Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 11/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

13444

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 123, miércoles 11 de octubre de 2023

el artículo 43.3, párrafo 2º, y el artículo 115,c del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, así como en los artículos 31 y 32 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias.
CUARTO. El Alcalde-Presidente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, conservará las siguientes facultades en relación a las atribuciones delegadas:
a La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación.
b La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
QUINTO. En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los Concejales Delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.
SEXTO. La Delegación de facultades entrará en vigor el mismo día de la firma de esta Resolución, todo ello sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Asimismo requerirá para ser eficaz su aceptación por parte del Delegado. La delegación se entenderá tácitamente aceptada si, en el término de TRES DÍAS
HÁBILES, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente, no hace manifestación expresa ante esta Alcaldía de que no acepta la delegación.

SÉPTIMO. Notifíquese la presente Resolución a los Concejales interesados, así como a todos los departamentos municipales.
OCTAVO. Dar cuenta de la presente al Pleno en la primera sesión que se celebre, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
NOVENO. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía Administrativa, cabe interponer, potestativamente, en plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente al de su notificación, Recurso Ordinario de Reposición ante el órgano administrativo que lo dictó, o bien directamente, en el plazo de DOS
MESES a contar desde el día siguiente al de su notificación, Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, o ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas, de resultar competentes, conforme al artículo 8.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio.
También podrá interponer Recurso Extraordinario de Revisión, ante el órgano que dictó el acto, en los casos y plazos establecidos legalmente.
Lo que dispone y firma el Sr. Alcalde-Accidental, y el Secretario General certifica.
Fdo.: El Alcalde-Accidental, José Agustín Arencibia García.
Fdo.: El Secretario General, Rafael Lezcano Pérez.
En la Villa de Teror, a cuatro de octubre de dos mil veintitrés.
EL ALCALDE-PRESIDENTE, Sergio Nuez Ramos.
189.200

Franqueo
BOLETÍN OFICIAL

concertado
DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS

23/1

GOBIERNO DE CANARIAS

Año XCVII

Miércoles, 11 de octubre de 2023

Número 123

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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 11/10/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

CountrySpain

Date11/10/2023

Page count40

Edition count2978

First edition01/01/2001

Last issue15/05/2024

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