Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/08/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 1 de Agosto de 2016

Nº 5481

SECRETARIA GENERAL

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 13,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVII
EDICION DE 24 PAGINAS

Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 24

DECRETO

DECRETO Nº 1039
Viedma, 11 de Julio de 2016.
Visto: el Expediente N 33988-CPPD-2016 del registro del Ministerio de Desarrollo Social, la Ley 2055, y;
CONSIDERANDO:
Que la misión del Ministerio de Desarrollo Social es entender en todo lo inherente a la promoción, desarrollo y asistencia de las personas, familias y grupos en situación de emergencia social;
Que surge como imperiosa la necesidad de gestionar nuevas herramientas para desarrollar planes y programas destinados a las personas con discapacidad;
Que mediante la Ley N 2055, se instituye al Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad como órgano de aplicación y arbitra las medidas preventivas, asistenciales y promocionales, necesarias para la atención de la problemática, con el fin de brindar la protección necesaria para un pleno desarrollo de las personas con discapacidad dentro de su comunidad de pertenencia, velando por su cumplimiento, para que no haya situaciones en las cuales se incurra en la restricción de algunos de los derechos que han sido reconocidos en los tratados internacionales;
Que, en ese aspecto, el Consejo Provincial para Personas con Discapacidad debe apoyar a las entidades sin fines de lucro con domicilio en el territorio de la Provincia, que tengan a su cargo la promoción, atención, rehabilitación e integración de las personas con discapacidad, a través de la creación del Programa Gestión de Oportunidades Sociales GEST.O.S. que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto;
Que a través de la implementación del mismo se pretende sensibilizar a la sociedad en general respecto a la temática de la discapacidad, y fortalecer el entramado social para asistir a los sujetos de derecho y su participación plena y efectiva en igualdad de condiciones; para ello, es imprescindible intervenir desde una visión integral de la persona con discapacidad, considerándola como sujeto de derecho promoviendo lineamientos que tiendan al pleno desarrollo de sus capacidades, enmarcándose, en un trabajo interdisciplinario y, contemplando el escenario local multiactoral que lo contiene;
Que se considera al grupo de convivencia como el órgano natural donde desarrollar hábitos de atención, complementariamente se propendrá a fortalecer vinculaciones las Organizaciones de la Sociedad Civil y Organismos Gubernamentales, dada la importancia y tipo de las acciones promocionales, asistenciales y preventivas que se prevé implementar a través de la formulación de proyectos institucionales, sustentados en aportar la merecida igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad, e incorporándolas como parte integrante de las estrategias pertinentes de desarrollo sostenible;
Que en ese marco, el Programa prevé su instalación en todo el ámbito provincial, progresivamente. Se implementará en las localidades sede de las Organizaciones de la Sociedad Civil y Organismos Gubernamentales Municipios o Comisiones de Fomento co-responsables del desarrollo, cuyo proyecto institucional cuente con la aprobación evaluatoria previa del Consejo Provincial para Personas con Discapacidad, disponiendo de los recursos humanos y materiales requeridos para su desarrollo.
Que es necesario artícular dichas políticas para una atención integral de la problemática abonando el equivalente a horas cátedra a los Talleristas Polimodales que sean profesionales o idóneos, mediante el dictado de cursos dentro de los proyectos presentados por las instituciones;

Que han tomado intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Social, la Secretaría Legal y Técnica y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 01747-16;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Créase el Programa Gestión de Oportunidades Sociales GEST.O.S en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- El Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad será el responsable de difundir, organizar, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar todas las actividades que implique el desarrollo del Programa.Art. 3.- Facúltese al Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad a dictar las normas reglamentarias necesarias para la correcta implementación del Programa.Art. 4.- El Ministerio de Economía realizará las adecuaciones presupuestarias pertinentes con destino al Ministerio de Desarrollo Social.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Desarrollo Social.Art. 6.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
WERETILNECK - H. F. Galli.

ANEXO AL DECRETO N 1039
Programa Gestión de Oportunidades Sociales GEST.O.S
Índice:
1. Responsable del Programa y Localización geográfica.
2. Fundamentación. Marco Metodológico. Fines.
3. Objetivo General y Objetivos Específicos 4. Modalidades de Intervención:
4.1. Rehabilitación y Formación Laboral;
M.I. a Servicio de Formación Laboral.
M.I. b Servicio de Aprestamiento Laboral.
M.I. c Formación Laboral Integrada.
4.2. Centros de día.
4.3. Centro educativo terapéutico.
5. Destinatarios.
6. Prestaciones.
7. Estructura Organizativa:
7.1. Roles Consejo Provincial para las personas con Discapacidad.
7.2. Equipos Técnicos.
7.3. Equipos de Gestión.
8. Evaluación y Monitoreo.
9. Fortalecimiento a Organizaciones de la Sociedad Civil y Organismos Gubernamentales.
9.1. Trabajo en Redes.
9.2. Sustentabilidad.
10. Consideraciones Finales.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/08/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date01/08/2016

Page count24

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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