Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 18/3/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, lunes 18 de marzo de 2024
la iniciación de las actuaciones, para que pueda, si le conviene, intervenir en la subasta o satisfacer, antes del remate, el importe del crédito, de los intereses y de los gastos en la parte asegurada por la hipoteca.
Igualmente advierto a a Que, conforme al artículo 236 ñ del Reglamento Hipotecario sólo se suspenderán las actuaciones: i cuando se acredite documentalmente la tramitación de un procedimiento criminal, por falsedad del título hipotecario en virtud del cual se proceda, en que se haya admitido querella, dictado auto de procesamiento o formulado escrito de acusación, ii cuando se reciba la comunicación del Registrador de la Propiedad a que se refiere el apartado tercero del artículo 236-b. c Que según el artículo 236-o del Reglamento Hipotecario para las demás reclamaciones que puedan formular el deudor se estará a lo dispuesto, en cuanto sea de aplicación, en los cinco últimos párrafos del artículo 132 de la Ley Hipotecaria, hoy artículo 698 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: d Del derecho del requerido que le asiste de acudir a los Tribunales presentando demanda o solicitando medida cautelar de suspensión del procedimiento por si considerara que alguna cláusula del contrato de préstamo con garantía real hipotecaria es abusiva, y d del derecho del requerido a contestar en el plazo de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes al de la notificación.
Y así lo hago constar por el presente, para que sirva de requerimiento al hipotecante no deudor tercer poseedor, en Vecindario, a veintitrés de enero de dos mil veinticuatro.
68.113
Franqueo
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DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS
23/1
GOBIERNO DE CANARIAS
Año XCIX
Lunes, 18 de marzo de 2024
Número 34