Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del 22/3/2024 - Marcas y otros signos distintivos
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Source: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial - Tomo 1: Marcas y otros signos distintivos
22 DE MARZO DE 2024 - BOLETÍN OFICIAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
111
338
N 0454722
Fecha de Interposicion: 13-03-2024
Resolución recurrida: Concesión Fecha de la resolución recurrida: 08-02-2024
Recurrente: FERNÁNDEZ FERNÁNEZ, JOSE MARÍA
740
PIÑERO CABELLO
ENRIQUE
740
Clases contra las que se interpone el recurso: 41
111
N 0455466
Fecha de Interposicion: 13-03-2024
Resolución recurrida: Concesión Fecha de la resolución recurrida: 15-02-2024
Recurrente: Industrias Químicas del Vallés, S.A.
740
Mir Plaja
Mireia
740
Clases contra las que se interpone el recurso: 01
DESESTIMADOS
Contra las resoluciones de los recursos que a continuación se notifican no procede impugnación en vía administrativa y tan solo cabe recurso jurisdiccional que deberá interponerse ante las secciones especializadas en materia mercantil de la Audiencia Provincial en cuya circunscripción radique la ciudad sede del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del domicilio del recurrente o, en su defecto, del domicilio del representante autorizado en España para actuar en su nombre, siempre que el Consejo General del Poder Judicial haya acordado atribuir en exclusiva a los Juzgados de lo Mercantil de esa localidad el conocimiento de los asuntos en materia de propiedad industrial. El recurso también podrá interponerse, a elección del recurrente, ante la Audiencia Provincial de Madrid. El plazo para la interposición del recurso es de dos meses a contar desde el día siguiente al de la presente publicación.
111
N 0444633
Recurrente: PASION WOK, S.L.
Fecha de desestimación: 20-03-2024
Texto de la resolución: DESESTIMACIÓN del Recurso interpuesto confirmando la resolución recurrida.
Diéguez Garbayo
111
N 0451452
Pedro
CVE-BOPI-T1-20240322-00000338
740
Recurrente: SERVIMEDIA, S.A.
Fecha de desestimación: 18-03-2024
Texto de la resolución: DESESTIMACIÓN del Recurso interpuesto confirmando la resolución recurrida.
740
González Peces
Gustavo Adolfo
740
Lupiañez García
Francisco
INADMITIDOS
Contra las resoluciones de los recursos que a continuación se notifican no procede impugnación en vía administrativa y tan solo cabe recurso jurisdiccional que deberá interponerse ante las secciones especializadas en materia mercantil de la Audiencia Provincial en cuya circunscripción radique la ciudad sede del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del domicilio del recurrente o, en su defecto, del domicilio del representante autorizado en España para actuar en su nombre, siempre que el Consejo General del Poder Judicial haya acordado atribuir en exclusiva a los Juzgados de lo Mercantil de esa localidad el conocimiento de los asuntos en materia de propiedad industrial. El recurso también podrá interponerse, a elección del recurrente, ante la Audiencia Provincial de Madrid. El plazo para la interposición del recurso es de dos meses a contar desde el día siguiente al de la presente publicación.
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