Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 22/3/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 58
Viernes, 22 de marzo de 2024
Pág. 3


ADMINISTRACIÓN LOCAL
605/24

AYUNTAMIENTO DE BEIRES
EDICTO
D. Carmen González Garví, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Beires, en representación del mismo, HACE
SABER QUE:
El Pleno del Ayuntamiento de Beires, por UNANIMIDAD de todos los miembros de la Corporación Municipal, lo que constituye la mayoría absoluta, ha aprobado la modificación de la Ordenanza Fiscal en lo relativo al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, para la incorporación de la bonificación establecida en el articulo 95. 6, apartado c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el porcentaje del 100 por cien para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.
Lo que se certifica por el Secretario Interventor de la Corporación Municipal.
Lo que hago público a efectos de generar conocimiento.
En Beires, a día 7 de marzo de 2024.
LA ALCALDESA-PRESIDENTA, Carmen González Garví.

D. ANTONIO MIGUEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ, SECRETARIO-INTERVENTOR DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BEIRES, ALMERÍA;
CERTIFICA: Que en la Sesión Extraordinaria del Pleno, celebrada el día 29 de febrero del presente año 2024 en la Casa Consistorial de esta localidad, se ha aprobado por UNANIMIDAD de todos los miembros de la Corporación Municipal, lo que constituye la mayoría absoluta, el siguiente Acuerdo, cuyo contenido se reproduce textualmente:
PUNTO 4.- Aprobación, si procede, de la modificación de la Ordenanza Fiscal en lo relativo al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, para la incorporación de la bonificación establecida en el articulo 95. 6, apartado c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el porcentaje que el Pleno de la Corporación Municipal estime conveniente. Dicho artículo contempla la posibilidad de establecer una bonificación potestativa en los siguientes términos:
6. Las ordenanzas fiscales podrán regular, sobre la cuota del impuesto, incrementada o no por la aplicación del coeficiente, las siguientes bonificaciones:
c Una bonificación de hasta el 100 por cien para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.
El Pleno del Ayuntamiento de Beires, por UNANIMIDAD de todos los miembros de la Corporación Municipal, lo que constituye la mayoría absoluta, ha aprobado la modificación de la Ordenanza Fiscal en lo relativo al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, para la incorporación de la bonificación establecida en el articulo 95. 6, apartado c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el porcentaje del 100 por cien para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.
Efectivamente, el artículo 95. 6, apartado c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece que: Las ordenanzas fiscales podrán regular, sobre la cuota del impuesto, incrementada o no por la aplicación del coeficiente, las siguientes bonificaciones:
c Una bonificación de hasta el 100 por cien para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.
Y para que así conste y surta los efectos que correspondan, se expide la presente certificación, de Orden y con el Visto Bueno de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, en la localidad y fecha abajo indicada.
En Beires, a día 7 de marzo de 2024.
Vº. Bº. LA ALCALDESA-PRESIDENTA, Carmen González Garví.
EL SECRETARIO-INTERVENTOR, Antonio Miguel Sánchez Sánchez.


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CERTIFICADO DE ACUERDO DE PLENO.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 22/3/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date22/03/2024

Page count29

Edition count6217

First edition26/04/1999

Last issue15/05/2024

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