Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/07/2019 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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2019-Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

ción, revistar en horas cátedra titulares en el nivel, acreditar ocho 8 años de antigedad docente, cuatro 4 de los cuales deben ser en dicho nivel y modalidad a la que pertenezca el cargo a concursar, tener título docente Art. 62 del Decreto Ley 214/E/63, modificado por el Art. 15 de la Ley 10.237 o titulación reglamentada con alcance docente para el nivel al que aspira.- Art. 2.- ESTABLECER como requisito indispensable para la inscripción en el Concurso de Vicedirectores Titulares de la Dirección General de Educación Secundaria, dependiente del Ministerio de Educación, revistar en horas cátedra titulares en el nivel, acreditar seis 6 años de antigedad docente, tres 3 de los cuales deben ser en el nivel y modalidad, tener título docente Art. 63 del Decreto Ley 214/E/63, modificado por el Art. 16 de la Ley 10.237 o titulación reglamentada con alcance docente para el nivel al que aspira.-Art. 3.-DISPONER que el proceso concursal se desarrolle en dos etapas, con un puntaje máximo, por ambos conceptos, de cien 100 puntos. Las diferentes etapas serán eliminatorias. 1 ETAPA: Verificación de Títulos y valoración de antecedentes por la Junta de Clasificación: sujetos a normativa y criterios establecidos en la Convocatoria; El tope máximo de puntaje para la etapa de clasificación de antecedentes será de veinte 20 puntos, lo que representa el veinte por ciento 20%
del total posible. El concursante deberá hacerse acreedor a un mínimo de cinco 5 puntos para el cargo de Director y de cuatro 4 puntos para el cargo de Vicedirector para acceder a la siguiente etapa. 2 ETAPA: Evaluación de Oposición: Prueba Teórica y Prueba Práctica con presentación de Proyecto Institucional con propuestas de mejora y Entrevista ante el Jurado. El tope máximo de puntaje para la Etapa de Oposición será de 80
puntos lo que representa el ochenta por ciento 80% del total posible. Estará integrada por dos pruebas; cada prueba será eliminatoria. Su no aprobación producirá la automática exclusión del Concurso.I - Prueba Teórica:
Consistirá en una evaluación escrita por cada concursante a quien se le plantearán situaciones problemáticas, cuya resolución deberá ser elaborada situado desde el ejercicio efectivo del cargo directivo al que se postula.
El tope máximo de puntaje para la prueba teórica será de treinta 30 puntos. El concursante deberá hacerse acreedor a un mínimo de quince 15
puntos para acceder a la siguiente etapa. En virtud de la Resolución N
1475/16 del Ministerio de Educación se dispensa de realizar la Prueba Teórica, a los docentes que hubieren aprobado un concurso en los marcos legales citados, en idéntico cargo y nivel o modalidad, y no hubieren resultado adjudicatarios por falta de vacantes. II.- Prueba Práctica: Presentación del Proyecto Institucional con propuestas de mejora según corresponda al cargo directivo que se postula: Observación, Proyecto y Entrevista. El tope máximo de puntaje para la prueba práctica será de cincuenta 50 puntos.
El concursante deberá hacerse acreedor a un mínimo de veinticinco 25
puntos para acceder a la siguiente etapa. La misma constará de tres momentos: Momento Uno.- Observación del funcionamiento del Centro Educativo que se concursa.El concursante deberá contar con sus propios instrumentos de observación y recolección de información, a fin de registrar en los mismos todos los datos que considere significativos para dar cuenta de las dimensiones observadas. Momento Dos - Proyecto Institucional con Propuestas de Mejora Deberá contener: 1 Una apreciación diagnóstica del Centro Educativo para el que se concursa, que identifique las fortalezas y problemáticas más significativas y relevantes teniendo en cuenta las dimensiones pedagógica, institucional, política y cultural; con una jerarquización de las fortalezas y problemas detectados que serán abordados en el Proyecto. 2 Definición de metas logros esperados, que configuren las Propuestas de Mejora en las cuatro dimensiones abordadas; las que deberán ser viables y pertinentes a las posibilidades Institucionales. 3 Pertinencia y coherencia de los aportes teóricos y metodológicos de la propuesta y su vinculación con las políticas educativas vigentes. La planilla de AsistenBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVI - TOMO DCLV - Nº 138
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 24 DE JULIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

cia, el Instrumento de Observación, la Información relevada y el Proyecto de Mejoras deberán ser presentados en formato digital en la página http
www.cba.gov.ar/concursos-de-cargos-directivos-y-de-inspeccion Momento Tres - EntrevistaPara esta instancia evaluativa, en donde el concursante efectuará la presentación y defensa del Proyecto Institucional de Dirección o Vice dirección, según corresponda, se tendrá en cuenta: Mirada en perspectiva que implique las dimensiones pedagógica, institucional, política y cultural; y de las relaciones entre ellas; 1Argumentación teórica que dé razones coherentes de las propuestas; 2 Estructura de la Exposición: claridad, uso del vocabulario técnico y esquema de presentación; 3 Materiales y recursos, distribución del tiempo; 4 Coherencia entre el informe escrito y la defensa oral. Cada Prueba será eliminatoria, su no aprobación producirá la automática exclusión del concurso. Art. 4.- DISPONER: que los adjudicatarios de los cargos concursados deberán tomar posesión de los mismos según Art. 48 del Decreto N 930/15.Art. 5.- DETERMINAR
que en el puntaje de antecedentes, no se considerará la antigedad docente ni el título docente, ni otros títulos, salvo los especificados en el Apartado A de la presente Resolución.A los efectos de la asignación de puntaje, únicamente serán evaluados y clasificados los títulos y antecedentes que taxativamente se especifican en los apartados siguientes. A TÍTULOS ESPECÍFICOS TÍTULOS ACADÉMICOS DE NIVEL UNIVERSITARIO o DE
NIVEL SUPERIOR, otorgados por instituciones oficiales y privadas adscriptas o incorporadas a la enseñanza oficial, referidos a la conducción y/o gestión del Sistema Educativo, debidamente reglamentados y/o registrados según lo dispuesto en el Decreto N570/82. Si la carrera posee cuatro 4 o más años de duración 5,00 puntos Si la carrera posee dos 3 años de duración4.00 puntos Si la carrera posee dos 2 años de duración 3,00
puntos B FORMACIÓN DE POSGRADO:1. Postítulos específicos en conducción y gestión educativa.- Actualización del Instituto Superior de Gestión y Conducción del Sistema Educativo de la Provincia de Córdoba-I.S.E.P.3,00 puntos - Actualización otras Instituciones 2,00 puntosEspecialización I.S.E.P 4,00 puntos Diplomaturas Superior4,50 puntos 2.- Posgrados específicos en conducción y gestión educativa. Especializaciones3,00 puntos Maestrías 4,00 puntos No se acumulará el puntaje de los posgrados y postítulos correlativos anteriores cuando se haya valorado el superior C CAPACITACIÓN PARA LA GESTIÓN DIRECTIVA Y DE
SUPERVISIÓN, REFERIDOS EXCLUSIVAMENTE A LA CONDUCCIÓN
DEL SISTEMA EDUCATIVO y en cuyo enunciado exprese: CAPACITACIÓN DIRECTIVA.1.- Sólo se valorarán los dispositivos de formación, actualización y perfeccionamiento que posean una antigedad no mayor a los diez 10 años con referencia a la fecha de inicio de la inscripción de los concursantes y hasta treinta 30 días anteriores a la misma. Deberán computar un mínimo de cuarenta 40 horas presenciales, y ochenta 80 horas semipresenciales, aprobados por la Red Provincial de Formación Continua, con evaluación aprobada en forma definitiva los cuales se valorarán en base a los Decreto Nº 257/19 y Decreto N 1605/03 y Resoluciones Ministeriales N 1506/03 y 67/05. 2.- Se consideraran Seminarios, Congresos o Jornadas que posean una antigedad no mayor a los diez 10 años con referencia al inicio de la inscripción de los concursantes y hasta treinta días anteriores a dicha fecha. Estas deberán ser referidas exclusivamente a la Conducción y Gestión Educativa en cuyo enunciado exprese Capacitación Directiva, con un tope máximo de tres 3 puntos. Desde el 05/07/2011
las mismas deben contar con aprobación de la Red Provincial de Formación Continua y serán valoradas en base a los Decretos N 257/19, Dcto 1605/03, las Resoluciones Ministeriales N 1506/03 y sus modificatorias y/o ampliatorias Sin discriminación de Nivel: Asistente 0,30 puntos Expositor Del mismo Nivel:asistente 0.50 puntos Expositor 0.70 puntos D CONCURSO DIRECTIVO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN DEL NIVEL

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/07/2019 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date24/07/2019

Page count18

Edition count3978

First edition01/02/2006

Last issue23/05/2024

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