Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/09/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 202
CORDOBA, R.A. MARTES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE FINANZAS

Viene de Pag. 01

Córdoba, 13 de septiembre de 2021

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y
ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N 14 Pag. 5

VISTO: El expediente Nº 0165-166474/2021 por el que se solicita el cierre de los Fondos Permanentes X FONDO DE EMERGENCIAS POR INUNDACIONES LEY 10267, creado por Resolución Ministerial N 189/2015 y modificado por Resolución N 004/2016; y R ATENCIÓN DE SITUACIONES DE DESASTRE, creado por Resolución Ministerial N N 125/2016 y modificado por Resolución N 009/2016, ambos de la Secretaría General de la Gobernación.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N 352 Pag. 6
Resolución N 353 Pag. 7
Resolución N 354 Pag. 7
Resolución N 355 Pag. 8
Resolución N 357 Pag. 8

Resolución N 247

Y CONSIDERANDO:
Que atento al artículo 44 de la Ley N 10679/2019 de modificaciones al Código Tributario de la Provincia de Córdoba que establece que los gastos y/o saldos remanentes del Fondo de Emergencias por Inundaciones Ley 10267, serán atendidos por el Fondo Permanente para Atención de Situaciones de Desastre, creado por Decreto N 1936/2015, es necesario proceder al cierre definitivo del Fondo Permanente X FONDO DE EMERGENCIAS POR INUNDACIONES LEY 10267.
Que por Decreto N 1615/2019 se establece una nueva estructura orgánica del Poder Ejecutivo, donde las funciones que compete a lo referente a la Atención de Situaciones de Desastre, programa presupuestario 208, serán atendidas por el Ministerio de Desarrollo Social, tornándose necesario al cierre definitivo del Fondo Permanente R ATENCIÓN DE SITUACIONES DE DESASTRE.
Que conforme lo determina el Artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facultad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técnico-contable, en relación al cierre de los Fondos Permanentes solicitados, habiendo efectuado la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Público, la intervención de su competencia.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo informado por la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Público a fs. 8, lo dictaminado por el Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 417/2021 y en los términos de la Resolución Ministerial N 119/2020,
CÁMARAS DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PRIMERA Y SEGUNDA NOMINACIÓN DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
Resolución Administrativa N 246 Pag. 9
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo N 840 - Serie A Pag. 10
Acuerdo N 872 - Serie A Pag. 10
Acuerdo N 873 - Serie A Pag. 14
Acuerdo N 874 - Serie A Pag. 18
Acuerdo N 875 - Serie A Pag. 22
Acuerdo Reglamentario N 1722 - Serie A Pag. 22
Acuerdo Reglamentario N 1723 - Serie A Pag. 23
Convocatoria Elecciones Pag. 24

Artículo 1º DISPONER el cierre de los Fondos Permanentes X FONDO
DE EMERGENCIAS POR INUNDACIONES LEY 10267 y R ATENCIÓN DE
SITUACIONES DE DESASTRE, de la Secretaría General de la Gobernación.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, al Servicio Administrativo de Secretaría General de la Gobernación y a la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Público, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SEC. DE ADMINIST. FINANCIERA, MINISTERIO DE
FINANZAS

EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:

Por encomienda de firma Resolución Ministerial N 119/2020.

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERÍA
Resolución N 67
Córdoba, 24 de septiembre de 2021
VISTO: El Expediente Nº 0760-013021/2021, mediante el cual se tramita la entrega de premios a los ganadores del Concurso Ideas Emprendedoras 2.021.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1114 de fecha 26 de septiembre de 2013, se aprobó el Programa Concurso Ideas Emprendedoras, el que se llevará a BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

cabo anualmente en el ámbito de este Ministerio.
Que el presente concurso tiene por finalidad incentivar a los emprendedores a formular, desarrollar y fortalecer sus proyectos y planes de negocios, reconociendo y premiando emprendimientos cordobeses que se destaquen en términos de originalidad y potencialidad, y en la contribución al desarrollo socio-productivo de la provincia.
Que mediante Decreto Nº 1158 de fecha 23 de julio de 2018, se modificaron los artículos 2º y 3º y se sustituyó el Anexo I del citado instrumento legal, estableciendo en sus Bases y Condiciones que los destinatarios del mismo son las personas humanas radicadas en el ámbito de la Provincia
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/09/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date28/09/2021

Page count24

Edition count4146

First edition01/02/2006

Last issue23/05/2024

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