Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 24/08/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

24 de agosto de 2023

BOLETIN OFICIAL Nº 6212

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SECCIÓN ADMINISTRATIVA

DECRETOS
DECRETO Nº 893/23
Viedma, 2 de agosto de 2023

Visto, el Expediente N 193.871-SHS-2022 del Registro del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, y;
CONSIDERANDO:
Que los Municipios de Luis Beltrán, Coronel Belisle, Villa Regina, Sierra Colorada, Pilcaniyeu, Ramos Mexía, Ñorquinco y Comisiones de Fomento de Rincón Treneta, Arroyo Ventana y Paraje Chelforó, solicitan a fojas 17/26 por notas varias a la máxima autoridad del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda I.P.P.V., la ampliación de plazos extraordinaria de obras en las que los mismos actúan como entidad ejecutora;
Que los fundamentos de las peticiones efectuadas por las entidades están relacionadas al proceso inflacionario que afecta el costo de materiales e insumos de la construcción, mano de obra y servicios;
Que los titulares de las entidades ejecutoras comprendidas en la presente, reconocen que aún cuando desde el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda I.P.P.V. se los asistió financieramente a través de la Resolución N 532/21, tal aporte no alcanzó para recomponer el ritmo de las tareas debido al vencimiento de los plazos estipulados;
Que la Señora Interventora del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda I.P.P.V. Arquitecta Ines Perez Raventos autorizó dar curso a las solicitudes planteadas por los entes ejecutores con el fin de cumplir con la finalidad de estos Programas;
Que la Subsecretaría de Hábitat Sustentable del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda I.P.P.V.. a fojas 2/3, 64/157 y 174/248 elaboró informe técnico por medio de cual ratificó los motivos esgrimidos por los municipios y/o Comisiones de Fomento acorde a las constancias obrantes en los libros de obras que llevan a cabo el seguimiento de las mismas y adjuntó copia certificada de los Convenios suscriptos con los Municipios y/o Comisiones de Fomento, resoluciones aprobatorias, planes de trabajo y última certificación efectuada de las obras;
Que las Resoluciones N 2259/06 y N 929/12, ambas del Registro del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda I.P.P.V., crean los Programas Casa Propia y Habitar Río Negro con el fin de dar soluciones habitacionales a sectores de escasos recursos, con participación de los Municipios, Comisiones de Fomento y entidades intermedias inscriptas en el Registro de Personas Jurídicas;
Que tales programas prevén la aplicación de la Ley J N 286, su Decreto reglamentario y normativa complementaria para la ejecución de las obras iniciadas en el marco de los mismos;
Que en este panorama el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda I.P.P.V. inicia un proceso de reactivación de obras en diferentes localidades de la Provincia, ejecutadas en el marco de los Programas Provinciales de Construcción de Viviendas Programa Habitar Río Negro y Programa Casa Propia que a la fecha se encuentran paralizadas y/o en continuidad con plazos vencidos;
Que la reestructuración de la obra es de carácter extraordinario y por única vez, en función de la necesidad de recuperar la curva de inversión sin necesidad de rescindir los convenios vigentes, garantizándole a los beneficiarios de los mismos la culminación de la obra en pos del derecho a la vivienda digna y adecuada;
Que el Artículo 39 de la Ley J N 286 de Obras Públicas reza en la parte pertinente: las demoras en la iniciación, ejecución y terminación de trabajos darán lugar a la aplicación de las multas o sanciones que fije el Pliego de Bases y Condiciones, salvo que el contratista pruebe que se debieron a caso fortuito, fuerza mayor o culpa del estado ;
Que en el caso de las obras en análisis, las causales de atraso o paralización no sólo se deben a las contempladas en el Artículo 39 de la Ley de Obras Públicas J N 286, sino a una complejidad de factores que hacen a los niveles de terminación, imposibilidad de planificación de tareas y secuencias lógicas en los avances particularizados y generales de cada obra, criterios de relevamiento y justipreciación de la obra ejecutada y por ejecutar de los distintos rubros, cuya atención y resolución se refleja en una insostenible alteración de los plazos contractuales en el conjunto de los planes de trabajo;

Firmado Digitalmente por SERGIO D. HAIDT - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6212.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 24/08/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date24/08/2023

Page count53

Edition count1913

First edition03/01/2002

Last issue13/05/2024

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