Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/05/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 105
CORDOBA, R.A. MARTES 24 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Artículo 2.- IMPÚTASE la suma total de Pesos Ochenta y Ocho Millones Trescientos Treinta y Cinco Mil $ 88.335.000,00 que se estima invertir en la presente licitación, con cargo a Jurisdicción 1.75, Programa 755-001, Partida 11.03.99.00 Otros Elementos de Seguridad N.C.- del Presupuesto Vigente, conforme a Nota de Pedido N 2022/000041.
Artículo 3º.- EFECTÚENSE las publicaciones de Ley en el Boletín Oficial de la Provincia durante tres 03 días, conforme a las previsiones de los Artículos 7.1.1.2 y 16 de la Ley N 10.155 y Decreto N 305/2014, e INSERTESE en el sitio web oficial del Gobierno de la Provincia www.cba.gov.ar.

Artículo 4º.- FACÚLTASE a la Subsecretaría de Administración, Legales y Recursos Humanos de este Ministerio a fijar la fecha y hora correspondiente a la Licitación Pública aprobada por el Artículo 1º, como así también determinar las demás precisiones que fueran necesarias para su realización.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Administración Financiera del Ministerio de Seguridad, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: ALFONSO FERNANDO MOSQUERA, MINISTRO DE SEGURIDAD

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 170
Córdoba, 20 de mayo de 2022
Expediente Nº 0045-022704/2020/A1.
VISTO: este expediente por el cual se gestiona la sustitución anticipada de los Fondos de Reparo de la obra: en la realización de la obra: MEJORAMIENTO DE CAMINO RURAL T-27-3 Y T-27-07 LONGITUD: 16,5 Km DEPARTAMENTO MARCOS JUAREZ.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico, mediante la aplicación Portal de Obras Públicas POP, de conformidad a lo prescripto por la Ley Nº 10.618, su Decreto Reglamentario Nº 750/2019, la Resolución Nº 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Modernización, la Resolución Nº 20/2019 de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación complementaria de aplicación en la especie.
Que la Dirección General de Asuntos Legales advierte sobre la existencia de un archivo titulado Índice, haciendo plena fe de su contenido.

Que la obra de referencia fue adjudicada al Consorcio Caminero Único creado por Ley N 10.546 y su Decreto Reglamentario N 1.053/2018, por Resolución Ministerial Nº 46/2022, suscribiéndose el contrato de obra el día 13 de abril del 2022.
Que el Legajo Único de contratación de la obra, tramitada por Expediente Nº 0045-022704/2020, en su punto II.2.3 establece un Fondo de Reparos del 5% del importe total de cada certificado de obra mensual ejecutada, y en su punto II.2.5 que La inspección, medición y certificación de las obras estará a cargo de la DV .
Que la Ley de Obras Públicas Nº 8.614 en su Artículo 59 dispone que En todo certificado de pago de obra de construcción se descontará del cinco por ciento 5% al diez por ciento 10% de su importe para formar el fondo de reparos según se determinen en los pliegos respectivos. En los casos de pago diferido, la autoridad competente determinará la necesidad de formarlo y el monto del mismo. Este depósito podrá ser sustituido por los demás medios y modos previstos en el Artículo 22, previa aceptación de la autoridad competente.

Que el Presidente del Consorcio Caminero Único acompaña en autos Póliza de Seguro de Caución en Garantía Sustitución Fondo de Reparo Obra Pública N 948.142, Anexo N 99 y Cláusula 73 - Condiciones Generales con vigencia desde las 0 horas del día 18 de abril de 2022, hasta la extinción de las obligaciones del Tomador cuyo cumplimiento cubre, donde se consigna que los asegurados son el GOBIERNO DE CÓRDOBA - MINISTERIO
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

OBRAS PÚBLICAS - DIRECCIÓN DE VIALIDAD - CONSORCIO CAMINERO
UNICO, emitida por ALBA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA, por un monto de Ocho Millones Novecientos Noventa y Nueve Mil Quinientos Setenta y Tres $ 8.999.573,00, en relación a la obra de referencia, constituyendo el asegurador domicilio legal en la Ciudad de Córdoba y sometiendo cualquier litigio a la jurisdicción del domicilio del asegurado.

Que según constancias del Portal de Obras Públicas POP la obra no registra avance físico.
Que obra Dictamen Nº 186/2022 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, atento a la constancias de autos, lo establecido en los artículos 22 y 59 de la Ley de Obras Públicas N
8.614, artículo 107 del Pliego General de Condiciones Decreto N 4.758/77
puede aprobarse la sustitución de que se trata para aquellos certificados que a la fecha del presente instrumento legal se hubieran emitido en caso de así correspondery para los que se emitan en el futuro, hasta el monto propuesto.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N 186/2022 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRÚEBASE la sustitución anticipada del Fondo de Reparo mediante Póliza de Seguro de Caución en Garantía N 948.142, Anexo N 99 y Cláusula 73 - Condiciones Generales, para aquellos certificados que a la fecha de la presente Resolución se hubieran emitido y para los que se emitan en el futuro para el Contrato Original de la obra: MEJORAMIENTO DE CAMINO RURAL T-27-3 Y T-27-07 LONGITUD: 16,5 Km DEPARTAMENTO MARCOS JUAREZ, expedida por ALBA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA, C.U.I.T. N 33-50005703-9, por la suma de Pesos Ocho Millones Novecientos Noventa y Nueve Mil Quinientos Setenta y Tres $ 8.999.573,00, hasta cubrir dicho monto.
Artículo 2.- FACÚLTASE a la Dirección General de Administración a emitir los Certificados correspondientes según la normativa citada.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, dese copia a la Dirección de Vialidad, dese intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, dese participación a Asesores de Córdoba S.A., publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/05/2022 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date25/05/2022

Page count11

Edition count4152

First edition01/02/2006

Last issue31/05/2024

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