Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 14/06/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5678

Que se ha efectuado la Reserva Interna y Compromiso, según lo normado en el Artículo 31 y 30 de la Ley H N 3.186, afectando los Créditos Presupuestarios a la Jurisdicción 31, Programa 44, Subprograma 00, Actividad 02, Partida 518 Transferencias a Cooperativas, Financiamiento 12.422
Fondo Obras de Gas Ley 3.985;
Que ha tomado intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 01650-18;
Que la presente se encuadra en lo establecido por el Artículo 33 del Decreto H N 1.737/98, Ley J N 4.572 y los Decretos N 107/11 modificado por el Decreto N 739/14, y Decreto N 671/13 modificado por el Decreto N 1160/17;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181, Inciso l de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Establecer para el Ejercicio 2.018, los montos de las proyecciones de los aportes trimestrales destinada a cubrir el desfasaje económico producto del diferencial de la tarifa de gas y flete y más los costos de mantenimiento y la prestación del servicio de distribución de gas propano indiluido vaporizado por redes, mediante la modalidad establecida por el Decreto N 1160/17, por la suma total de Pesos Veinte Millones Ochocientos Diez Mil Novecientos Ochenta y Uno $ 20.810.981,00, de acuerdo al siguiente detalle:

Art. 2.- Ratificar la Reserva Interna y el Compromiso de los Créditos Presupuestarios, con cargo a la Jurisdicción 31, Programa 44, Subprograma 00, Actividad 02, Partida 518 Transferencias a Cooperativas, por la suma de la suma de Pesos Vente Millones Ochocientos Diez Mil Novecientos Ochenta y Uno $ 20.810.981,00, a favor de la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Sociales y Viviendas del Bolsón Limitada, COOPETEL
LIMITADA, CUIT N 30-55483494-5, de acuerdo al siguiente detalle:
Prog.
44

Subp.
00

Proy.
00

Activ.
02

Rec.
12422

Pda.
Importe 518 $ 20.810.981,00
Total $ 20.810.981,00
Art. 3.- Ordenar cl pago y autorizar a la Tesorería General de la Provincia, con cargo a la Cuenta Corriente Nº 90.0118 Cuenta de RegularizacionesRetenciones, a transferir a favor de la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Sociales y Viviendas del Bolsón Limitada, COOPETEL LIMITADA
CUIT N 30-55483494-5, la suma de Pesos Doce Millones Quinientos Cuatro Mil Trescientos Setenta y Nueve $ 12.504.379,00, destinados a cubrir el desfasaje económico correspondiente a los aportes del 1 y 2
trimestre del Ejercicio 2.018, con cargo a oportuna rendición de cuentas.Art. 4.- Designar como responsables de la aplicación y oportuna rendición de cuentas de los fondos, al Presidente y/o el Tesorero de la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Sociales y Viviendas del Bolsón Limitada, COOPETEL LIMITADA, CUIT N 30-55483494-5, de acuerdo al siguiente detalle:

Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. C. Váleri.
oOo DECRETO Nº 644
Viedma, 1 de Junio de 2018.
Visto: Los expedientes Nº 104.601-SE-2.017, del registro de la Secretaría de Estado de Energía; las Leyes Nacionales Nº 17.319, 26.197 y;
CONSIDERANDO:
Que en función de lo dispuesto por el Artículo 124º de la Constitución Nacional y los Artículos 70º y 79º de la Constitución Provincial, la Provincia de Río Negro, a través de la Secretaría de Estado de Energía, dio inicio al
Viedma, 14 de Junio de 2018

Concurso Público Nacional e Internacional Nº 01/2.017 para la Adjudicación de Permisos de Exploración y Eventuales Concesiones de Explotación Transporte y Comercialización de Hidrocarburos aplicable al Area: Cerro Manrique;
Que es objetivo del Gobierno Provincial ejercer acciones concretas para revertir la declinación en las reservas provinciales de los recursos no renovables de petróleo y gas;
Que la política en materia de hidrocarburos debe estar sustentada en un mayor esfuerzo exploratorio que permita ampliar el conocimiento geológico y redunde en la incorporación de nuevas áreas productivas;
Que, alentar la producción de hidrocarburos como elemento de expansión económica y social, demanda la promoción activa de la participación de capitales privados de riesgo que aporten la inversión necesaria para la exploración y el desarrollo de los yacimientos;
Que el otorgamiento de permisos de exploración bajo los términos de la Ley Nacional de Hidrocarburos N 17.319 resulta un procedimiento idóneo a fin de canalizar las inversiones conducentes al hallazgo de hidrocarburos;
Que en virtud de la presentación de la Empresa YPF S.A en el marco del Artículo 46 de la Ley Nacional de Hidrocarburos y en virtud del análisis efectuado sobre el bloque geológico y su potencialidad exploratoria, la Secretaría de Estado de Energía inició el llamado a Concurso;
Que mediante Decreto N 1.606/17, se instrumentó el proceso licitatorio, disponiendo que la Secretaria de Energía ejerza como Autoridad de Aplicación la conducción de dicho proceso, y que la Comisión de Preadjudicación tenga a su cargo la evaluación de la oferta, su calificación y preadjudicación dentro de lo normado por la Ley H Nº 3.186 y su Decreto Reglamentario H Nº 1.737/98 y el Artículo 2.11 del Pliego de Bases y Condiciones N 01/17;
Que la Autoridad de Aplicación realizó la apertura de los Sobres A el día 09/03/2018 presentándose las empresas YPF S.A y CAPEX S.A, labrando acta de apertura por Escribano Público designado a tal efecto;
Que la Comisión de Preadjudicación analizó las ofertas presentadas y emitió acta de calificación con fecha de 21 de Marzo de 2.018;
Que con fecha 23 de Marzo de 2.018 se procedió a la apertura del Sobre B de los oferentes en su calidad de calificados;
Que luego de analizar las propuestas a la luz de la formula de adjudicación del Pliego de Bases y Condiciones, la Secretaría de Energía emitió la Circular N 5 mediante la cual se corrió traslado a la empresa YPF S.A de la oferta presentada por CAPEX S.A., en el marco del Artículo 46 de la Ley N
17.319 y Artículo 16 del Pliego de Bases y Condiciones Nº 01/17, a efectos de manifestar su intención de hacer uso - o nodel Derecho de Preferencia;
Que con fecha 11/04/2018 la empresa YPF S.A. presentó una nueva oferta para el Primer Período Exploratorio y un nuevo Plan de Exploración superadores a la oferta presentada por CAPEX S.A y de la presentada por la misma oportunamente;
Que la Comisión de Preadjudicación emitió con fecha 17 de abril de 2.018 el Acta Nº 2 preadjudicando el Area Cerro Manrique a la empresa YPF S.A.;
Que durante el plazo establecido en el artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones no se realizaron impugnaciones al Acta de Preadjudicación Nº 2
por parte de los oferentes;
Que con fecha 26 de abril de 2.018, la Comisión de Preadjudicación emitió el Acta Nº 03 considerando los antecedentes acompañados al expediente y el informe técnico de adjudicación requerido por el Pliego, aconsejando adjudicar el permiso de exploración del Area de referencia a la empresa preadjudicataria: YPF S.A;
Que tanto la preadjudicación conto la recomendación de adjudicar el permiso de exploración del Area Cerro Manrique al oferente YPF S.A, se basan en la calidad de la oferta propuesta;
Que el monto total de la oferta económica presentada por YPF S.A
asciende a un total de Dólares Estadounidenses Veintidós Millones Doscientos Setenta y Seis Mil Seiscientos Veinticinco U$S 22.276.625 equivalentes a Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Cinco con 325/1000 4455,325
Unidades de Trabajo para el Primer Período de Exploración a ejecutar en 0,9 años con lo cual el Factor de Adjudicación es de Cuatro Mil Novecientos Cincuenta con 36/100 4950,36 Unidades de Trabajo;
Que de acuerdo a las constancias administrativas el proceso ha sido llevado en un todo de acuerdo con lo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones y la normativa aplicable;
Que corresponde que el Poder Ejecutivo Provincial analice y apruebe lo actuado por la Autoridad ele Aplicación y por la Comisión de Preadjudicación, y otorgue el correspondiente permiso de exploración en los términos del Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales y Particulares del Concurso N 01/2.017;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Energía y la Fiscalía de Estado, mediante Vista Nº 02053-18;

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5678.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 14/06/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date14/06/2018

Page count38

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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