contratación de servicios de sistemas informáticos que comprendan el análisis, programación y desarrollo de sistemas informáticos, mesa de ayuda con call center, mantenimiento y actualización del sistema de planta orgánica funcional y oficina, solicitado a fs. 01, destinado/s a garantizar una correcta gestión administrativa., por la suma de PESOS SESENTA
M I L LO N E S $ 6 0 . 0 0 0 . 0 0 0 , 0 0 , c o n f o r m e a l a s especificaciones particulares y técnicas obrantes a fs.
02/08.
ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud Pública a emitir Comprobante de Contabilidad del Gasto ordenado a pagar-, contra la Tesorería General de la Provincia, por la suma de PESOS SESENTA MILLONES $60.000.000,00, con imputación a la partida 3-0-0-2-399-0 OTROS NO
ESPECIFICADOS-.
ARTÍCULO 3º: ENCUÁDRASE el presente caso en las previsiones del artículo 109, apartado 3, apartado i y concordantes, de la Ley Nº 5.571 y arts. 86º primer apartado in fine y 90º del Anexo I del Decreto Nº 3.056/2004.
ARTÍCULO 4º: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Salud Pública.
ARTÍCULO 5º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y pásese al Ministerio de Salud Pública, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Ricardo Cardozo
Decreto Nº 1642
Corrientes, 30 de junio de 2023
El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: ACÉPTASE la donación efectuada por la Municipalidad de Pedro R. Fernández Departamento de San Roque, Provincia de Corrientes, a favor del Estado de la Provincia de Corrientes-Ministerio de Desarrollo Social, del inmueble individualizado según Plano de Mensura N 4160 C, como PARCELA A de la manzana 61 Planta Urbana de Pedro R. Fernández, Departamento de San Roque de esta Provincia de Corrientes, constante de una Superficie total de: 3964 ms.2 con medidas lineales de: 50 mts. De frente al sur PUNTO E-F, por 50
mts. de contrafrente al norte PUNTOS C-D: 20 mts. y PUNTOS 6.3; 30 mts. y 80 mts. de fondo 8PUNTOS D.E
por 78,80 mts. de contrafondo, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble e.m.e al Protocolo de Dominio Tomo 001 folio 101 Finca 84 año 1971 del Departamento de San Roque y en la Dirección Provincial de Catastro bajo ADREMA: v4348-1, con afectación al uso del Hogar de Ancianos Presbitero José Demarchi.
ARTÍCULO 2º: DÉSE a la Escribanía Mayor de Gobierno de la Provincia de Corrientes la intervención que le compete en los trámites de inscripción de la Donación del Inmueble mencionado en el artículo 1 del presente, donado a favor del Estado de la Provincia de Corrientes-

CORRIENTES, 31 DE JULIO DE 2023

Ministerio de Desarrollo Social.
ARTÍCULO 3: El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Desarrollo Social.
ARTÍCULO 4: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, cumplido, archívese.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Sr. Gustavo Adán Gaya
Decreto Nº 1644
Corrientes, 30 de junio de 2023
Visto:
El expediente N 180-00680-2023 del registro del Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio, y Considerando:
Que el Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio solicita un refuerzo presupuestario con el objeto de hacer frente al financiamiento de nuevas obras públicas a realizarse en los parques industriales provinciales y municipales en diversas localidades de la provincia.
Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas transferirá al Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio de acuerdo a las disponibilidades existentes, el crédito presupuestario necesario para atender la erogación antes mencionada.
Que el artículo 15 de la Ley N 6.626 de Presupuesto 2023
faculta al Poder Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas, autorice por decreto las modificaciones presupuestarias que impliquen traspasos de partidas entre distintas Entidades cuando existan razones debidamente justificadas.
Que el artículo 34 tercer apartado de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que, cuando el Poder Ejecutivo disponga modificaciones presupuestarias que impliquen refuerzos de partidas, deberá instrumentarlo mediante decreto enviando copia del mismo al Poder Legislativo.
Que el artículo 35 de la Ley Nº 5.571 de Administración Fi n a n c i e r a e s t a b l e c e q u e l o s re c u r s o s s e r á n incorporados al presupuesto por decreto del Poder Ejecutivo, como así también los créditos por igual importe para atender la finalidad a la que dichos recursos estuvieran destinados, debiendo comunicarse a la Legislatura provincial.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
A R T Í C U LO 1 : A P R U É B A S E l a m o d i f i c a c i ó n presupuestaria de gastos N 143/2023 de la jurisdicción 02Ministerio de Hacienda y Finanzas la que, como anexo, forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura provincial, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 34, tercer apartado, de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera.
ARTÍCULO 3: El presente decreto es refrendado por los Ministros de Hacienda y Finanzas y de Industria, Trabajo y Comercio.
ARTÍCULO 4: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Honorable Tribunal de Cuentas, Dirección General de Presupuesto, Contaduría
PAG. Nº 3

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Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 31/7/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

CountryArgentina

Date31/07/2023

Page count23

Edition count316

First edition09/11/2020

Last issue07/08/2023

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