Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/02/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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a LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

bajos complementarios compuesta por Memoria Pliego, Planimetría, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas de Instalación Eléctrica e Instalación Sanitaria, Presupuesto General y Plazo de Obra, todo lo cual ha sido aprobado mediante Resolución Nº 474/2021 de la Secretaría de Arquitectura.
Que de la citada documentación surge que el presupuesto oficial asciende a la suma de $ 67.280.287,55 a valores correspondientes al mes de junio de 2020 y el Plazo de obra es de 60 días a partir de la suscripción del Acta de Replanteo.

Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3 de la ley Nº 8614, se ha agregado informe de dominio del inmueble donde se realizaran los trabajos, el cual se encuentra inscripto en la cuenta Nº 11-01-0938469-1.

Que el Área Estudio de Costos de la Secretaría de Arquitectura incorpora la estructura de costos de cada uno de los ítems de la contratación, de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 800/2016 en su artículo 4
inciso b, verificando los cálculos confeccionados por la contratista, los cuales se toman Haciendo una actualización de los valores a fecha Junio 2020.
Que obra agregado en autos informe técnico expedido por el Área de Gestión Administrativa de fecha 30 de noviembre de 2021, del cual surgen los Partes Mensuales y el porcentaje de avance, tanto de la obra madre, como de los Trabajos Modificatorios y Complementarios.

Que la empresa SADIC S.A. acompaña nota por medio de la cual presta conformidad al monto de la obra, como asimismo renuncia a reclamar todo gasto general e improductivo que pudiera generarse como consecuencia de la aprobación consecuencia de la aprobación de los Trabajos Complementarios N 2; adjunta también pagaré en garantía equivalente al 1% del presupuesto oficial de conformidad a lo establecido en el artículo 16 del Pliego Particular de Condiciones y artículo 22 de la Ley N 8614;
Anexo 1 solicitud de Admisión; constancia de Inscripción en el Registro Oficial de Proveedores y Contratista del Estado R.O.P y C.E. Registro de constructores de Obra Pública R.C.O. vigente a la fecha; Anexo 3
Declaración Jurada de Retención de Aportes Ley N 8470; Constancia de Inscripción ante AFIP; Anexo 2 Propuesta, nómina de profesionales y antecedentes, Presupuesto General y Curva de Avance.
Que se ha incorporado Documento Contable - Nota de Pedido Nº 2021/000468, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 13 de la Ley N 8614.
Que obra Dictamen N 497/2021 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que los trabajos complementarios propiciados en autos encuadran jurídicamente en las previsiones del artículo 7 inciso b apartado 5 de la Ley de Obras Públicas N 8614, modificada por Ley Nº 10417, toda vez que los mismos resultan indispensables para el buen funcionamiento de la obra principal, por lo que puede dic-

AÑO CIX - TOMO DCLXXXVI - Nº 34
CORDOBA, R.A. VIERNES 11 DE FEBRERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

tarse el acto administrativo que adjudique los mismos a la empresa SADIC
S.A., debiendo oportunamente integrar la garantía correspondiente.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N
497/2021 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- ADJUDÍCASE la ejecución de los Trabajos Complementarios Nº 2, necesarios de efectuar en la obra: RECUPERACIÓN DEL
EDIFICIO EXISTENTE PARA EL C.P.C ubicado en Avenida Richieri esq.
Celso Barrios Barrio Jardín Espinosa Localidad: Córdoba Departamento: Capital, a la Empresa SADIC S.A., CUIT N 30-70339866-5, contratista de la obra principal, por la suma de Pesos Sesenta y Siete Millones Doscientos Ochenta Mil Doscientos Ochenta y Siete con Cincuenta y Cinco Centavos $ 67.280.287,55, consistentes en: Desages Cloacales, Acometida de Agua, Acometida Eléctrica, Señales Débiles y Obras de Emergencias Sanitarias en interior y exterior, estableciéndose un plazo de ejecución de obra de sesenta 60 días.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos Sesenta y Siete Millones Doscientos Ochenta Mil Doscientos Ochenta y Siete con Cincuenta y Cinco Centavos $ 67.280.287,55, conforme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio en su Documento de Contabilidad - Nota de Pedido Nº 2021/000468, con cargo a: Jurisdicción 1.50, Programa 506-011, Partida 12.06.00.00, Obras Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscribir el respectivo contrato, previo cumplimiento por parte del adjudicatario de los recaudos legales pertinentes, debiendo la contratista suscribir la Addenda correspondiente y ampliar la garantía contractual pertinente.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Resolución N 210
Córdoba, 16 de noviembre de 2021

Y CONSIDERANDO:

Que por Decreto N 2881/2011 se restablecen las facultades oportunamente conferidas a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdiccio-

VISTO: El Expediente Nº 0493-032642/2021 en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros y en el Plan de Inversiones Públicas asignadas por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, la Ley N 9086 y el Decreto N
150/04 y modificatorias, correspondiente a las Unidades Administrativas Nº 35 y 40 de esta Jurisdicción, del mes de Julio de 2021.

nes de la Administración Central por Decreto Nro. 150/04, en el marco de la reglamentación de la Ley Nro. 9086 de Administración Financiera y de Control Interno de la Administración General del Estado Provincial.
Que, asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas modificaciones mediante el dictado de una Resolución mensual.
Que las modificaciones propuestas se encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo a los Artículos 31 y 10 in fine de la citada Ley de
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/02/2022 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date11/02/2022

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Edition count4152

First edition01/02/2006

Last issue31/05/2024

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