Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 16/6/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.782

CORRIENTES, 16 DE JUNIO DE 2023

ARTÍCULO 2º: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Salud Pública.
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y pásese al Ministerio de Salud Pública a Visto:
El Expediente N 310-8226-2023 del registro del sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Ministerio de Salud Pública; y Dr. Ricardo Cardozo Considerando:
Que el Ministerio de Salud Pública eleva la Resolución Nº 2545 de fecha 12 de mayo de 2023, solicitando su Decreto Nº 1219
aprobación correspondiente por decreto del Poder Corrientes, 18 de mayo de 2023
Ejecutivo.
Que en atención de la normativa vigente resulta Visto:
necesario aprobar el acto administrativo citado, El Expediente N 310-4648-2023 del registro del obedeciendo el dictado de la misma a necesidades Ministerio de Salud Pública; y operativas del área, atento a las previsiones establecidas Considerando:
en el Decreto Nº 612 de fecha 3 de abril de 2002, por lo Que el Ministerio de Salud Pública eleva la Resolución Nº que se estima oportuno proceder en consecuencia.
2258 de fecha 28 de abril de 2023, solicitando su Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por aprobación correspondiente por decreto del Poder el artículo 162 incisos 1, 2 y 11 de la Constitución de la Ejecutivo.
Provincia de Corrientes, Que, el presente caso, encuadra en lo previsto en el El Gobernador de la Provincia artículo 177 de la Ley Nº 3460.
Decreta:
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución Nº 2545 de el artículo 162 incisos 1 y 2 de la Constitución de la fecha 12 de mayo de 2023 dictada por el Ministro de Provincia de Corrientes, Salud Pública, la que como anexo forma parte del El Gobernador de la Provincia presente decreto.
Decreta:
ARTÍCULO 2º: El presente decreto es refrendado por el ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución Nº 2258 de Ministro de Salud Pública.
fecha 28 de abril de 2023 dictada por el Ministro de Salud ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Pública, la que como anexo forma parte del presente Registro Oficial y pásese al Ministerio de Salud Pública a decreto.
sus efectos.
ARTÍCULO 2º: El presente decreto es refrendado por el Dr. Gustavo Adolfo Valdés Ministro de Salud Pública.
Dr. Ricardo Cardozo ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y pásese al Ministerio de Salud Pública a sus efectos.
Decreto Nº 1218
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Corrientes, 18 de mayo de 2023
Dr. Ricardo Cardozo Visto:
Decreto Nº 1224
El Expediente N 310-3502-2021 y agregado Expediente N 310-10258-2023 del registro del Ministerio de Salud Corrientes, 24 de mayo de 2023
Pública; y Considerando:
Visto Que el Ministerio de Salud Pública eleva la Resolución Nº El expediente N 180-00484-2023 del registro del 2508 de fecha 16 de mayo de 2023, solicitando su Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio; y aprobación correspondiente por decreto del Poder Considerando:
Ejecutivo.
Que el Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio Que en atención de la normativa vigente resulta solicita un refuerzo de partidas presupuestarias con el necesario aprobar el acto administrativo citado, objeto de hacer frente a la realización de proyectos obedeciendo el dictado de la misma a necesidades ejecutivos en Parques Industriales y Municipales.
operativas del área, atento a las previsiones establecidas Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas transferirá, de en el Decreto Nº 612 de fecha 3 de abril de 2002, por lo acuerdo a las disponibilidades existentes, el crédito que se estima oportuno proceder en consecuencia.
presupuestario necesario al Ministerio de Industria, Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por Trabajo y Comercio.
el artículo 162 incisos 1, 2 y 11 de la Constitución de la Que el artículo 15 de la Ley N 6.626 de Presupuesto 2023
Provincia de Corrientes, faculta al Poder Ejecutivo para que, por intermedio del El Gobernador de la Provincia Ministerio de Hacienda y Finanzas, autorice por decreto las modificaciones presupuestarias que impliquen Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución Nº 2608 de traspasos de partidas entre distintas Entidades cuando fecha 16 de mayo de 2023 dictada por el Ministro de existan razones debidamente justificadas.
Salud Pública, la que como anexo forma parte del Que el artículo 34 tercer apartado de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que, cuando el presente decreto.

Decreto Nº 1217

Corrientes, 18 de mayo de 2023

PAG. Nº 3

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Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 16/6/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

CountryArgentina

Date16/06/2023

Page count20

Edition count316

First edition09/11/2020

Last issue07/08/2023

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