Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/05/2018

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

2

BOLETIN OFICIAL N 5666

ANEXO I AL DECRETO Nº 326
Empresa: Vía Bariloche S.A.
Línea: Cinco Saltos - Sierra Grande.

ANEXO II AL DECRETO Nº 326
Empresa: Vía Bariloche S.A.
Línea: Cinco SaltosLas Grutas-Viedma.

ANEXO III AL DECRETO Nº 326
Empresa: Vía Bariloche S.A.
Línea: Cipolletti-Viedma.

Viedma, 03 de Mayo de 2018

DECRETO Nº 333
Viedma, 11 de Abril de 2018.
Visto: El Expediente N 006004-SSH-18 del Registro del Ministerio de Economía, la Ley Provincial Q N 4.818, la Ley Provincial N 5.027, los Decretos Provinciales N 9/2015, N 977/2015 y N 978/2015 y;
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 3 de la Ley Provincial N 5.027 se modifica el Artículo 6 de la Ley Provincial Q N 4.818 que versa sobre el destino y distribución de los fondos provenientes de la renegociación de Concesiones de Explotación de Areas Hidrocarburíferas Rionegrinas;
Que en el cuarto párrafo del mencionado Artículo 3, se establece que se distribuirá por única vez entre la totalidad de los Municipios y Comisiones de Fomento una suma equivalente al 7% del total del Bono Fijo, de acuerdo a los índices de coparticipación y otro 7% se distribuirá entre los municipios productores de petróleo, de acuerdo al índice de distribución de regalía de la Ley Provincial N N 1.946;
Que el apartado séptimo del citado Artículo, establece que los fondos que los Municipios perciban como resultado de la renegociación de concesiones hidrocarburíferas, serán destinados en forma exclusiva a financiar en el ámbito municipal proyectos productivos, equipamientos y/u obras de infraestructura, con expresa prohibición de aplicar los mismos a gastos corrientes;
Que con fecha 04 de Junio de 2015 se celebraron nuevos acuerdos de renegociación petrolera entre la provincia de Río Negro y las empresas concesionarias, PETROLEOS SUDAMERICANOS S.A., y NECON S.A.
por una parte y PETROLÍFERA PETROLEUM LIMITED SUCURSAL
ARGENTINA por otra parte, ratificados por Decreto N 977 y 978 del año 2015 respectivamente;
Que por aplicación de la Ley Provincial Q N 4.818 y modificatoria, según certificación de fojas 33/34, le corresponde a la Comisión de Fomento Aguada de Guerra, la suma de Pesos Cuatro Mil Cuarenta y Ocho con 15/100
$ 4.048,15;
Que con fecha 20 de Abril de 2017, se reunió la Comisión Evaluadora de Proyectos, establecida por la Ley Provincial N 5.027, aprobando el proyecto presentado por la Comisión de Fomento Aguada de Guerra, y expresando como monto a percibir Pesos Cuatro Mil Cuarenta y Ocho con 15/100 $
4.048,15;
Que con fecha 20 de Diciembre de 2.017, se suscribió el Convenio entre el Gobierno de la Provincia de Río Negro y el Comisionado de: Aguada de Guerra, Sr. Daniel Catalán, a efectos de transferir al comisionado, la suma de Pesos Cuatro Mil Cuarenta y Ocho con 15/100 $ 4.048,15, destinado a la ejecución del proyecto de inversión que forma parte del Anexo I del Convenio mencionado y que será ratificado en el presente Decreto;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía, Contaduría General de la Provincia y Fiscalia de Estado mediante Vista N 00785-18;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1, de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifíquese el Acuerdo suscripto entre la Provincia de Río Negro y la Comisión de Fomento Aguada de Guerra, el que como anexo forma parte del presente Decreto.Art. 2.- Apruébese el gasto y páguese por Tesorería General de la Provincia la suma de Pesos Cuatro Mil Cuarenta y Ocho con 15/100 $ 4.048,15, para la Comisión de Fomento Aguada de Guerra, a través del Gobierno de la Provincia de Río Negro C.U.I.T. 30-67284630-3.Art. 3.- Comprométase y Ordénese con cargo a la Entidad 38, Programa 80, Actividad 01, Partida 581, Remanente 34666 la suma de Pesos Cuatro Mil Cuarenta y Ocho con 15/100 $ 4.048,15, a favor de la Comisión de Fomento Aguada de Guerra.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Economía.Art. 5.- Registrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK. A. Domingo.

CONVENIO
Art. 6º Ley Q N 4818 modificada por Ley Nº 5027
y Anexo I Decreto Nº 09/2015
En la ciudad de Viedma, a los 20 días del mes de diciembre del año 2017, se reúnen por una parte la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Señor Gobernador, Don Alberto Edgardo Weretilneck, en adelante LA

Firmado Digitalmente por MAURICIO FIGUEROA - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5666.pdf

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/05/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date03/05/2018

Page count16

Edition count1913

First edition03/01/2002

Last issue13/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Mayo 2018>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031