Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 21/2/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
21 de Febrero de 2020

N: 18
Al finalizar el contrato el Adjudicatario deberá presentar comprobante de baja del medidor y cancelación de deuda de dicho consumo.ARTÍCULO 18: AUTORIDAD DE APLICACIÓN:
Designar como Autoridad de Aplicación de lo expuesto en el Artículo precedente a las Direcciones de Recursos Fiscales y de Modernización.ARTÍCULO 19: RESPONSABILIDAD POR INFRACCION
ADMINISTRATIVA:
El Concesionario y su personal deberán cumplir todas las disposiciones, ordenanzas y o reglamentos Municipales y /o policiales vigentes que estén relacionados con el objeto del presente Concurso. Serán por cuenta del Concesionario el pago de eventuales multas resarcimiento de daños y perjuicios si cometiera cualquier tipo de infracción a dichas disposiciones, ordenanzas y/o reglamentos.ARTÍCULO 20: SELECCIÓN DE ANUNCIANTES:
El Concesionario podrá seleccionar sus anunciantes, siendo de su exclusiva responsabilidad no violar o desconocer las leyes que ampara y preservan la moral, buenas costumbres y demás disposiciones vigentes en la materia, como así también, no transmitir publicidad antagónica a los intereses de la ciudad.
No podrá transmitirse publicidad relativa a campañas políticas, ni aquellas que promuevan el consumo de bebidas alcohólicas o cigarrillos, como en general todas aquellas que vayan en contra de la salud pública.
La pantalla deberá destinar un tiempo de publicidad para mensajes de interés público e institucional a definir por el Municipio. La cantidad de minutos a disponibilidad del Municipio, como su frecuencia, formará parte de la propuesta y será un indicador a tener en cuenta al momento de seleccionar la propuesta mas conveniente según reza el Articulo 9º del presente Pliego.ARTÍCULO 21: DE LA PANTALLA:
La superficie de la pantalla de Led no será mayor a Quince 15
m2 con un margen del Diez 10 % en caso de que la modulación de paneles así lo exija. La misma deberá enmarcarse dentro de la Superficie determinada en el Anexo 1 del presente Pliego dejando para uso institucional espacios para la colocación del logo de Villa Carlos Paz e identificación de la Oficina de Informes. La ubicación de esta superficie reservada para el Municipio es referencial y puede ser modificada de acuerdo al diseño propuesto.La Pantalla deberá estar incorporada en una marquesina que envuelva totalmente el perímetro del Edificio, a fin de que no se perciba como un cartel colocado sobre su techo sino como parte de la construcción, evitando la visión directa de espalda de cartel, sin tratamiento estético.El diseño de esta marquesina será libre y el esquema que se adjunta en Anexo 1 es referencial.Los oferentes deberán presentar planos de detalle de la pantalla, con todos los elementos gráficos diseño y dimensiones y especificaciones técnicas nivel de definición cantidad de pixeles tipo de señal procesador y reproducción - que permitan conocer cabalmente la propuesta.ARTÍCULO 22º: ANTICORRUPCIÓN:
Será causal determinante de rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado del Concurso, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que:
a Funcionarios o Empleados Públicos con competencia referida a un Concurso o Contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.b O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro Funcionario o Empleado Público con la competencia descripta a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.-

13

c Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un Funcionario o Empleado Público con la competencia descripta a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, empleados, gestores de negocios, síndicos o cualquier otra persona física o jurídica.Las consecuencias de estas conductas se producirán aun cuando se hubiesen consumado en grado de tentativa.ANEXO I
Pantalla Led Oficina de TurismoAv. San Martín esquina Irigoyen RAZON SOCIAL:
Nº CUIT:
CANON POR EXPLOTACION COMERCIAL: Mínimo de pesos equivalente a un mil cien litros de nafta súper, conforme cláusula quinta del pliego general de bases y condiciones.
MINUTOS LIBRES, PUBLICIDAD INSTITUCIONAL DEL
MUNICIPIO: Diez Minutos 10 mínimos por hora, ascendiendo a un total de cuatro 4 horas diarias.Características Técnicas:
La superficie de la pantalla de Led no será mayor a Quince 15
m2 con un margen del Diez por Ciento 10 % en caso de que la modulación de paneles así lo exija. La misma deberá enmarcarse dentro de la Superficie determinada dejando para uso institucional espacios para la colocación del logo de Villa Carlos Paz e identificación de la Oficina de Informes. La ubicación de esta superficie reservada para el Municipio es referencial y puede ser modificada de acuerdo al diseño propuesto.La Pantalla deberá estar incorporada en una marquesina que envuelva totalmente el perímetro del Edificio a fin de que no se perciba como un cartel colocado sobre su techo sino como parte de la construcción, evitando la visión directa de espalda de cartel sin tratamiento estético.El diseño de esta marquesina será libre y el esquema que se adjunta es referencial.Los oferentes deberán presentar planos de detalle de la pantalla con todos los elementos gráficos diseño y dimensiones y especificaciones técnicas nivel de definición cantidad de pixeles tipo de señal procesador y reproducción - que permitan conocer cabalmente la propuesta.FIRMA PROVEEDOR:

ACLARACIÓN:

Fdo: Ma. Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH.Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Sebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y Cultura Mónica De Girolamo, Of. MayorPROMULGADA POR DECRETO Nº 105/DE/2020
Villa Carlos Paz, 17 de febrero de 2020
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Sebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y Cultura
Mónica De Girolamo, Of. Mayor-

About this edition

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 21/2/2020

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date21/02/2020

Page count15

Edition count383

First edition01/01/2015

Last issue17/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Febrero 2020>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829