Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 30/7/2020

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

N: 56
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Decreto N 291/DE/2020
Decreto N 299/C/2020
Decreto N 301/DE/2020
Decreto N 307/A/2020
Decreto N 308/DE/2020
Decreto N 309/C/2020
Decreto N 357/DE/2020- COVID 19
Decreto N 358/C/2020- COVID 19
Ordenanza N 6632
Promulgada por Decreto N 347/DE/2020
Ordenanza N 6633
Promulgada por Decreto N 348/DE/2020
Ordenanza N 6634
Promulgada por Decreto N 349/DE/2020
Ordenanza N 6635
Promulgada por Decreto N 350/DE/2020
Ordenanza N 6636
Promulgada por Decreto N 351/DE/2020
Ordenanza N 6637
Promulgada por Decreto N 352/DE/2020
Ordenanza N 6638
Promulgada por Decreto N 361/DE/2020

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DECRETO N 291/DE/2020 SINTETIZADO
Villa Carlos Paz, 30 de junio de 2020
VISTO: y CONSIDERANDO: Por ello: El Intendente Municipal en uso de sus atribuciones, DECRETA Artículo 1.RECHAZAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Sra.
Nelda Guadalupe GUEVARA, en contra de la Resolución N
2149/2018 de la Justicia Administrativa Municipal de Faltas, confirmando la misma, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.-
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación Carla A. Montemurro, Jefa de Despacho, Oficial MayorDECRETO N 299/C/2020
Villa Carlos Paz, 30 de junio de 2020
VISTO: El Decreto Nº 163/C/1998, relativo al Registro de Proveedores; y, CONSIDERANDO: Que resulta necesario adecuar la planilla que forma parte del mismo, titulada Solicitud de inscripción en el Registro de Proveedores.Que dicha modificación surge debido a que en la actualidad existen otros parámetros, tanto legales como impositivos, que deben constar en dicho formulario.Que asimismo resulta conveniente adecuar los mecanismos de funcionamiento del Registro de Proveedores, a los fines de evitar el uso de papel en los distintos procedimientos de compras que lleva a cabo el Municipio.Que deberá contemplarse también un régimen de penalidades para aquellos proveedores que falseen los datos obrantes en el Registro.Que se emite en consecuencia la norma que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA

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PRIMERA SECCIÓN
30 de julio de 2020
ARTICULO 1.- MODIFICAR el Modelo de Planilla de Solicitud de Inscripción en el Registro de Proveedores, que obra en el Decreto Nº 163/C/1998, el que como Anexo I forma parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.ARTICULO 2.- MODIFICAR el artículo 1º del Decreto Nº 163/C/1998, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1º.- A los fines de la organización se tendrá en cuenta lo siguiente:
a En el Departamento Compras y Patrimonio o el área que en su momento la reemplace, se abrirá un libro de inscripciones titulado: "Registro de Proveedores", que será llevado por orden alfabético y por rubro de actividad, donde se asentarán los datos de las planillas de "Solicitud de inscripción al Registro de Proveedores", debiendo contar cada Proveedor con su Número de Inscripción.b Las planillas mencionadas deberán estar debidamente conformadas y tendrán carácter de Declaración Jurada. El modelo de planilla es parte integrante del presente resolutorio.c El valor de la inscripción y reinscripción será el fijado por la Ordenanza General Tarifaria vigente.d A los fines de conservar la calidad de Proveedor, éste deberá abonar cada año el sellado de reinscripción.e Los postulantes a integrar el Registro de Proveedores deberán adjuntar original y copia de la siguiente documentación:
SOCIEDADES:
Contrato social Constitutivo y Constancia de Inscripción de la Sociedad, en los Registros pertinentes.Designación de Persona que representará a la sociedad ya sea que surja del contrato social o de instrumento otorgado a tal efecto.Constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP, en el Impuesto a los Ingresos Brutos y en Industria y Comercio de la Municipalidad de Villa Carlos Paz.
En caso de encontrarse exento, deberán acreditar dicha circunstancia en forma documental.En aquellos casos que por su especialidad, se requieran inscripciones en Registros pertinentes, tales como Registro Nacional y/o Provincial de Constructores de Obras, RUGEPRESA, etc., deberán acreditar su inscripción y/o renovación, adjuntando constancia de la Inscripción.PERSONAS FÍSICAS, SOCIEDADES NO CONSTITUIDAS
REGULARMENTE:
Contrato social constitutivo si lo tuviere y/o inscripción en el Registro Público de Comercio si estuviere registrado.Constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP, en el Impuesto a los Ingresos Brutos y en Industria y Comercio de la Municipalidad de Villa Carlos Paz.
En caso de encontrarse exento, deberán acreditar dicha circunstancia en forma documental.Certificación Negativa expedida por el Registro de Deudores Alimentarios Ordenanza 5698.En aquellos casos que por su especialidad, se requieran inscripciones en Registros pertinentes, tales como Registro Nacional y/o Provincial de Constructores de Obras, RUGEPRESA, etc., deberán acreditar su inscripción y/o renovación, adjuntando constancia de la Inscripción.f La inscripción en el Registro de Proveedores habilitará a estos a participar en los Concursos de Precios Públicos o Privados y Licitaciones, que pudiere realizar el Municipio, debiendo acreditar su calidad con la constancia que emita el Departamento Compras y Patrimonio.g En función de revestir la inscripción en el Registro el carácter de Declaración Jurada, los Proveedores se encuentran obligados a denunciar cualquier modificación de los requisitos o formalidades acompañadas, resultando asimismo responsables de dicho incumplimiento, como también de cualquier falsedad que pudiere detectarse en la documentación o constancias presentadas.-

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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 30/7/2020

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date30/07/2020

Page count12

Edition count383

First edition01/01/2015

Last issue17/05/2024

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