Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 4/2/2022

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

N: 150

ARTÍCULO 2º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.ANEXO I CONVENIO
Entre la Municipalidad de Villa Carlos Paz, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal H. Daniel Gómez Gesteira, D.N.I Nº 23.361.239, con domicilio en calle Liniers Nº 50 de la Ciudad de Villa Carlos Paz, en adelante la MUNICIPALIDAD, por una parte, y la empresa MOT COR S.A., CUIT N 30-66338116-0, representado en este acto por el gerente Sr. Maximiliano Cesar Giampieri, con domicilio en calle Av. Santa Ana 6363 de la ciudad de Córdoba, en adelante la EMPRESA, convienen de mutuo y común acuerdo celebrar el presente Convenio que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La MUNICIPALIDAD cede a la EMPRESA, en carácter de tenencia precaria y sujeta a revocación y ésta acepta de conformidad, una fracción del espacio público de aproximadamente treinta y cinco 35 mts2., ubicado en el Playón Municipal, para la colocación de un 1 Stand de la marca AUTOCITY de Grupo Tagle, consistente en un espacio de promoción institucional con la presentación y exposición de vehículos de las marcas MOTCOR FIAT y RUBIC JEEP, carteles publicitarios, acciones de marketing, etc., y la promoción a través de un 1 vehículo con hasta cuatro 4 promotores, para atracción de los turistas y vecinos de la ciudad.--------------------------------------SEGUNDA: La cesión tendrá una vigencia de veintiocho 28 días, comenzando el 31 de enero de 2022 hasta el 27 de febrero de 2022, plazo improrrogable en el cual la EMPRESA se obliga a retirar del lugar el stand y los demás bienes puestos en el espacio público cedido, debiendo restituirlo en perfecto estado de uso y conservación.----------------------------------------------------------------TERCERA: Queda expresamente prohibido a la EMPRESA, ceder en todo o en parte, sea a título gratuito o a título oneroso los derechos emergentes de este contrato, como también la afectación del lugar objeto de este contrato a un uso y goce distinto al establecido en la cláusula primera.----------------------------CUARTA: Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente contrato, en cualquier momento, sin expresión de causa y sin que ello genere derecho a reclamo de ninguna naturaleza de la otra, con la sola obligación de notificar fehacientemente, con un plazo de 5 días hábiles de anticipación.----------------------------------------QUINTA: La MUNICIPALIDAD se reserva el derecho a inspeccionar o hacer inspeccionar por terceras personas el lugar otorgado, cuantas veces lo estime conveniente sin que por ello la EMPRESA pueda oponer excepciones de ninguna naturaleza en cualquier sentido.------------------------------------------------------------SEXTA: Durante la vigencia del presente contrato será por cuenta y cargo exclusivo la EMPRESA el pago de un seguro de responsabilidad civil y el pago de la energía eléctrica.----------------SEPTIMA: La EMPRESA asume la obligación de comunicar a la MUNICIPALIDAD cualquier hecho o daño que se produzca en el lugar como así también de reparar por su cuenta y cargo los daños y deterioros que se hayan ocasionados en el lugar y/o instalaciones producidos por culpa o dolo de la EMPRESA.---------OCTAVA: La EMPRESA en contraprestación por el uso del espacio público abonará a la MUNICIPALIDAD la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA Y TRES CON TRECE CENTAVOS $ 371.353,13, libre de impuestos, gastos, sellados, y/o cualquier otro concepto debiendo efectuarse el depósito en la cuenta corriente N
34900900805 Banco de Córdoba de la MUNICIPALIDAD, antes de dar inicio a la acción promocional.------------------------------------NOVENA: Para todas las comunicaciones, judiciales y extrajudiciales, y efectos legales derivados de este contrato, las partes se someten libre y voluntariamente a la competencia de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba, renunciando en forma expresa a cualquier fuero de excepción que les pudiera corresponder, fijando los domicilios en los supra indicados.--------------------------------------------------------------

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PRIMERA SECCIÓN
04 de febrero de 2022
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación de su contenido, se firman tres 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. En la ciudad de Villa Carlos Paz, a los Fdo: Ma. Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH.Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Sebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y Cultura - Darío Zeino, Sec.
Gobierno y Coordinación Carla A. Montemurro a/c de Oficialía Mayor Promulgada por Decreto Nº 050/DE/2022
Villa Carlos Paz, 28 de enero de 2022
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Sebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y Cultura Darío Zeino, Sec. Gobierno y Coordinación - Carla A. Montemurro a/c de Oficialía Mayor
ORDENANZA Nº 6801
VILLA CARLOS PAZ, 28 de enero de 2022.EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Modelo de Convenio a suscribir entre la Municipalidad de Villa Carlos Paz y la Empresa Arano Box Producciones S.R.L., mediante el cual se cede el uso del Estadio Arena de Villa Carlos Paz, para la realización de un evento Boxístico Internacional, conforme Anexo I que forma parte de la presente.ARTÍCULO 2º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.ANEXO I - CONVENIO
Entre la Municipalidad de Villa Carlos Paz, con domicilio en Liniers 50 de Villa Carlos Paz, Pcia. de Córdoba, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, HECTOR DANIEL GOMEZ
GESTEIRA DNI. Nº 23.361.239, en adelante el Municipio, por una parte, y la Empresa ARANO BOX PRODUCCIONES S.R.L., representada por el Sr Mario Néstor ARANO DNI. Nº 10.642.246, en adelante la Empresa, con domicilio en calle Paso Nº 1173 de la Ciudad de Junín, Provincia de Buenos Aires, convienen de mutuo y común acuerdo celebrar el presente convenio, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: La Municipalidad cede a la Empresa en carácter de uso precario sujeto a revocación, y ésta recibe en conformidad las instalaciones del Estadio Arena Villa Carlos Paz de esta ciudad, para la realización de Evento Boxístico a nivel internacional con televisación de DIRECTV SPORT el día sábado 29 de enero y sábado 19 de febrero de 2022, quedando totalmente prohibido modificar el destino fijado.-----------------------------------------------------SEGUNDA: El préstamo tendrá vigencia desde el día viernes 28
de enero de 2022 a las 13:00 hs. hasta el día domingo 30 de enero de 2022 a las 10:00 hs. y viernes 18 de febrero de 2022 a las 13:00 hs. hasta el día domingo 20 de febrero de 2022 a las 10:00
hs, lapso improrrogable en el cual la Empresa se obliga a restituir el predio en las mismas condiciones en que fue entregado, libre de cosas y / o personas que de él dependan, en perfecto estado de higiene y conservación.----------------------------------------------------TERCERA: La instalación, mantenimiento, seguridad y cualquier otra situación emergente del presente convenio estará a cargo de la Empresa deslindando de toda responsabilidad al Municipio.------CUARTA: Queda expresamente prohibido a la Empresa ceder en todo o en parte, sea a título gratuito o a título oneroso los derechos emergentes de este convenio, como así también la afectación del

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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 4/2/2022

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date04/02/2022

Page count24

Edition count383

First edition01/01/2015

Last issue17/05/2024

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