Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/12/2023 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCVIII - Nº 235
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 13 DE DICIEMBRE DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

mes de Noviembre del año 2023, por lo que su vencimiento operará a las 24:00 horas del día 31 del mes de Octubre del año 2038.

ORDENANZA N 604/23, SAIRA 23 de Noviembre de 2023, Acta Nº 605.

Art.2: Comuníquese, publíquese, remítase al Registro Municipal y archívese.
Saira, 27 de Noviembre de 2023.-

VISTO: El vencimiento del plazo de concesión de la Obra Pública del Sistema de Agua Potable de la Localidad de Saira que éste Municipio mantenía con la Cooperativa de electricidad y otros servicios públicos de general Roca Ltda.
CEGRO según obran en Ordenanza Nº 449/2013 con fecha 21/11/2013.

FDOIntendente; ROVIRA Silvia E. Secretario de Gobierno.
1 día - Nº 501330 - s/c - 13/12/2023 - BOE

Decreto 49/2023
MODIFICACIÓN ENTRE CUENTAS DE PRESUPUESTO

Y CONSIDERANDO:

Los buenos resultados obtenidos a través de la Cooperativa, y la inexistencia de otra entidad capaz de realizar dicha taréa.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE
SAIRA,SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA
DECRETA:

CAPITULO 1 CONCESIÓN OTORGAMIENTO

Para ver Decreto completo, click en link anexo ANEXO
1 día - Nº 501294 - s/c - 13/12/2023 - BOE

ORDENANZA N 603/23,
Artículo 1. Art. 1.- Otórgase a la Cooperativa de Electricidad y Otros Servicios Públicos de General Roca Ltda.. la concesión para la explotación del servicio de abastecimiento de agua potable domiciliaria, en las condiciones y modalidades que se establecen en los artículos siguientes.- Esta licencia se establece por el término de quince años a contar desde el día 1
del mes de Noviembre del año 2023, por lo que su vencimiento operará a las 24:00 horas del día 31 del mes de Octubre del año 2038.-

SAIRA 23 de Noviembre de 2023, Acta Nº 605.
VISTO: La solicitud de incremento de tarifas en el servicio de provisión de agua potable, presentado por la Cooperativa de Electricidad y otros Servicios Públicos de General Roca Ltda.;
Que dicha solicitud se acompaña del análisis de costo respectivo. Y
CONSIDERANDO:
Las atribuciones que emanan de la Ley Orgánica Municipal Nº 8102, en su artículo 30, inciso 21.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAIRA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

ARTICULO 1º.- APRUEBESE los nuevos valores para el consumo del
servicio de agua potable de la Localidad, a aplicar por la Cooperativa de Electricidad y otros Servicios Públicos de General Roca Ltda. CEGRO y que representa en incremento según detalle adjunto: 25% de ajuste del cargo fijo y el 20% de ajustes de las tarifas correspondientes a los distintos escalones de consumo a partir de la facturación del mes de Noviembre de 2023. 20 % de ajuste del cargo fijo y el 16% de ajustes de las tarifas correspondientes a los distintos escalones de consumo a partir de la facturación del mes de Diciembre de 2023. Los porcentajes se aplicarán sobre el cuadro vigente al día de la fecha y no en forma acumulativa.

CAPITULO II NORMAS DE APLICACIÓN PARA LA CONCESIÓN DEL
SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE.
Artículo 2. La concesión se otorga en interés de la comunidad, teniendo como finalidad satisfacer en forma continua y regular, eficiente e igualitaria, las necesidades de los usuarios que lo soliciten en las condiciones establecidas por la presente Ordenanza y demás disposiciones vigentes.
Artículo 3. La Municipalidad se reserva el derecho de controlar con la periodicidad que considere conveniente la prestación del servicio de acuerdo a las normas de Derecho Público, a cuyo fin podrá inspeccionar y recabar todo tipo de informes sobre la misma ya sea en la faz técnica, sanitaria y comercial.
Artículo 4. El incumplimiento, por parte de la Concesionaria, de alguna de las obligaciones asumidas, o grave negligencia que afecte la prestación, de manera regular y continua del servicio, determinará la caducidad de la concesión, previa intimación por parte de la Municipalidad, en forma fehaciente, para que la concesionaria, en el termino de treinta 30 días, cese con el incumplimiento de sus obligaciones.
Artículo 5. En caso de urgencia o necesidad la Municipalidad podrá tomar los recaudos necesarios a fin de asegurar la normal prestación del servicio, sin perjuicio de la caducidad o del ejercicio de las acciones judiciales que correspondan.

ARTICULO 2: COMUNIQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y ARCHIVESE.FDO. Franco Rabbia Pte Conjejo; Espíndola Stella Maris concejal; Carlos García Concejal; Baez María Estela, Flavia Flores Concejal.1 día - Nº 501301 - s/c - 13/12/2023 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 6. Concluida la concesión por vencimiento del término o por cualquier otra causa prevista en la misma, la Municipalidad se reserva el derecho de arrendar o adquirir los bienes de la Concesionaria afectados al servicio público de abastecimiento de agua potable domiciliaria.- Los precios podrán ser fijados de común acuerdo entre las partes o en su defecto por la Comisión Arbitral
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/12/2023 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date13/12/2023

Page count22

Edition count1438

First edition31/07/2018

Last issue30/05/2024

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