Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 18/3/2022
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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
N: 156
Artículo 1º.- ASIGNAR el pago de Becas de Formación y Capacitación del Programa Corazón de mi Ciudad, correspondientes al mes de Complementaria de Enero de 2022, a los beneficiarios que se detallan en el Anexo l, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, será atendido con los fondos provenientes de las Partidas Nº 32.01.100.1.13.341, 33.01.100.1.13.341, 36.01.100.1.13.341 y 37.01.100.1.13.341 del Presupuesto General de Gastos vigente.Artículo 3º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Período:
Complementaria ENERO 2022
Selección:
BECAS
ORDEN NUMERO
BENEFICIARIO
CUIL
IMPORTE
PRIMERA SECCIÓN
18 de marzo de 2022
los órganos administrativos, a mantener fondos permanentes denominados " Caja Chica", cuyo monto no podrá exceder del valor de tres veces el sueldo básico de la Categoría 1 del Personal Municipal, de conformidad a lo dispuesto por el presente, para ser utilizados sólo para cubrir las necesidades de gastos de menor cuantía en la adquisición de elementos en cantidades pequeñas o limitadas, para atender urgencias de uso inmediato de funcionamiento y sólo para ser utilizados por el Área que los ha solicitado, en cumplimiento de sus funciones específicas y en ningún caso para gastos personales.Que el monto de los fondos fijos no podrá exceder del valor de tres 3 veces el sueldo básico de la Categoría uno 1 del Personal Municipal y su uso es destinado a solventar los gastos inherentes al normal funcionamiento de las áreas, resultando económicamente inviable la imputación de los gastos de adquisición de pasajes aéreos.Que se hace necesario resolver la cuestión, a fin de solventar los gastos de pasajes que utilicen los funcionarios del Departamento Ejecutivo. También resulta necesario contemplar aquellos gastos que, por razones de urgencia, deban afrontar la Secretaría de Gobierno y Coordinación, la Secretaría de Salud Pública y la Secretaría de Desarrollo Social, Educación, Género y Diversidad, en cumplimiento de sus funciones, en excepción a lo dispuesto por el artículo 4 del Decreto N 001/DE/2007.-
1
5429
AGUILAR SUAREZ, ADOLFO GABRIEL
2034026126-8
7909.58
2
5434
ALVAREZ MARTINEZ, DEIRA DEL SOCORRO
2795475710-8
9227.84
3
5142
BADARACCO, AGUSTINA
2742338453-6
6591.31
4
5394
BARBERO, MARIA
AGUSTINA
2741411855-6
6591.31
5
5432
BOSIO FLORES, IGNACIA
2343060715-4
2636.53
6
5426
CASTRO, ALEXIS
EMILIANO
2035588593-4
14500.89
EL INTENDENTE MUNICIPAL
7
4681
DIFRANCESCO, FRANCO
2041411960-4
6591.31
DECRETA
8
5930
DOMINGUEZ, MACARENA
2737487349-6
7909.68
9
5431
FERNANDEZ, MARTIN
JOSE
2038317344-3
39547.88
10
5428
GONZALEZ, JONATHAN ABEL
2036029719-6
9227.84
11
5427
MUÑOZ, LUCAS DAVID
2034290583-9
11864.36
12
4687
NAVARRO, MARIA
EUGENIA
2742338459-5
2636.53
13
5116
ONTIVERO, AARON
ALEXIS
2338884608-9
2636.53
14
4877
VELEZ BENAVIDEZ, LEANDRO DANIEL
2036341822-9
11864.36
Total:
14
139735.95
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalHéctor D. Gilli, Sec. Economía y FinanzasGustavo García Setti, Sec.
Desarrollo Urbano AmbientalSebastián Boldrini, Sec.
Turismo, Deportes y CulturaJulio C. Niz, Sec. Salud PúblicaRamón C. Montenegro, Oficial MayorDECRETO N 079/C/2022
Villa Carlos Paz, 15 de febrero de 2022
VISTO: La necesidad de contar con fondos fijos especiales; y CONSIDERANDO: Que el art. 115º de la Ordenanza Nº 1511 y su Decreto Reglamentario establece que El Departamento Ejecutivo podrá autorizar a distintos funcionarios responsables de
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Que los referidos Fondos Fijos especiales estarán a cargo de la Secretaría de Economía y Finanzas y administrados por el Departamento de Tesorería Municipal.Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello, en uso de sus atribuciones
ARTÍCULO 1.- DISPONER la habilitación de un Fondo Fijo Especial de Pesos Ciento Veinte Mil $ 120.000,00, a los fines de solventar los gastos de pasajes aéreos, terrestres y los inherentes a la utilización del vehículo oficial del Sr. Intendente Municipal para las funciones propias de su competencia, como así también los pasajes aéreos y terrestres para cada uno de los Secretarios del Departamento Ejecutivo y/o funcionarios que ejerzan cargos equivalentes, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.ARTÍCULO 2.- DISPONER la habilitación de un Fondo Fijo Especial de Pesos Ciento Veinte Mil $ 120.000,00, a los fines de solventar los gastos de pasajes aéreos, adquiridos a través de una página web o de otro medio electrónico de manera remota, ya sea por ser la única forma en que lo ofrece el vendedor, o por ser más conveniente para el Municipio, para el Sr. Intendente Municipal y para cada uno de los Secretarios del Departamento Ejecutivo y/o funcionarios que ejerzan cargos equivalentes, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.ARTÍCULO 3.- DISPONER la habilitación de un Fondo Fijo Especial de Pesos Ciento Veinte Mil $ 120.000,00, a los fines de solventar gastos que, por razones de urgencia, deban afrontar la Secretaría de Gobierno y Coordinación, la Secretaría de Salud Pública y la Secretaría de Desarrollo Social, Educación, Género y Diversidad, en cumplimiento de sus funciones, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.ARTÍCULO 4º.- DESIGNAR como responsable de los Fondos Fijos Especiales habilitados en los artículos anteriores, al Secretario de Economía y Finanzas, Cr. Héctor Daniel Gilli, D.N.I
Nº 16.361.759 y como administradora a la Jefa del Departamento