Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/06/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 114
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 9 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Artículo 2º.- APRUÉBASE el Acta de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios Nros. 1 y 2, por las variaciones de costos verificadas en los meses de junio/2017 y febrero/2019, en los Trabajos Modificatorios por Economías y Demasías necesarios de efectuar en la obra citada en el artículo anterior, por la suma total de Pesos Quinientos Seis Mil Trescientos Cuarenta y Dos con Cincuenta y Tres Centavos $ 506.342,53 y Pesos Dos Millones Treinta y Siete Mil Quinientos Sesenta y Siete con Noventa Centavos $ 2.037.567,90, respectivamente, suscripta el día 4 de noviembre de 2020, entre la Secretaría de Arquitectura, representada en ese acto por el Contador Manuel GRAHOVAC y la empresa DAJOR S.A., representada por su Presidente señor Roque Antonio VILLA, contratista de la obra, que como Anexo II, compuesto de dos 2 fojas, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.

de Administración de este Ministerio, en su Documento de Contabilidad - Nota de Pedido N 2020/000296, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 506-011, Partida 12.06.00.00, Obras Ejecución por Terceros del P.V.

Artículo 3º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos Dos Millones Seiscientos Noventa y Seis Mil Cuatrocientos Cinco con Catorce Centavos $ 2.696.405,14, conforme lo indica la Dirección General
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

Artículo 4.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscribir las enmiendas de contrato por adecuación provisoria de precios, debiendo la empresa DAJOR S.A., de corresponder, integrar el importe adicional de garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.

ANEXO

MINISTERIO DE SEGURIDAD

DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
Resolución N 28
Córdoba, 7 de junio de 2021
VISTO: El expediente N 0458-000679/2021 y lo establecido por el artículo 121 de la Ley Provincial de Tránsito N8560 T.O 2004.
Y CONSIDERANDO:

Que tal dispositivo legal dispone que el valor de la multa por infracciones a la Ley Provincial de Transito N8560 T.O 2004, se determina en Unidades Fijas denominadas U.F, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público correspondiente a un 1 litro de nafta súper.
Que conforme lo informado por la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República FECAC, el valor del referido combustible al día 5 de junio del corriente año es de $99,00, registrando una variación con relación al valor dispuesto por la resolución anterior. Por ello, en virtud de lo dispuesto por la ley 8560 T.O 2004, sus modificatorias, lo dictaminado por el Área Legal de la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito bajo el N 29/2021, y en ejercicio de sus atribuciones.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN
DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
RESUELVE:
1: ESTABLECER el valor de la Unidad Fija de Multa UF por infracciones a la Ley Provincial de Transito 8560 T.O 2004 en la suma de pesos noventa y nueve $99,00. 2: DISPONER como período de vigencia del valor de la Unidad Fija señalada por el dispositivo precedente, el comprendido desde el día de la publicación de la presente y hasta que se determine un nuevo valor mediante la resolución respectiva. 3: ORDENAR, que, por el Área correspondiente, se proceda a notificar a las Autoridades avocadas al juzgamiento de actas labradas en infracción a Ley Provincial de Tránsito N8560 T.O 2004, a la Dirección General de la Policía Caminera, a la Dirección General de Rentas y a la Dirección de Jurisdicción de Sistemas del Ministerio de Seguridad. 4: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRANSITO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/06/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date09/06/2021

Page count3

Edition count4154

First edition01/02/2006

Last issue05/06/2024

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