Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 12/11/2021

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
12 de noviembre de 2021

N: 136
ARTÍCULO 4: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto será atendido con los fondos de los Programas y Partidas que se les asignaron a cada contrato de Locación vigente, suscripto oportunamente.

Que deberá ponerse en conocimiento de Asesoría Letrada el incumplimiento culpable de la contratista a los fines de llevar a cabo las acciones que por derecho correspondan.-

ARTÍCULO 5: El Tribunal de Cuentas, la Dirección de Recursos Humanos y cada una de las Secretarías Municipales, tomarán razón de lo resuelto, haciendo conocer a los beneficiados de lo dispuesto precedentemente.

Que por lo expuesto corresponde emitir el acto administrativo que resuelve sobre el particular.-

ARTÍCULO 6º: Protocolícese, comuníquese, regístrese y archívese.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Economía y Finanzas Ramón C. Montenegro, Oficial Mayor-

Por ello;

DECRETA

DECRETO Nº 510/B/2021
VILLA CARLOS PAZ, 14 de octubre de 2021

Artículo 1º.- DEJAR sin efecto la adjudicación de los ítems Nº 3; 5; 11; 12; 15; 16 y 20 para el Anexo I y Nº 3, 4; 6; 12; 15;
16; 22 y 23 para el Anexo II a la empresa INGENIAR S.A., emergente del Decreto Nº 448/B/2021, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.-

VISTO: La nota presentada por la empresa INGENIAR S.A., en el Expte. Administrativo Nº 197274/2021; y
Artículo 2º.- TOMAR razón de lo dispuesto en el presente en el Registro Municipal de Proveedores.-

CONSIDERANDO: Que la empresa presentante resultó adjudicataria de los ítems Nº 3; 5; 11; 12; 15; 16 y 20 para el Anexo I y Nº 3, 4; 6; 12; 15; 16; 22 y 23 para el Anexo II del Concurso Privado para la adquisición de materiales eléctricos destinados a la iluminación de dos calles de nuestra ciudad.-

Artículo 3º.- INVITAR a los restantes oferentes que siguen en el orden de mérito a los fines de que informen si mantienen las ofertas formuladas para su adjudicación.-

Que luego de notificada la adjudicación con fecha 15 de septiembre de 2021 mediante correo electrónico a la dirección declarada en fs. 68 del citado expediente, estaba a cargo de la adjudicataria la entrega de los ítems adjudicados dentro de los diez 10 días de dicha comunicación conforme a lo establecido en art. 6º del Pliego de Condiciones Generales.Que la empresa no cumplimentó la entrega de los ítems adjudicados en el plazo establecido en el Pliego de Condiciones Generales.
Que la empresa informó a través de nota presentada con fecha 07 de octubre de 2021 que pretendía recotizar algunos ítems, modificando la fecha de entrega. Con respecto a otro ítem soportes triangulares, pretendían recotizarlo. Asimismo, la empresa denunció una falta de stock respecto de otros ítems.Que mediante memorándum de fecha 12 de octubre 2021, la Dirección de Servicios Públicos del Municipio en razón de los incumplimientos de la empresa Ingeniar S.A. sugirió dejar sin efecto la adjudicación y consultar a los oferentes restantes si mantienen los precios cotizados originalmente para ser adjudicados nuevamente.Que los hechos esgrimidos que motivaron el incumplimiento en la entrega de los bienes adjudicados no pueden ser de recibo, por no ajustarse a lo establecido en Pliego de Condiciones Generales.Que ante el incumplimiento del adjudicatario, conforme las previsiones contenidas en el artículo 12º del Decreto N 777/93, corresponde dejar sin efecto la adjudicación de los ítems Nº 3; 5;
11; 12; 15; 16 y 20 para el Anexo I y Nº 3, 4; 6; 12; 15; 16; 22 y 23 para el Anexo II a la empresa INGENIAR S.A. por grave incumplimiento en sus obligaciones.Que se deberá tomar debida nota en el Registro Municipal de Proveedores de la conducta empresarial de INGENIAR S.A. para futuras contrataciones.Que asimismo corresponde formular invitación a los oferentes que siguieron en el orden de mérito a los fines de ver si mantienen el precio cotizado para adjudicarlos en segunda instancia.-

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Artículo 4.- A través de Asesoría Letrada se procederá a aplicar las penalidades que pudieren corresponder, como también determinar la responsabilidad por daños y perjuicios, por los mayores costos emergentes de la desadjudicación.Artículo 5º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Ramón C.
Montenegro, Oficial Mayor
DECRETO Nº 511/DE/2021
VILLA CARLOS PAZ, 15 de octubre de 2021
VISTO: El expediente Nº 198571/2021, presentado por el Sr.
Pedro Alberto Arce Chaneton, en su carácter de Director General del Circuito Cordobés de Skate y Presidente de Asociación Skaters Unidos de Córdoba, mediante el cual solicita autorización para el uso del Skate Park, para el evento denominado 11º Circuito Cordobés Skate C.C.S., que se desarrollará durante el día 16 de octubre próximo; y CONSIDERANDO: Que dicha competencia contará con las siguientes modalidades: 5 de Street y 2 de Park, participando las siguientes categorías: iniciante, principiante, femenino y amateur.Que la Secretaría de Turismo, Deportes y Cultura solicita se declare de Interés Municipal dicha fecha, ya que considera fundamental colaborar con los eventos de ésta naturaleza.Que en virtud del apoyo que brindarán al evento distintas firmas comerciales, corresponde eximir de las cargas previstas en la legislación vigente, conforme lo dispone la Ordenanza Nº 4225.Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA

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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 12/11/2021

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date12/11/2021

Page count7

Edition count383

First edition01/01/2015

Last issue17/05/2024

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