Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 24/1/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 15
Lunes, 24 de enero de 2022
Pág. 3


ADMINISTRACIÓN LOCAL
39/22

AYUNTAMIENTO DE ADRA
ANUNCIO
Don Manuel Cortes Pérez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Adra Almería.
HACE SABER: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de diciembre del actual, adoptó entre otros el siguiente acuerdo, cuyo tenor literal dice:
APROBACIÓN INICIAL DEL TEXTO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE PUESTOS OCASIONALES O
TEMPORALES Y DETERMINADAS ACTIVIDADES COMERCIALES, ATRACCIONES DE FERIA EN ESPACIOS DE USO
PÚBLICO.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 93 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por unanimidad por R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, por parte del señor Secretario se da lectura al dictamen formulado por la Comisión Informativa de Recursos Humanos, Nuevas Tecnologías, Deportes, Educación y Empleo y Medio Ambiente, en sesión celebrada el día 15 de noviembre de 2021.
La Comisión Informativa de Recursos Humanos, Nuevas Tecnologías, Deportes, Educación y Empleo y Medio Ambiente, en sesión celebrada el día 15 de noviembre de 2021, ha emitido el siguiente:

En los últimos años venimos observando como en nuestra Ciudad van proliferando una gran cantidad de puestos ocasionales, de vendedores de diversas actividades comerciales, así como de atracciones de feria ubicados en distintas zonas del casco urbano.
El incremento de dichas actividades plantea la necesidad de regularizar este tema a través de la correspondiente ordenanza municipal que regule la mayor parte de los supuestos de autorización de usos privativos del dominio público municipal ante el importante volumen de solicitudes de ocupación del mismo que se reciben casi a diario y que plantean, a su vez, un amplísimo y variado abanico de actividades, instalaciones y usos en el dominio público.
El objetivo principal de la norma, por tanto, va dirigido a racionalizar el régimen de autorización de los aprovechamientos especiales o usos privativos del dominio público municipal y armonizarlos con el uso común general por la ciudadanía, cuya protección será prioritaria, compatibilizando de este modo los intereses públicos y privados.
La presente ordenanza se dicta al amparo de las facultades otorgadas a las entidades locales por la Constitución Española y su normativa básica de desarrollo, haciendo uso de la potestad normativa que tienen atribuida en virtud de los artículos 4 y 84 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local: 55 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local: en concordancia con los artículos 29 y 30 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y el artº.57 N.º 1
y N.º 2 del Decreto 18/2006, de 24 de enero por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.
Por todo ello, elevo al Pleno de la Corporación la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:
Primero.- Aprobar inicialmente el texto de la Ordenanza Municipal Reguladora de Puestos Ocasionales o temporales y determinadas actividades comerciales/atracciones de feria en espacios de uso público, según consta en el expediente y se incorpora como anexo a la presente.
Segundo.- Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en un Diario provincial y en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería por plazo de treinta días hábiles dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
Dicho plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia: de conformidad con el artº 49.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Tercero.- En el caso de que no se presenten reclamaciones al expediente en el plazo anteriormente indicado se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, de conformidad con lo dispuesto en el apartado c del mismo texto legal en la redacción dada por Ley 11/1999, de 21 de abril.
Cuarto.- Dicha Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de la publicación del texto íntegro del mismo en el Boletín Oficial de la Provincia, y una vez que haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la referida Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Así mismo en el Texto de la Ordenanza que nos ocupa se harán constar expresamente las fechas del acuerdo de su aprobación definitiva, así como la correspondiente a la de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Quinto.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos actos y resoluciones se deriven del presente Acuerdo.


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería B.O.P. nº 57 de 24/03/2009

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DICTAMEN

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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 24/1/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date24/01/2022

Page count15

Edition count6233

First edition26/04/1999

Last issue06/06/2024

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