Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 27/7/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.809
Registro de Ventas y Compras en la jurisdicción de Corrientes. 6 Contratos celebrados con efectos en la Provincia de Corrientes y comprobantes de pago del Impuesto de Sellos. 7 Número telefónico y dirección de correo electrónico de contacto. 8 Agregar aclaraciones y observaciones que considere pertinentes. 9 Por Resolución General D.G.R. Nº226/2022 se establece que: La constitución del Domicilio Fiscal Electrónico será exigida como requisito en los trámites y actuaciones, que se realicen ante la Dirección General de Rentas.
Que también se indicó en el requerimiento, que podrá adherirse al Domicilio Fiscal Electrónico a través del sitio web de la D.G.R. con su Clave de Acceso Virtual, y efectuar la lectura de las comunicaciones enviadas por el Organismo.
Que, también por correo electrónico declarado ante AFIP, se informó respecto de los trámites a seguir para dar cumplimiento al requerimiento y se informó respecto del alta de la jurisdicción Corrientes en el Convenio Multilateral.
Que, se recurrió al procesamiento y análisis de la información obrante en los registros de esta Dirección, la suministrada por SENASA Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Mercado Agroganadero S.A.
y por sujetos circularizados. Así como también, la suministrada por la AFIP-DGI en virtud del Decreto 1595/07 y del Convenio suscripto el 25/01/2018 entre la AFIP y el Gobierno de la Provincia de Corrientes; respecto al intercambio de información de naturaleza scal a través de un mecanismo de interconexión en tiempo real de las bases de datos de la AFIP y la Dirección General de Rentas servicios web.
Que SENASA informa que intervino como sujeto comprador en la comercialización de animales con origen en la provincia de Corrientes en los años 2020 a 2022. La hacienda es trasladada, para invernada, desde localidades de Corrientes a las Provincias de Chaco y Formosa.
Que las Resoluciones N34 y 36/2005 D.G.R. y sus modi catorias, establecen un régimen de pagos a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes o responsables que trasladen la producción primaria fuera de la provincia de Corrientes.
Tanto para la Mera Compra como para quienes presten servicio de transporte de carga Interjurisdiccional.
Que, el artículo 13º, 3º párrafo del Convenio Multilateral del 18/08/77 establece: En el caso de la mera compra, cualquiera fuera la forma en que se realice, de los restantes productos agropecuarios, forestales, mineros y/o frutos del p a í s , p r o d u c i d o s e n u n a j u r i s d i c c i ó n p a ra s e r industrializados o vendidos fuera de la jurisdicción productora y siempre que ésta no grave la actividad del productor, se atribuirá en primer término a la jurisdicción productora el 50% del precio o cial o corriente en plaza a la fecha y en el lugar de adquisición.
Que, por su parte, el Código Fiscal de la Provincia de Corrientes en su artículo 123 inc. b norma que se encuentra alcanzada por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, indistintamente de cómo se realice, ya sea en forma habitual o esporádica, la mera compra de
CORRIENTES, 27 DE JULIO DE 2023

productos agropecuarios, forestales, frutos del país y minerales para industrializarlos o venderlos fuera de la jurisdicción.
Que la Ley Tarifaria Nº6249 en su Artículo 3º ja en 2,90%
la alícuota general del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para todas las situaciones no contempladas taxativamente en la Ley.
Que, además, de declaraciones juradas y comprobantes obtenidos de Consignatarios de Hacienda se relevaron operaciones de compra de animales de origen Corrientes, efectuadas por el scalizado en los años 2020, 2021 y 2022. Los agentes de recaudación de esta D.G.R. también le practicaron percepciones por mera compra a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Corrientes.
Que, conjuntamente, atento a la modalidad de compra relevada en comprobantes obtenidos Cuentas de Compra y Liquidaciones de Compra; SASCHA S.R.L.
incurrió en gastos en la jurisdicción de Corrientes ya que ha soportado los costos de compra de hacienda, comisiones, etes y otros gastos facturados por el ganado adquirido en esta Provincia. Queda entonces, debidamente probado el sustento territorial y el ejercicio de una actividad compradora en esta jurisdicción; resultando sujeto pasivo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ante la Jurisdicción Corrientes jurisdicción productora por las operaciones de Mera Compra de hacienda efectuadas.
Que por todo lo analizado, se concluyó que el c o n t r i b u ye n t e o m i t i ó m o n t o i m p o n i b l e y e l consecuente impuesto al Fisco de la Provincia de Corrientes durante el periodo bajo inspección.
Que en virtud de las facultades conferidas por los Art. 32º y 33º del Código Fiscal Vigente, se procedió a determinar la obligación scal del contribuyente en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Corrientes.
No corresponde impugnación de declaraciones juradas.
Que las actividades y montos imponibles determinados resultaron:
1 INVERNADA DE GANADO BOVINO EXCEPTO EL
ENGORDE EN CORRALES FEED-LOT MERA COMPRA
ART. 13º C.M.:
Periodos 09/2020 a 07/2022: Surge del 50% del valor de compra de hacienda con origen Corrientes y destino otra jurisdicción provincial. Según operaciones informadas por SENASA y valorizadas en función de:
comprobantes aportados por consignatarios de hacienda, ventas informadas según reporte del Sistema Administración Tributaria: IVA RG 3685, valores publicados por el Mercado Agroganadero S.A. y Resoluciones DGR Nº204/2020, 224/2021, 230/2022.
Que el impuesto determinado surge de aplicar al Monto Imponible determinado, las alícuotas correspondientes a las actividades determinadas según Ley Tarifaria 6249, del 2.90%.
Que respecto de las deducciones veri cadas: se consideraron las retenciones y percepciones informadas por Agentes de Recaudación de la Provincia en sus
PAG. Nº 3

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Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 27/7/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

CountryArgentina

Date27/07/2023

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First edition09/11/2020

Last issue07/08/2023

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