Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 12/1/2024
Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.
Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
PRIMERA SECCIÓN
12 de enero de 2024
N: 272
Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Juan M.
LUCERO, Secretario General y de Vinculación InstitucionalRamón C. MONTENEGRO, Oficial Mayor
Que encontrándose vigente el Programa Municipal de Becas Corazón de mi Ciudad, corresponde realizar el pago de las becas, en los términos del art. 5º de la Ordenanza Nº 4088.-
DECRETO Nº 860/DE/2023
VILLA CARLOS PAZ, 11 de diciembre de 2023
Por ello, en uso de sus atribuciones;
VISTO: Lo dispuesto por el Art. 38º, concordantes y complementarios de la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza Nº 4088 y sus modificatorias Nº 5591 y 5788; y CONSIDERANDO: Que es deber del Municipio propender al Estado de Bienestar, promoviendo el desarrollo humano y comunitario, el progreso económico con justicia social, la formación y capacitación de trabajadores, la reconversión de mano de obra, la inclusión social y el desarrollo de políticas sociales coordinadas.
Que a tales fines, el Municipio formula planes integrales, destinados a satisfacer las necesidades de nuestra población.
Que encontrándose vigente el Programa Municipal de Becas Corazón de mi Ciudad, corresponde realizar el pago de las becas, en los términos del art. 5º de la Ordenanza Nº 4088.Por ello, en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º.- ASIGNAR el pago de Becas de Formación y Capacitación del Programa Corazón de mi Ciudad, correspondientes al mes de Diciembre de 2023, a los beneficiarios que se detallan en el Anexo l, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, será atendido con los fondos provenientes de las Partidas Nº 30.05.100.1.13.341, 41.01.100.1.13.341, 42.01.100.1.13.341, 43.01.100.1.13.341, 36.01.100.1.13.341, 47.01.100.1.13.341 y 40.01.100.1.13.341 del Presupuesto General de Gastos vigente.Artículo 3º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.-
DECRETA
Período:
Artículo 1º.- ASIGNAR el pago de Becas de Formación y Capacitación del Programa Corazón de mi Ciudad, correspondientes al mes de Diciembre de 2023, al beneficiario que se detalla a continuación, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.-
Selección:
Legajo Apellido y Nombre 5800
Reyes, Carlos Yamil Sánchez Marinero, 5867
Juan Antonio
CUIL
Monto 20-39896793-4 $ 225.259,27
23-37647845-9 $ 225.259,27
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, será atendido con los fondos provenientes de la Partida Nº 10.01.100.1.13.341 del Presupuesto General de Gastos vigente.Artículo 3º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Ma. Soledad ZACARÍAS, Secretaria de Coordinación de Gabinete y Promoción Humana Ramón C. MONTENEGRO, Oficial MayorDECRETO Nº 861/DE/2023
VILLA CARLOS PAZ, 11 de diciembre de 2023
VISTO: Lo dispuesto por el Art. 38º, concordantes y complementarios de la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza Nº 4088 y sus modificatorias Nº 5591 y 5788; y CONSIDERANDO: Que es deber del Municipio propender al Estado de Bienestar, promoviendo el desarrollo humano y comunitario, el progreso económico con justicia social, la formación y capacitación de trabajadores, la reconversión de mano de obra, la inclusión social y el desarrollo de políticas sociales coordinadas.
Que a tales fines, el Municipio formula planes integrales, destinados a satisfacer las necesidades de nuestra población.
2
DICIEMBRE 2023
BECAS
ORDEN
NUMERO
1
5743
2
5573
3
5858
4
5621
5
5603
6
5599
7
5704
8
5592
9
5798
10
5730
11
5705
12
5751
13
5752
14
5574
15
5639
16
5640
17
5840
18
5609
19
5598
20
5691
21
5662
22
5803
BENEFICIARIO
ACOSTA
LENCINA, MARIA
ANDREA
ACUÑA, FRANCO
EZEQUIEL
AGUERO, EDUARDO
AGUERO, JONATHAN
NAHUEL
AGUILO, JIMENA
ALBERTINI, ALICIA
LEONOR
ALFONSO, SANTIAGO
MISAEL
ALMIRON, ALAN
SEBASTIAN
ALMIRON, JOSHUA NAHUEL
ARAOZ LOPEZ, NAHUEL
ARCE, MATEO
SAMUEL
ARGUELLO, DIEGO MARTIN
ARIAS, GABRIEL
MAXIMILIANO
ARIAS, PALOMA
AVILA, ANABEL
DEL CARMEN
BAGGINI, EDGARDO DANIEL
BALDI, ALMENDRA
BECERRA, NOELIA SOLEDAD
BENITEZ, LUCAS
GABRIEL
BERMUDEZ, BARBARA
BRENDA
BIONDO JUNCOS, MAURICIO JOSE
BOHLMANN, VERONICA
CUIL
2734109181-6
2038881454-4
2024856903-5
2043605510-3
2731901651-7
2728657985-5
2042891020-7
2035649432-7
2039117013-5
2043296507-5
2045836433-9
2030986243-1
2041001245-7
2737635862-9
2725038026-2
2016641255-3
2746227885-9
2733136111-4
2042856009-5
2743228397-1
2033975223-1
2722086340-4
TOTAL
225,259.27
276,393.04
225,259.27
217,750.63
217,750.63
276,393.04
217,750.63
225,259.27
276,393.04
225,259.27
187,716.06
225,259.27
225,259.27
276,393.04
276,393.04
276,393.04
225,259.27
225,259.27
225,259.27
267,179.94
217,750.63
217,750.63