Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 6/8/2020

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
06 de agosto de 2020

N: 57
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Decreto Nº 315/DE/2020
Decreto Nº 316/C/2020
Decreto Nº 317/DE/2020
Decreto Nº 318/C/2020
Decreto N 320/DE/2020
Decreto Nº 366/DE/2020
Decreto Nº 368/DE/2020
Resolución Nº 024/B/2020
Resolución Nº 025/B/2020
Resolución Nº 026/B/2020
Resolución Nº 027/B/2020
Resolución Nº 025/C/2020
Resolución Nº 026/C/2020

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DECRETOS del DEPARTAMENTO EJECUTIVO
VILLA CARLOS PAZ, 06 de julio de 2020
DECRETO N 315/DE/2020
VISTO: El Expediente N 183805/2020, mediante el cual las autoridades del Centro de Jubilados y Pensionados El Lago de nuestra Ciudad, solicitan un subsidio para solventar gastos extraordinarios varios de dicha institución, en el marco de la Pandemia denominada COVID-19; y CONSIDERANDO: Que la situación sanitaria ha llevado a muchas instituciones, como la requirente, a atrasos en el pago de sus obligaciones, por haber mermado sus ingresos.Que los medios con los que cuenta la institución, no le resultan suficientes, para cumplir con los gastos de servicios de la misma y afrontar el alquiler, ya que el centro no cuenta con edifico propio.Que en virtud de ello y en atención a la importante labor social que cumple, este Departamento Ejecutivo estima conveniente otorgarle un subsidio por la suma de PESOS TREINTA MIL $
30.000,00.-

VILLA CARLOS PAZ, 06 de julio de 2020
DECRETO N 316/C/2020
VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y CONSIDERANDO: Que el Art. 1º de la Ordenanza Nº 6586, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Art. 6º de dicha Ordenanza establece El Departamento Ejecutivo podrá variar las partidas presupuestarias de Tercer Nivel o inferior pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.Que asimismo, el Art. 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTICULO 1.- MODIFICAR, a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
JURISDIC. -SUB
JURISD.
31.01.100.1.11.113.
31.01.100.1.13.341.
33.01.100.1.13.341.
32.21.100.1.13.321.

Por ello:

32.25.100.1.13.321.

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
32.01.100.1.11.112.

DECRETA

35.01.100.1.11.113.

Artículo 1.- OTORGAR al Centro de Jubilados y Pensionados El Lago, un subsidio por la suma de Pesos Treinta Mil $ 30.000,00, para solventar gastos varios de dicha Institución, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.-

36.01.100.1.11.112

Artículo 2º.- El monto aludido en el Artículo anterior, se hará efectivo a nombre de la Presidenta de la Institución, Sra. Mirta Edith Gutiérrez, DNI. Nº 9.740.349, quien deberá efectuar la correspondiente rendición de gastos.Artículo 3.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto será atendido con los fondos de la Partida Nº 35.01.100.1.15.520 del Presupuesto General de Gastos vigente.Artículo 4º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de Ley, protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Ma.
Alejandra Roldán, Sec. Des. Social, Educación, Género y Diversidad Carla A. Montemurro a/c Of. Mayor-

1

37.01.100.1.11.112.
36.01.100.1.13.341.
37.01.100.1.13.341.
37.01.100.1.13.321.

-PROGRAMAANEXO -INCISOITEM-DESCRIPC.
PERSONAL
CONTRATADO
BECAS DE
CAPACITACION
BECAS DE
CAPACITACION
LOCACIONES
PROFESIONALES
LOCACIONES
PROFESIONALES
PERSONAL
PERMANENTE
PERSONAL
CONTRATADO
PERSONAL
PERMANENTE
PERSONAL
PERMANENTE
BECAS DE
CAPACITACION
BECAS DE
CAPACITACION
LOCACIONES
PROFESIONALES
TOTAL

AUMENTA

DISMINUYE

$ 20.000.000
$ 2.000.000
$ 1.500.000
$

700.000

$

150.000
$ 5.000.000
$ 5.000.000
$ 4.000.000
$ 6.000.000
$ 1.000.000
$ 2.500.000
$

$ 24.350.000

850.000

$ 24.350.000

ARTICULO 2.- ADECUAR, El nomenclador de Erogaciones conforme al Art. 5 de la Ordenanza N 6441, a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.ARTICULO 3.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Economía y Finanzas Carla A. Montemurro a/c Oficialía Mayor-

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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 6/8/2020

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date06/08/2020

Page count9

Edition count382

First edition01/01/2015

Last issue10/05/2024

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