Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 28/7/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.810

Decreto Nº 1237
Corrientes, 24 de mayo de 2023
Visto:
El expediente N 205-0864/2023, del registro del Ministerio de Seguridad, y Considerando:
Que por las presentes actuaciones tramita la aprobación de la Resolución N 0482 de fecha 18 de Mayo 2023, la cual modifica parcialmente la Resolución N 1189 de fecha 22 diciembre de 2022, en lo referente a la Asignación Estímulo, concepto no remunerativo mensual, en la suma de pesos SESENTA MIL $60.000, a partir del 01 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, conforme a los fundamentos expresados en el considerando de la mencionada resolución, autorizando la suscripción de la correspondiente adenda al Contrato de becas de promoción Social suscripto el 03 de febrero de 2023, conforme modelo aprobado.
Que en atención a las normativas citadas y los términos
CORRIENTES, 28 DE JULIO DE 2023

del Decreto N 612 de fecha 03 de abril de 2002, resulta necesaria la aprobación del acto administrativo de referencia por decreto de este Poder Ejecutivo.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1: APRUÉBASE la Resolución N 0482 de fecha 18 de mayo de 2022, dictada por el Ministro de Seguridad, la que como anexo forma parte del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Seguridad.
ARTÍCULO 3: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, y pásese al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Buenaventura Duarte
Sección Judicial Citaciones - Interior Expte Nº 213387/21
El Juzgado Civil, Comercial, Laboral, Familia, Niñez, Adolescencia y de Paz de Empedrado, a cargo del Dr.
Sergio Fabián Olejnik, sito en calle San Martín Nº 568, Empedrado, Corrientes, en los autos caratulados: OCIO
MARCELO CLAUDIO S/ QUIEBRA EXPTE. Nº 213387/21, mediante Sentencia N2, de fecha 27 de septiembre de 2022. Se dispuso: 1 DECRETAR la quiebra del Sr.
MARCELO CLAUDIO OCIO, DNI N17.535.349, CUIT: 2017.535.349-7, con domicilio real denunciado en calle Santiago del Estero N335 de la localidad de Empedrado, provincia de Corrientes, habiendo denunciado domicilio procesal en San Juan N1256 de esta localidad y electrónico en el CUIF N825. 2 . 3
Calificar al presente proceso como pequeña quiebra, en los términos y a los efectos que prescribe la Ley 24.522
art. 288. 4 Publicar edictos en el Boletín Oficial de la provincia por cinco días, el que se confeccionará y diligenciará vía correo electrónico, por Secretaría. En idéntico sentido, publíquese edictos en el Boletín Oficial co r re s p o n d i e nte a l a p rov i n c i a d e M e n d oz a , facultándose a intervenir en la diligencia al síndico actuante. 5 Prohibir que se realicen pagos a la fallida, los que serán ineficaces a partir de la presente, debiendo efectivizarse los mismos por ante la sindicatura o ser depositados en autos. 6 . 7 . 8 . 9 .
10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15
Decretar la inhabilitación del Sr. MARCELO CLAUDIO
OCIO, DNI N17.535.349, CUIT: 20-17.535.349-7, la que cesará al año del decreto de quiebra, esto es, el día 27/09/2023 art. 236 de la LCQ. 16 . 17 Intimar a los terceros que tuviesen bienes o documentos de la fallida a que los entreguen en el término de cinco días al síndico, previniéndose a dichos terceros la prohibición de hacer pagos a la misma, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. 18 . 19 . 20
Disponer la realización de los bienes de la fallida que se
hallaren, difiriéndose la designación del enajenador y la decisión sobre la modalidad de venta hasta tanto se detecte la existencia de los mismos y sus características, en cuyo caso deberá el funcionario concursal acompañar las piezas necesarias para la formación del incidente de venta, donde se proveerá lo pertinente.
Hágase saber al síndico que deberá procurar la enajenación de la totalidad del activo de la fallida dentro de los cuatro meses desde el dictado de la presente art.
217 de la LCQ, bajo apercibimiento de remoción. 21
. 22 . 23 .- ; RES. CyC. N46. Empedrado, Corrientes, 7 de julio de 2023. VISTO: El incidente arriba citado que tramita ante este Juzgado Civil, Comercial, Laboral, Familia, Niñez, Adolescencia y de Paz de Empedrado, Secretaría impar; FUNDAMENTOS DE
HECHO Y DERECHO:I.- A través de certificación actuarial del 07/12/2022 se dejó constancia de la tardía publicación de edictos en el B.O. de la Provincia de Corrientes. II.- Mediante providencia N5.829 del 22/12/2022 se procedió a la remoción del Síndico al CPN
ARIEL NICOLÁS AGUIRRE SERANTES, DNI 28.201.055, MP
N2233, quien fuera designado en la presente causa el día 14/10/2022 y tomara posesión en fecha 18/10/2022
fs. 103, por haber incurrido en la causal de mal desempeño del cargo 3er párrafo del art. 255 de la LCQ.III.- En su mérito, habiéndose realizado nuevos sorteos de Síndico mediante actas labradas en fechas 23/02/2023, 07/03/2023, 17/03/2023 y 24/04/2023, a través de las cuales se han designado sucesivamente a siete síndicos, los cuales no han aceptado el cargo, lo que motivara la elevación de los incidentes respectivos a la Exma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Corrientes para su tratamiento. Que, en fecha 29/05/2023 aceptó el cargo de Síndico y tomó posesión el CPN SÁNCHEZ GONZALEZ ORLANDO CESAR, DNI.
N32.305.817, MP. 2863, corresponde reiterar las publicaciones de edictos y fijar nuevas fechas para que los acreedores efectúen la verificación de sus créditos,
PAG. Nº 3

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Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 28/7/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

CountryArgentina

Date28/07/2023

Page count8

Edition count316

First edition09/11/2020

Last issue07/08/2023

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