Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/04/2024 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CXI - TOMO DCCXII - Nº 79
CORDOBA, R.A. VIERNES 19 DE ABRIL DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

suplentes de cada una de ellas a los fines del sorteo como tales; sin perjuicio de dejar sentado que los sorteos serán independientes, manteniendo el rango en tanto resulten sorteados en una u otra condición de manera independiente entre listas de titulares y suplentes.
Art. 6 Establecer, que a los fines del Orden de Mérito que hace alusión el Reglamento Único, corresponde tener en consideración las sanciones firmes impuestas a los síndicos o estudios, por actos que se hubieren cometido a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo Reglamentario aludido en el art. 1.
Art. 7 PUBLICAR la presente convocatoria, mediante edictos por el término de cinco 5 días, en el Boletín Oficial de la Provincia; incorpórese en la página WEB del Poder Judicial y remítanse gacetillas de prensa los
periódicos locales y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y sus delegaciones de las ciudades de Cruz del Eje y de Cosquín.
Art. 8 COMUNÍQUESE al Tribunal Superior de Justicia, a la Sub Área de Documentación e Información Pública del Área de Servicios Judiciales, a la Oficina de Comunicación, a la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones del Área de Recursos Humanos y al Juzgado con competencia concursal de la Séptima Circunscripción Judicial.

Art. 9 PROTOCOLÍCESE.

FDO: NOCETTO LUCRECIA -VOCAL DE CAMARACASTRO JORGE ENRIQUE-VOCAL DE CAMARA -SARICH OMAR RENE-VOCAL DE CAMARA- - ZANNI
SAMANTA-PROSECRETARIO/A LETRADO

ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS
- ERSEP
Resolución General N 53

Y CONSIDERANDO:
Voto del Presidente Mario A. Blanco, y de los Vocales Mariana A. Caserio, José Luis Scarlatto y Mario R. Peralta
Que atento a la normativa vigente corresponde al ERSeP el tratamiento de la cuestión planteada. En efecto, el artículo 22 de la Ley Nº 8835 Carta del Ciudadanodispone El ERSeP tendrá como cometido la regulación de todos los servicios públicos que se presten en el territorio provincial, con excepción de los de carácter nacional y los municipales que no excedan el ámbito de un solo municipio o comuna
Que por su parte, el articulo 25 inciso h del cuerpo legal precitado establece que es competencia de este Organismo, Aprobar las modificaciones, revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios de los servicios a cargo de los prestadores como así también Art. 25, inc g:Controlar el cumplimiento de los planes de mejora y expansión de los servicios y de los de inversión, operación y mantenimiento, a cargo de los prestadores.
Que asimismo resulta aplicable al caso el marco normativo que rige la materia, esto es el Decreto Nº 529/94 -Marco Regulador de los Servicios
es de cumplimiento obligatorio para la prestación de los Servicios Públicos de Agua Potable y Desages Cloacales en el ámbito de aplicación definido en el Artículo 2. Rigen igualmente Los decretos, reglamentos y ordenanzas de carácter provincial o municipal, vigentes al momento de la promulgación de este Marco Regulador continuarán en vigor en todo aquello que no se oponga al mismo, del que constituirán normativa supletoria. Que por su parte, los artículos 35 a 43 del Decreto 529/94 Modificaciones de Precios y Tarifas - establecen que los precios y tarifas podrán sufrir ajustes derivados de cambios en las condiciones de prestación y los distintos criterios del Régimen Económico de la Prestación de los Servicios en un todo concordante con lo prescripto por la ley 8836. Que por su parte el Honorable Directorio en el Expediente N0521050276/2016 con fecha 13 de marzo de 2016, dicta Resolución Número 14/2016 que en su Artículo 1 y 2 dispone ARTÍCULO 1: APRUEBASE
el Régimen Tarifario Único de los prestadores de Agua Potable y Saneamiento de la Provincia de Córdoba, conforme los términos del Anexo I de la presente Resolución. ARTÍCULO 2: APRUEBASE la Estructura Tarifaria Única para los Cuadros Tarifarios de los prestadores abarcados por el presente régimen conforme lo previsto en el Anexo II de esta Resolución

Que asimismo con fecha 17 de enero de 2024, se aprobó la Resolución General ERSeP N 1/2024 B.O. 18/01/2024 en el marco del Expediente N 0521-074644/2023 por la cual se dispuso Artículo 1º: APRUEBASE el mecanismo especial para la determinación tarifaria de los servicios públicos bajo regulación y control del ERSeP: Aguas Cordobesas S.A., prestadoras de los servicios de Agua Potable y Desages Cloacales de la Provincia de Córdoba, Caminos de las Sierras S.A, prestadores de Transporte Interurbano de Pasajeros de la Provincia de Córdoba, Empresa Provincial de Energía de Córdoba EPEC, y prestadores del servicio de Energía Eléctrica de la provincia de Córdoba conforme los lineamientos del artículo 2do de la presente.

Públicos de Agua Potable y Desages Cloacales en la Provincia de Córdoba-, el Decreto 4560C1955 Reglamentación de Servicios Sanitarios por Particulares y demás reglamentación contemplada en los mismos. Que así el decreto 529/94, en su articulo 2 Ámbito de Aplicaciónestablece: Se define como ámbito de aplicación a todo el territorio de la Provincia de Córdoba, ámbito servido de la prestadora presentante, y en su artículo 5 -Alcances de la Normativadispone: Este Marco Regulador
Artículo 2º: SE ESTABLECE a los fines de la aplicación del mecanismo aprobado precedentemente, que la actualización de valores en los cuadros tarifarios del Servicio Público en cuestión - teniendo en especial consideración el actual marco inflacionariose basará en la aplicación de las reglas y principios establecidas en el marco regulatorio específico, de los índices propios de la prestación y rubros que compongan el costo del respectivo servicio, estableciendo un máximo en valores que se especifican seguidamente.

Córdoba, 16 de abril de 2024.Ref.: Expte. N 0521-074913/2024.Y VISTO: Que vienen las presentes actuaciones vinculadas con la presentación promovida por la prestadora del Servicio de Agua Potable y Saneamiento Cooperativa de Obras y Servicios Públicos y Sociales de Los Surgentes Limitada, por la cual solicita incrementar en un 160,17% para el servicio de agua y de un 84,21% para el servicio de cloacas la tarifa, aduciendo un incremento en los costos del servicio.-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/04/2024 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date20/04/2024

Page count5

Edition count4142

First edition01/02/2006

Last issue17/05/2024

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