Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 3/2/2020
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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
PRIMERA SECCIÓN
03 de febrero de 2020
N: 16
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Ordenanza Nº 6605
Promulgada por Decreto Nº 057/DE/2020
Decreto Nº 1222/DE/2019
Decreto Nº 001/A/2020
Decreto Nº 002/DE/2020
Decreto Nº 003/DE/2020
Decreto Nº 004/DE/2020
Decreto Nº 005/A/2020
Decreto Nº 006/DE/2020
Decreto Nº 007/DE/2020
Decreto Nº 008/C/2020
Decreto Nº 009/A/2020
Decreto Nº 010/DE/2020
Decreto Nº 011/DE/2020
Decreto Nº 012/C/2020
Decreto Nº 013/C/2020
Decreto Nº 017/A/2020
Resol. del Tribunal Cuentas Nº 326/19
Resol. del Tribunal Cuentas Nº 327/19
Resol. del Tribunal Cuentas Nº 328/19
Resol. del Tribunal Cuentas Nº 329/19
Resol. del Tribunal Cuentas Nº 330/19
Resol. del Tribunal Cuentas Nº 331/19
Resol. del Tribunal Cuentas Nº 332/19
Resol. del Tribunal Cuentas Nº 333/19
Resol. del Tribunal Cuentas Nº 334/19
Resol. del Tribunal Cuentas Nº 335/19
Resol. del Tribunal Cuentas Nº 336/19
Resol. del Tribunal Cuentas Nº 337/19
Resol. del Tribunal Cuentas Nº 338/19
Resol. del Tribunal Cuentas Nº 339/19
Resol. del Tribunal Cuentas Nº 340/19
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Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación - Mónica De Girolamo, Oficial Mayor-
DECRETOS del DEPARTAMENTO EJECUTIVO
DECRETO Nº 1222/DE/2019
Villa Carlos Paz, 24 de diciembre de 2019
VISTO: El Expediente Nº 182847/2019, mediante el cual el Sr. Jorge Acosta, en su carácter de Presidente, solicita una ayuda económica para el Club Sportivo Rivadavia, a los fines de solventar en parte los gastos de servicios básicos que debe afrontar el Club; y CONSIDERANDO: Que dicha institución, en sus diversas especialidades, no sólo es la base del desarrollo competitivo o recreativo de los niños, jóvenes o adultos de la ciudad, sino también forma una red de sustento social que resulta altamente valorable. Por tal motivo, resulta necesario apoyar a la institución mencionada, para que pueda cumplir con el desarrollo de sus actividades.Que en virtud de todo lo expuesto este Departamento Ejecutivo estima conveniente otorgar una ayuda económica en carácter de Apoyo Institucional, por la suma de Pesos Cincuenta Mil $ 50.000.Que el Departamento de Contaduría informa que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, serán atendidos con los fondos de la Partida Nº 33.31.100.1.15.520 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.Por ello:
ORDENANZAS
ORDENANZA Nº 6605
Villa Carlos Paz, 23 de enero de 2020
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR, la cláusula segunda del Convenio aprobado por la Ordenanza 6602, que quedará redactada de la siguiente forma:
SEGUNDA: La cesión tendrá vigencia los días 16, 17, 18, 19, 23, 24, 25, 26, 30 y 31 de Enero de 2020 y 01, 02, 06, 07, 08, 09, 13, 14, 15, 16, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 27, 28 Y 29 de febrero de 2020, y 01 de marzo de 2020, plazo improrrogable en el cual la EMPRESA se obliga a retirar del lugar el stand y los demás bienes puestos en el espacio público cedido, debiendo restituirlo en perfecto estado de uso y conservación.------------------.ARTÍCULO 2º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.Fdo: Mara Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH.Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal - Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación Mónica De Girolamo, Of.
MayorPROMULGADA POR DECRETO Nº 057/DE/2020
Villa Carlos Paz, 27 de enero de 2020
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EL INTENDENTE Municipal, en uso de sus atribuciones D E C R E TA
Artículo 1º.- OTORGAR al Club Sportivo Rivadavia, una ayuda económica en carácter de Apoyo Institucional, por la suma de Pesos Cincuenta Mil $ 50.000, a los fines de solventar en parte los gastos de servicios básicos que debe afrontar el Club, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El monto asignado en el artículo anterior, se hará efectivo al Presidente de la Institución Sr. Jorge Omar ACOSTA DNI. Nº 18.573.589, quien deberá efectuar la correspondiente rendición de gastos.Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto será atendido con los fondos de la Partida Nº 33.31.100.1.15.520 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.Artículo 4º.- Previo Cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalSebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y CulturaMónica De Girolamo, Of. MayorDECRETO Nº 001/A/2020
Villa Carlos Paz, 03 de enero de 2020
VISTO: La nota presentada por el Centro Vecinal Altos del Valle, mediante la cual su Presidente, Sr. Leonardo Germán
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Ismael Triverio, D.N.I. Nº 27.376.592, solicita autorización de uso del espacio público, para realizar la Fiesta de Reyes Magos; y
DECRETA
CONSIDERANDO: Que el evento, organizado por la Comisión del Centro Vecinal, se realiza todos los años, promoviendo la participación y la integración de los niños y vecinos de la Comunidad en general, a través de espectáculos infantiles, juegos y sorpresas para los niños.-
Artículo 1.- MODIFICAR el artículo 1 del Decreto Nº 1231/DE/2019 en la parte donde dice: a realizarse el día 29 de diciembre de 2020, entre las 18:00 hs. y las 22:00 hs.-, deberá decir: a realizarse el día 04 de enero de 2020, entre las 18:00
hs. y las 22:00 hs., en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.-
Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, este Departamento Ejecutivo considera pertinente autorizar el uso de espacio público, por lo que corresponde emitir el acto administrativo correspondiente.-
Artículo 2.- La Dirección de Seguridad, la Dirección de Servicios Públicos, la Coordinación de Políticas Vecinales y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.-
Por ello:
Artículo 4.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1.- AUTORIZAR al Centro Vecinal Altos del Valle, a la ocupación precaria, transitoria y sujeta a revocación del uso de espacio público de la Plaza Manitos Felices, ubicada en la calle principal del Barrio, para llevar a cabo la Fiesta de Reyes Magos, a realizarse el día 05 de enero de 2020, entre las 18:00
hs. y las 22:00 hs..Artículo 2.- La Dirección de Seguridad queda facultada para determinar el cambio en el sentido de circulación, así como la restricción del estacionamiento en calles y Avenidas y modificaciones que resulten necesarias a fin de facilitar el tránsito vehicular durante el día 05 de enero de 2020.Artículo 3.- La Dirección de Seguridad, la Dirección de Servicios Públicos, la Coordinación de Políticas Vecinales y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.-
Artículo 4.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalDarío Zeino, Sec. Gobierno y CoordinaciónMónica De Girolamo, Of. Mayor
DECRETO Nº 002/DE/2020
Villa Carlos Paz, 03 de enero de 2020
VISTO: El Decreto N 1231/A/2019; y CONSIDERANDO: Que por cuestiones climáticas no se pudo realizar la actividad prevista en el Decreto de referencia, por lo que el Centro Vecinal Cu Cu informa el cambio de la fecha del evento, y por consiguiente solicita nueva autorización de uso de espacio público.Que por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalDarío Zeino, Sec. Gobierno y CoordinaciónMónica De Girolamo, Of. MayorDECRETO Nº 003/DE/2020
Villa Carlos Paz, 03 de enero de 2020
VISTO: El expediente Nº 183314/19, presentado por el Sr.
Lucas Arturo Bariles, en su carácter de presidente de la Federación Cordobesa de Caza y Pesca, CUIT 30-59750628-3, mediante el cual solicita autorización para el uso de espacio público durante el día 05 de enero próximo; y CONSIDERANDO: Que en la fecha solicitada se desarrollará un evento, denominado FECAPES NACIONAL variada de costa con devolución a la pieza mayor en la Costanera del Lago San Roque.Que la Secretaría de Turismo, Deportes y Cultura solicita se autorice lo requerido, debido a que se concentrará a través de dicha actividad a vecinos y turistas que nos visitan.Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º: AUTORIZAR a la Federación Cordobesa de Caza y Pesca, a la ocupación de la Costanera Peatonal, entre las calles Esparta y Gob. Roca, para la realización de un evento denominado FECAPES NACIONAL variada de costa con devolución a la pieza mayor, el día 05 de enero de 2020, de 09:00 hs. a 14:30 hs., en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º: La Dirección de Seguridad queda facultada para realizar cortes de calles, determinar el cambio en el sentido de circulación así como la restricción del estacionamiento en calles y Avenidas y las modificaciones que resulten necesarias a fin de facilitar el tránsito vehicular durante el día 05 de enero de 2020.Artículo 3º: La Federación Cordobesa de Caza y Pesca deberá cumplimentar, antes de la realización del evento, con el pago de seguro de responsabilidad civil y servicio de emergencia con ambulancia afectado en la zona donde se desarrolle la actividad.Artículo 4º: EXIMIR en forma total del pago del tributo correspondiente al uso del Espacio Público al peticionante, de conformidad al artículo 23 de la Ordenanza.-
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PRIMERA SECCIÓN
03 de febrero de 2020
N: 16
Artículo 5º: La Secretaría de Turismo, Deportes y Cultura, la Dirección de Seguridad, la Dirección de Servicios Públicos y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 6º: Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalDarío Zeino, Sec. Gobierno y CoordinaciónMónica De Girolamo, Of. MayorDECRETO Nº 004/DE/2020
Villa Carlos Paz, 06 de enero de 2020
VISTO: El Expediente Nº 182.815/2019 mediante el cual el Sr. Jesús Serna y la Sra. Lidia Ferreyra, solicitan se declare de Interés Municipal la entrega de Distinciones y Reconocimientos denominada Grandes del Teatro, que se llevará a cabo el día 06 de enero de 2020, en nuestra ciudad; y CONSIDERANDO: Que es el cuarto año que se distinguirá y reconocerá la labor artística y el trabajo de producción de aquellos que desempeñan su profesión en Villa Carlos Paz.Que la Dirección de Cultura acuerda con la realización por considerar que el galardón constituye un estímulo a la trayectoria y talento de los grandes de nuestro teatro, en una de las capitales más importantes del espectáculo como es nuestra ciudad, a la vez de servir de marco para dar la bienvenida a los elencos y prensa que se dan cita cada año.Que en atención a ello este Departamento Ejecutivo, considera oportuno declarar el evento de Interés Municipal.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL la entrega de Distinciones y Reconocimientos denominada Grandes del Teatro, que se llevará a cabo el día 06 de enero de 2020, en nuestra ciudad, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- La Dirección de Cultura notificará el presente y por la Dirección de Secretaría Privada, Prensa y Protocolo se dará difusión al evento mencionado.Artículo 3º.archívese.-
Protocolícese,
comuníquese,
publíquese
y
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Sebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y Cultura Mónica De Girolamo, Of. MayorDECRETO Nº 005/A/2020
Villa Carlos Paz, 06 de enero de 2020
VISTO: El Recurso Jerárquico en subsidio, deducido por los Sres.
Natael Tolesano y Daniel Enrique Morreale, en los Exptes.
178002/2019 y 161215/2018; y CONSIDERANDO: Que el planteo realizado no puede prosperar, en razón de haber deducido en forma extemporánea el Recurso de Reconsideración, lo que torna inadmisible su tratamiento.Que en virtud de lo expresado, corresponde dictar el acto administrativo que resuelve el recurso planteado.-
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Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones:
DECRETA
Artículo 1º.- DESESTIMAR el Recurso jerárquico interpuesto por los Sres. Natael Tolesano y Daniel Enrique Morreale, en los Exptes. 17802/2019 y 16215/2018, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.
Artículo 2.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalDarío Zeino, Sec. Gobierno y CoordinaciónMónica De Girolamo, Of. MayorDECRETO Nº 06/DE/2020
Villa Carlos Paz, 06 de Enero de 2020
VISTO: Las actuaciones obrantes en el Expediente N
170.283/18, mediante el cual el Sr. Leandro Martín Gianetta, D.N.I. Nº 33.816.1590, denuncia el fallecimiento del Sr. José Antonio Gianetta, quien era titular de una Licencia de Taxi Nº 5073, manifestando que ha quedado como único y universal heredero de su padre. Que se ha acreditado dicha circunstancia mediante el Auto de Declaratoria de Herederos, dictada en autos caratulados GIANETTA JOSÉ ANTONIO DECLARATORIA
DE HERDEROS EXPTE. Nº 7367430. Por dicho motivo solicita que sea transferida la licencia a su nombre. Adjunta asimismo constancia de apertura de juicio sucesorio en las actuaciones judiciales citadas precedentemente; y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Artículo 11º la Ordenanza Nº 4740 que regula el servicio de taxis, modificada por la Ordenanza Nº 5624, En caso de fallecimiento del titular de una Licencia de Taxi, ésta será trasmitida a sus herederos forzosos declarados tales, Artículo 3410 del Código Civil en ausencia de estos su concubina/o, si así fuera declarada judicialmente Artículo 3412 del Código Civil, manteniendo la Licencia su vigencia por el plazo que reste de la habilitación, todo lo que deberá ser debidamente acreditado por ante la Autoridad de aplicación.
Que a fs. 13 del citado expediente, obran copia del Auto Nº 393, que declara como único y universal heredero del Sr. José Antonio Gianetta a su hijo, Leandro Martín Gianetta.
Que tomando razón de la resolución judicial que declara herederos, corresponde transferir la licencia de taxi Nº 5073 del fallecido Sr. JOSÉ ANTONIO GIANETTA, al Sr. LEANDRO
MARTÍN GIANETTA, D.N.I. 25.894.673, quien dio cumplimiento a todos los requisitos legales para la prestación del servicio de taxis.
Que el automóvil que denuncia el Sr. Gianetta es el que actualmente se encuentra afectado al servicio, identificado como CHEVROLET DX CLASSIC, 1.4 N, SEDÁN 4 PTAS., MOTOR Nº GJBM50764, CHASIS Nº BAGSC1950HR107458, MODELO
2016, DOMINIO AA457PB, el que se encuentra en condiciones al momento de la prestación del servicio en la temporada 2019/2020, conforme se acredita con el informe pertinente.Que se han cumplimentado los requisitos legales, razón por la cual se emitirá el acto administrativo correspondiente.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
PRIMERA SECCIÓN
03 de febrero de 2020
N: 16
ARTÍCULO 1.- TRANSFERIR al Sr. Leandro Martín Gianetta, D.N.I. 25.894.673, la Licencia de Taxi Nº 5073, quien asume todos los derechos y obligaciones por la prestación del servicio público otorgado, en un todo de acuerdo a Ordenanza Nº 4740 y a los Considerandos del presente.
ARTÍCULO 2.- El Sr. Leandro Martín Gianetta afectará al servicio de Taxi el vehículo marca CHEVROLET DX CLASSIC, 1.4 N, SEDÁN 4 PTAS., MOTOR Nº GJBM50764, CHASIS Nº BAGSC1950HR107458, MODELO 2016, DOMINIO AA457PB.
ARTÍCULO 3.- Lo dispuesto en el presente Decreto está condicionado al pago de las tasas y/o sellados que pudiere corresponder.
DECRETO Nº 008/C/2020
Villa Carlos Paz, 06 de enero de 2020
VISTO: La Ordenanza Nº 6585; y CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo debe fijar las fechas de los vencimientos de las distintas Contribuciones, a los efectos de permitir el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y responsables.Que atento a ello, se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente.Por ello;
ARTÍCULO 4º.- La Dirección de Servicios Públicos, Departamento de Industria y Comercio y los interesados, tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
ARTÍCULO 5º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.-
Artículo 1º. FIJAR para el pago de la Contribución que incide sobre los Inmuebles Tasa Municipal por Servicios a la Propiedad, las siguientes fechas de vencimiento:
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano AmbientalMónica De Girolamo, Of. MayorDECRETO Nº 007/DE/2020
Villa Carlos Paz, 06 de enero de 2020
VISTO: La necesidad de designar un Procurador Municipal; y CONSIDERANDO: Que evaluados los antecedentes de la Abogada Tania del Valle Giampane, ésta reúne los requisitos profesionales y se encuentra capacitada para cumplir las funciones aludidas.Que la designación se encuentra conforme a lo dispuesto en el Decreto 145/C/04 texto ordenado de los Decretos 164/81, 410/93 y 099/2004 y modificatorias.Que la profesional deberá constituir la correspondiente garantía ante el Departamento de Procuración.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- DESIGNAR Procuradora Municipal a la Abogada TANIA DEL VALLE GIAMPANE, D.N.I. 35.164.745, Matrícula Profesional Nº 1-39314, quien deberá desempeñar sus funciones de conformidad a lo establecido en las normativas vigentes.Artículo 2º.- Lo dispuesto en el Artículo precedente, queda condicionado al cumplimiento por parte de la profesional designada, de los requisitos establecidos en el Artículo 12º del Decreto 145/C/04.Artículo 3º.- El Departamento de Procuración notificará a la profesional lo dispuesto en el presente, controlará el cumplimiento de los requisitos supra mencionados y la notificará de las normas vigentes que regulan el ejercicio de Procurador.Artículo 4º.- La profesional deberá rubricar con el Departamento Ejecutivo el Contrato correspondiente.Artículo 5º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalDarío Zeino a/c Sec. Economía y FinanzasMónica De Girolamo, Of.
Mayor-
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DECRETA
Pago Contado Anual:
10 de febrero de 2020.Pago en Cuotas Primer Vto.
1º cuota 10 de febrero de 2020.2º cuota 26 de febrero de 2020.3º cuota 16 de marzo de 2020.4º cuota 13 de abril de 2020.5º cuota 11 de mayo de 2020.6º cuota 10 de junio de 2020.7º cuota 13 de julio de 2020.8º cuota 10 de agosto de 2020.9º cuota 10 de septiembre de 2020.10º cuota 13 de octubre de 2020.11º cuota 10 de noviembre de 2020.12º cuota 10 de diciembre de 2020.-
Segundo Vto.
17 de febrero de 2020.05 de marzo de 2020.26 de marzo de 2020.23 de abril de 2020.21 de mayo de 2020.22 de junio de 2020.23 de julio de 2020.20 de agosto de 2020.22 de septiembre de 2020
23 de octubre de 2020.20 de noviembre de 2020.21 de diciembre de 2020.-
Artículo 2º. FIJAR para el pago de la Contribución que incide sobre los Cementerios el siguiente vencimiento:
Pago Contado Anual 26 de junio de 2020.- Primer Vencimiento 17 de julio de 2020.- Segundo Vencimiento Artículo 3º. FIJAR para el pago de la Contribución que incide sobre la Actividad Comercial Industrial y de Servicios los días 15 del mes siguiente al período o día hábil posterior de cada mes, correspondiente al siguiente cronograma de vencimiento para Declaraciones Juradas.
Período 01/20
Período 02/20
Período 03/20
Período 04/20
Período 05/20
Período 06/20
Período 07/20
Período 08/20
Período 09/20
Período 10/20
Período 11/20
Período 12/20
17 de febrero de 2020.16 de marzo de 2020.15 de abril de 2020.15 de mayo de 2020.16 de junio de 2020.15 de julio de 2020.18 de agosto de 2020.15 de septiembre de 2020.15 de octubre de 202016 de noviembre de 2020.15 de diciembre de 2020.15 de enero de 2021.-
Artículo 4º. FIJAR para el pago de la Contribución que incide sobre los Vehículos Automotores y Acoplados las siguientes fechas de vencimiento:
Pago Contado Anual 14 de febrero de 2020.-
PRIMERA SECCIÓN
03 de febrero de 2020
N: 16
Pago en Cuotas 1º cuota 2º cuota 3º cuota 4º cuota 5º cuota 6º cuota
Primer Vto.
Segundo Vto.
10 de febrero de 2020.- 20 de febrero de 2020.13 de abril de 2020.23 de abril de 2020.10 de junio de 2020.22 de junio de 2020.10 de agosto de 2020.20 de agosto de 2020.13 de octubre de 2020.- 22 de octubre de 2020.10 de diciembre de 2020.- 21 de diciembre de 2020
Artículo 5º. Por Dirección de Comunicación, Protocolo y Ceremonial le dará amplia difusión del presente. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalDarío Zeino a/c Sec. Economía y FinanzasMónica De Girolamo, Of.
MayorDECRETO Nº 009/A/2020
Villa Carlos Paz, 06 de enero de 2020
VISTO: El expediente Nº 183054/19 presentado por la Sra.
Constanza Cecilia Paintner, D.N.I. Nº 30.540.073, mediante el cual solicita autorización para el uso de espacio público; y CONSIDERANDO: Que el permiso requerido tiene por finalidad realizar un programa que será emitido por televisión, radio y redes sociales en directo, en la zona céntrica durante los días miércoles de los meses de enero y febrero de 2020.Que la Secretaría de Turismo, Deportes y Cultura solicita se autorice lo requerido, debido a la presencia de distintos artistas, que concentrará a vecinos y turistas que nos visitan.Que en virtud del apoyo que brindarán al evento distintas firmas comerciales, corresponde eximirlas de las cargas previstas en la legislación vigente, conforme lo dispone la Ordenanza Nº 4225.Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753 corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º: AUTORIZAR a la Sra. Constanza Cecilia Paintner, D.N.I. Nº 30.540.073, al uso y ocupación precaria, transitoria y sujeta a revocación de un sector de la zona céntrica de la Av. 9 de Julio, entre las calles Orgaz y Lisandro de la Torre, los día miércoles 08, 15, 22 y 29 de enero y 05 y 12 de febrero de 2020, de 20:00 hs.
a 22:00 hss, para un programa multiplataforma que será emitido por televisión, radio y redes sociales en directo, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º: EXIMIR en forma total del pago de los tributos correspondientes al uso del Espacio Público al peticionante, de conformidad al artículo 23 de la Ordenanza Tarifaria, artículo 89
inc. g de la Ordenanza 1408 y modificatorias respectivas, así como los derechos según Ordenanza 4225.Artículo 3º: La Secretaría de Turismo, Deportes y Cultura, la Dirección de Cultura, la Dirección de Servicios Públicos y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 4º: Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalDarío Zeino, Sec. Gobierno y CoordinaciónMónica De Girolamo, Of. MayorDECRETO Nº 010/DE/2020
Villa Carlos Paz, 06 de enero de 2020
VISTO: La necesidad de reorganizar administrativamente distintas áreas municipales; y CONSIDERANDO: Que es de vital importancia el aprovechamiento al máximo de los recursos disponibles dentro del plantel de personal, a los fines de dar respuesta a los requerimientos en cuanto a las necesidades de servicio que van surgiendo.Que la Dirección de Recursos Humanos, mediante memorándum, solicita que la agente Viviana Raquel Retamozo, Legajo Nº 8275, pase a desempeñar funciones en la Secretaría de Desarrollo Social, Educación, Género y Diversidad.Que se emite la norma que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTICULO 1.- DISPONER el traslado de la agente municipal VIVIANA RAQUEL RETAMOZO, Legajo Nº 8275, de la Secretaría de Economía y Finanzas a la Sub Dirección de Discapacidad y Adultos Mayores, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, Educación, Género y Diversidad, a partir del 6
de enero de 2020, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.ARTICULO 2.- Las Secretarías nombradas, la Dirección de Recursos Humanos, Liquidación de Sueldos y la agente, tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente Decreto a los fines que corresponda.
ARTICULO 3.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalMa.
Alejandra Roldán, Sec. Des. Social, Educación, Género y DiversidadDarío Zeino a/c Sec. Economía y FinanzasMónica De Girolamo, Of. MayorDECRETO Nº 011/DE/2020
Villa Carlos Paz, 06 de enero de 2020
VISTO: El Expediente Nº 182636/2019, mediante el cual el Sr. Juan Manuel Chocobar, D.N.I. Nº 22.079.382, solicita una ayuda económica a los fines de solventar en parte los gastos que demande el viaje a la localidad de Laborde Córdoba, para asistir al 53º Festival Nacional del Malambo; y CONSIDERANDO: Que el niño Alan Gabriel Chocobar ha obtenido el 1º premio en el rubro Malambo Juvenil en el selectivo de la Provincia de Córdoba, habilitándolo como titular para representar a la Provincia de Córdoba en dicho Festival.Que dicho joven se ha formado en el Departamento de Arte en Movimiento Folklore desde los cuatro años, con instructores de nuestro Municipio, demostrando el compromiso y la dedicación, tanto del alumno como de los referentes de dicho Departamento.Que la participación del niño Chocobar en dicho Festival requiere de dos músicos que deben acompañarlo y sus padres por ser menor de edad, y a pesar del esfuerzo de sus padres, requieren una ayuda económica para cubrir los gastos.-
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PRIMERA SECCIÓN
03 de febrero de 2020
N: 16
Que este Departamento Ejecutivo estima conveniente otorgar una ayuda económica, por la suma de pesos quince mil $
15.000,00, al considerar que el mencionado alumno del Departamento de Arte en Movimiento - Folklore, resulta un ejemplo de la formación en los niños, jóvenes y adultos de nuestra ciudad.
Que el Departamento de Contaduría informa que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, serán atendidos con los fondos de la Partida Nº 33.01.100.1.15.511 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.Por ello:
EL INTENDENTE Municipal, en uso de sus atribuciones
Que en consecuencia corresponde emitir administrativo que dispone sobre el particular.-
el
acto
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTICULO 1.- CREAR, a partir del Tercer Nivel del Presupuesto General de Gastos en vigencia, lo siguiente:
JURISDIC. -SUB
JURISD.
-PROGRAMA-ANEXO -INCISO-ITEMDESCRIPC.
IMPORTE
33.01.100.1.15.511.
AYUDA SOCIALES A PERSONAS
$ 0,00
D E C R E TA
Artículo 1º.- OTORGAR al Sr. Juan Manuel Chocobar, D.N.I.
22.079.382, una ayuda económica, en carácter de Subsidio, por la suma de Pesos Quince mil $ 15.000,00, a los fines de solventar en parte los gastos que demande la participación de Alan Gabriel Chocobar, en el 53º Festival Nacional del Malambo, en la localidad de Laborde, provincia de Córdoba, desde el día 12
al 18 de enero del corriente año, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El monto aludido en el artículo anterior, se hará efectivo al Sr. Juan Manuel Chocobar, quién deberá efectuar la correspondiente rendición de gastos.Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto será atendido con los fondos de la Partida Nº 33.01.100.1.15.511 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.Artículo 4º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Sebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y Cultura
Mónica De Girolamo, Of. MayorDECRETO Nº 012/C/2020
Villa Carlos Paz, 07 de enero de 2020
VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y CONSIDERANDO: Que el Art. 1º de la Ordenanza Nº 6441, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Art. 6º de dicha Ordenanza establece El Departamento Ejecutivo podrá variar las partidas presupuestarias de Tercer Nivel o inferior pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.Que asimismo, el Art. 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.-
ARTICULO 2.- MODIFICAR, a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
JURISDIC. -SUB
JURISD.
33.01.100.1.15.511.
33.01.100.2.24.414.
-PROGRAMA-ANEXO INCISO-ITEMDESCRIPC.
AYUDA SOCIALES A
PERSONAS
EQUIPOS DE
TRANSPORTE
TRACCION Y
ELEVACION
TOTAL
$
$
DISMINUYE
100.000
100.000
$
100.000
$
100.000
ARTICULO 3.- ADECUAR, El nomenclador de Erogaciones conforme al Art. 5 de la Ordenanza N 6441, a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.ARTICULO 4.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalDarío Zeino a/c Sec. Economía y FinanzasMónica De Girolamo, Of.
MayorDECRETO Nº 013/C/2020
Villa Carlos Paz, 10 de enero de 2020
VISTO: La Ordenanza Nº 6585 y el Decreto N 008/C/2020; y CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo debe fijar las fechas de los vencimientos de las distintas Contribuciones, a los efectos de permitir el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y responsables.Que debido a que resulta necesario reformular la fecha de vencimiento del pago contado anual que incide sobre los Vehículos Automotores y Acoplados.Que atento a ello, se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente.Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
6
AUMENTA
PRIMERA SECCIÓN
03 de febrero de 2020
N: 16
Artículo 1º. REEMPLAZAR en el Artículo 4 del Decreto N 008/C/2020 donde dice:
Provincial incluidos, conforme su oferta obrante a fs. 37, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.-
Pago Contado Anual 14 de febrero de 2020.-
Artículo 3.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente será afrontado con los fondos de la Partida Nº 12.01.100.1.13.312
del Presupuesto General de Gastos para el año 2020, y con la correspondiente a los años 2021 y 2022 que correspondan.
Debe decir:
Pago Contado Anual 10 de febrero de 2020.Artículo 2º. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino a/c de Sec. Eco. y Finanzas Mónica De Girolamo, Of.
Mayor-
Artículo 4º: Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en términos de Ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación - Mónica De Girolamo, Oficial Mayor-
RESOLUCIONES del TRIBUNAL DE CUENTAS
de la Municipalidad de Villa Carlos Paz
DECRETO N 017/A/2020
Villa Carlos Paz, 10 de enero de 2020
VISTO: El expediente Nº 183140/2019, donde obran las actuaciones referidas al Concurso Privado de Precios Nº 49/2019
para la Locación de Inmueble para el funcionamiento de la Defensoría del Pueblo de Villa Carlos Paz; y CONSIDERANDO: Que se ha llevado a cabo el acto de apertura, cuyas actuaciones se encuentran labradas en el acta Acta Nº 001/20 del Protocolo de Oficialía Mayor, que corre agregada a fs. 39, del citado expediente, oportunidad en la que se presentó un solo oferente, el Sr. Luis César ABED.Que giradas las actuaciones a la Asesoría Letrada, ésta mediante dictamen 219/2020, obrante a fs. 40, manifiesta que se cumplieron con los recaudos formales para proseguir con el curso de estas actuaciones Que la Comisión de Adjudicación, en informe obrante a fs.
41, sugiere adjudicar el presente Concurso Privado al Sr. Luis César ABED por la suma de pesos un millón doscientos setenta y dos mil $1.272.000,00, por resultar conveniente su oferta obrante a fs. 37.Que el gasto será atendido con los fondos de la Partida Nº 12.01.100.1.13.312 del Presupuesto General de Gastos para el año 2020, y con la correspondiente a los años 2021 y 2022 que correspondan.
Que el Departamento Ejecutivo presta conformidad a lo manifestado precedentemente, por lo que emite el acto administrativo pertinente.Por ello:
Villa Carlos Paz, 19 de diciembre de 2019
RESOLUCIÓN Nº 326/2019
VISTO: Las órdenes de pago anticipadas contenidas en los Exptes. que se detallan en el ANEXO a la presente, y;
CONSIDERANDO: Que las mismas fueron emitidas para atender principalmente el pago de honorarios a profesionales que prestaron servicios en distintas reparticiones del Departamento Ejecutivo, entre otras erogaciones de importancia para el desarrollo de actividades municipales.
Que de la revisión y control efectuado a la documentación obrante en los Exptes. analizados, se ha determinado que la misma se ajusta a la normativa legal vigente, y que los montos correspondientes han sido abonados a los profesionales en su totalidad, de acuerdo con las certificaciones emitidas por autoridad competente.
Por ello, El TRIBUNAL DE CUENTAS de la CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ
en uso de sus atribuciones, RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR las Rendiciones de Cuentas de las órdenes de pago anticipadas detalladas en el ANEXO que forma parte de la presente Resolución, teniendo por canceladas las mismas, en un todo de acuerdo a lo expresado en Considerandos.
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.-
DECRETA
ANEXO RESOLUCION Nº 326/2019
Artículo 1º: Aprobar todo lo actuado en el Expediente Nº 183140/2019, relativo al Concurso Privado de Precios Nº 49/19
para la LOCACIÓN DE INMUEBLE PARA EL
FUNCIONAMIENTO DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE
VILLA CARLOS PAZ, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º: ADJUDICAR el concurso aludido en el artículo anterior al Sr. Luis César ABED, CUIT 20-07965956-4 de acuerdo al siguiente detalle: para el año 2020 la suma total de PESOS TRESCIENTOS DOCE MIL $ 312.000,00; para el año 2021 la suma total de PESOS CUATROCIENTOS VENTE MIL $
420.000,00 y lo correspondiente al año 2022 la suma total de PESOS QUINIENTOS CUARENTA MIL $ 540.000,00, todo con IVA, Tasa Municipal a la Propiedad, Expensas e Impuesto
7
AÑO
EXPTE.
2019
171.928
2019
171.928
2019
172.406
2019
172.406
2019
172.406
2019
172.406
CONCEPTO
ECHECOLANEA -DES.
URBANO AMB. - MARZO
CELLE -DES. URBANO
AMB. - JUNIO
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. -FEB.JUNIO ORTEGA
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. -FEB.JUNIO ACOSTA
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. -FEB.JUNIO REYNOSO
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. -FEB.JUNIO AGUIRRE
O.P.A.
322
442
186
187
188
189
O.P.A.
O.Contab
PRIMERA SECCIÓN
03 de febrero de 2020
N: 16
2019
172.406
2019
172.406
2019
172.406
2019
172.406
2019
172.406
2019
172.406
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
2019
178.309
8
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. -FEB.JUNIO MAGNI
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. -FEB.JUNIO VILLEGAS
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. -FEB.JUNIO SALCEDO
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. -FEB.JUNIO BARRIOS
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. -FEB.JUNIO NANI
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. -FEB.JUNIO BRUFMAN
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AGOS. SET.
- ACOSTA
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AGOS. SET.
- AGUIRRE
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AGOS. SET.
- BARRIOS
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AGOS. SET.
- BRUFMAN
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AGOS. SET.
- MAGNI
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AGOS. SET.
- NANI
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AGOS. SET.
- NIETO
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AGOS. SET.
- ORTEGA
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AGOS. SET.
- PERNICONE
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AGOS. SET.
- REYNOSO
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AGOS. SET.
- SALCEDO
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AGOS. SET.
- VILLEGAS
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AMPL. ACOSTA
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AMPL. AGUIRRE
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AMPL. BARRIOS
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AMPL. BRUFMAN
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AMPL. MAGNI
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AMPL. NANI
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AMPL. NIETO
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AMPL. ORTEGA
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AMPL. PERNICONE
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AMPL. REYNOSO
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AMPL. SALCEDO
DES.SOCIAL Y
EDUCAC. - AMPL. -
VILLEGAS
190
191
192
193
194
195
716
717
718
Villa Carlos Paz, 24 de diciembre de 2019
RESOLUCIÓN Nº 327/2019
VISTO: Las Órdenes de Pago Anticipadas contenidas en el Expte. Nº 172.035 que se detalla en el ANEXO a la presente, y;
CONSIDERANDO: Que las mismas fueron emitidas para atender principalmente el pago de honorarios a profesionales que prestaron servicios en la Defensoría del Pueblo en los meses de FEBRERO a JUNIO, entre otras erogaciones de importancia para el desarrollo de actividades municipales.
Que de la revisión y control efectuado a la documentación obrante en el Expte. analizado, se ha determinado que la misma se ajusta a la normativa legal vigente, y que los montos correspondientes han sido abonados a los profesionales en su totalidad, de acuerdo con las certificaciones emitidas por autoridad competente.
Por ello;
719
720
721
722
723
El TRIBUNAL DE CUENTAS de la CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ
en uso de sus atribuciones, RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR las Rendiciones de Cuentas de las Órdenes de Pago Anticipadas por el período FEBRERO a JUNIO, detalladas en el ANEXO que forma parte de la presente Resolución, teniendo por canceladas las mismas, en un todo de acuerdo a lo expresado en Considerandos:
724
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.-
725
ANEXO RESOLUCION Nº 327/2019
726
727
989
990
991
992
993
994
995
996
997
998
999
1000
AÑO
EXPTE.
CONCEPTO
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 FEB-JUNIO - ZOBELE
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 FEB-JUNIO - MANGOLDT
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 FEB-JUNIO - ITURBE
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 FEB-JUNIO - PEREZ
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 FEB-JUNIO - GUAYAN
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 FEB-JUNIO - AHTUY
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 FEB-JUNIO - RUEDA LAJE
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 OLIVA R. - FEB-JUN
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 BOSIO MAR-MAY
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 AMPL JUN ZOBELE
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 AMPL JUN MANGOLDT
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 AMPL JUNITURBE
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 AMPL JUN - PEREZ G.
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 AMPL JUN - GUAYAN
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 AMPL JUN - AHTUY F.
DEFENSORIA DEL PUEBLO 2019 172.035 AMPL JUN - RUEDA LAJE
O.P.A O.P.A
236
237
238
239
240
241
242
291
321
636
637
638
639
640
641
642
O.Contab .
PRIMERA SECCIÓN
03 de febrero de 2020
N: 16
BOSCH
Villa Carlos Paz, 24 de diciembre de 2019
RESOLUCIÓN Nº 328/2019
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
Que de la revisión y control efectuado a la documentación obrante en el Expte. analizado, se ha determinado que la misma se ajusta a la normativa legal vigente, y que los montos correspondientes han sido abonados a los profesionales en su totalidad, de acuerdo con las certificaciones emitidas por autoridad competente.
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
Por ello;
2019
177.390
2019
177.390
VISTO: Las Órdenes de Pago Anticipadas contenidas en el Expte. Nº 177.390 que se detalla en el ANEXO a la presente, y;
CONSIDERANDO: Que las mismas fueron emitidas para atender principalmente el pago de honorarios a profesionales que prestaron servicios en la Sec. de Desarrollo Urbano Ambiental en los meses de JULIO a SETIEMBRE/2019, entre otras erogaciones de importancia para el desarrollo de actividades municipales.
El TRIBUNAL DE CUENTAS de la CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ
en uso de sus atribuciones, RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR las Rendiciones de Cuentas de las Órdenes de Pago Anticipadas por el período JULIO a SETIEMBRE/2019, detalladas en el ANEXO que forma parte de la presente Resolución, teniendo por canceladas las mismas, en un todo de acuerdo a lo expresado en Considerandos:
ANEXO RESOLUCION Nº 328/2019
AÑO
EXPTE.
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
2019
177.390
9
CONCEPTO
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET BAGGIO
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET BOSCH
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET BOUCHET
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET CANONICO
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET GARCIA SETTI
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET FRANCHI
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET MARTINEZ M.
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET NUZA
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET PACUSSI
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET PERIOTTI
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET RANDAZZO
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET SALINAS
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET BLANCUZZI
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET BAGGIO
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET -
O.P.A.
O.P.A.
O.Contab.
728
730
731
287
1030
1031
1032
1033
1034
CONSIDERANDO: Que las mismas fueron emitidas para atender principalmente el pago de BECAS en el marco del Programa ESTUDIEMOS JUNTOS dispuesto por Ordenanza Nº 5768.
253
286
El TRIBUNAL DE CUENTAS de la CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ
en uso de sus atribuciones, RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR las Rendiciones de Cuentas de las Órdenes de Pago Anticipadas detalladas en el ANEXO que forma parte de la presente Resolución, teniendo por canceladas las mismas, en un todo de acuerdo a lo expresado en Considerandos:
ANEXO RESOLUCION Nº 329/2019
AÑO
737
738
739
1025
1029
VISTO: Las Órdenes de Pago Anticipadas contenidas en los ExpteS. Nº 176.120 y Nº 180.347 que se detallaN en el ANEXO a la presente, y;
736
1024
1028
Villa Carlos Paz, 24 de diciembre de 2019
RESOLUCIÓN Nº 329/2019
Por ello;
735
740
1027
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.-
733
734
1026
Que de la revisión y control efectuado a la documentación obrante en el Expte. analizado, se ha determinado que la misma se ajusta a la normativa legal vigente, y que los montos correspondientes han sido abonados en su totalidad, de acuerdo con las certificaciones emitidas por autoridad competente.
729
732
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET BOUCHET
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET CANONICO
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET FRANCHI
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET MARTINEZ M.
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET NUZA
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET PACUSSI
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET PERIOTTI
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET RANDAZZO
SEC.DESARR.URBANO
AMBIENTAL - JUL-SET SALINAS
252
EXPTE.
CONCEPTO
O.P.A.
2019
176.120
PROGRAMA ESTUDIEMOS JUNTOS
- YBAÑEZ M.
956
2019
176.120
PROGRAMA ESTUDIEMOS JUNTOS
- ORIZA J.M.
957
2019
176.120
PROGRAMA ESTUDIEMOS JUNTOS
- LLANOS J.I.
958
2019
176.120
PROGRAMA ESTUDIEMOS JUNTOS
- GUZMAN D.
959
O.P.A.
O.Contab.
PRIMERA SECCIÓN
03 de febrero de 2020
N: 16
2019
176.120
PROGRAMA ESTUDIEMOS JUNTOS
- AMARILLA D.
960
2019
176.120
PROGRAMA ESTUDIEMOS JUNTOS
- URQUIA M.
961
AJUSTES Y/O RECIBOS MUNICIPALES POR REINTEGROS
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del
Tribunal y archívese.Villa Carlos Paz, 24 de diciembre de 2019
RESOLUCIÓN Nº 330/2019
VISTO: Las rendiciones de cuentas presentadas sobre las ordenes de pago, anticipadas o directas, detalladas en el cuadro Anexo I de la presente, y;
CONSIDERANDO: Que este Tribunal ha realizado el control de dichas rendiciones, así como los ajustes por reintegros realizados, determinando que la documentación revisada se ajusta a la normativa vigente tanto en los aspectos legales como formales, dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Artículo 130º Inc. a, y f de la Ordenanza 1511 y demás disposiciones sobre el particular.
Por Ello:
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ, en uso de sus atribuciones RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- APROBAR las rendiciones de cuentas, referente a las ordenes de pago detalladas en el/los cuadros Anexos de la presente en un todo de acuerdo a lo expresado en Considerandos.
334/19
335/19
332/19
179093
182054
181175
955
1506
1465
333/19
182143
1515
331/19
182139
1513
330/19
181769
1500
Expte
Beneficiario
4385/18
168545
949/19
171960
ESTIMULO
DEPORTIVO
DTO.787/DE/2018
SUBS. GRALES.
DTO.229/DE/2019
955/19
179093
ZACARIAS MARIA
1528/19
182368
ZILLI MARTA
1530/19
182357
RIVERO GERMAN
1506/19
1465/19
1515/19
1513/19
1500/19
1507/19
182054
181175
182143
182139
181769
182037
LOPEZ RUBEN
LOPEZ RUBEN
BOLDRINI
SEBASTIAN
BOLDRINI
SEBASTIAN
BOLDRINI
SEBASTIAN
ZEINO DARIO
10
Concepto
P/NOCEDA
ROBERTO
P/CENTRO
VECINAL
VILLA
INDEPENDENCIA
TONER
P/IMPRESORAS
ENCUADERNACIO
N LIBROS
REGISTRO CIVIL
REPU+REPAR.CA
MION
IVECO
PJES.P/ASISTIR
JORNADAS
EUTROFIZACION
EMBALSES
ADQ. BATERIAS
P/CENTRAL
TELEFONICA
HOSPITAL
GTOS VS
EVENTO APERTURA TEMPORADA
ALQ. PANTALLAS
P/APERTU
RA TEMPORADA
BS.AS.
GTOS
PROMOCION
EVENTO
SUPER TC RIO
CUARTO
GTOS.TRASLAD
CAPACITADOR AENTES
MUNICIPALES
TOTAL
15.000
40.025,28
40.025,48 +
15.000
14.665,76
13.150
13.150
52.800
52.800
22.000
60.000
10.000
11.650
6.000 6.430 -
Villa Carlos Paz, 26 de diciembre de 2019
RESOLUCIÓN Nº 331/2019
VISTO: Las órdenes de pago anticipadas contenidas en los Exptes. que se detallan en el ANEXO a la presente, y;
CONSIDERANDO: Que las mismas fueron emitidas para atender principalmente el pago de honorarios a profesionales que prestaron servicios en distintas reparticiones del Departamento Ejecutivo, entre otras erogaciones de importancia para el desarrollo de actividades municipales.
Que de la revisión y control efectuado a la documentación obrante en los Exptes. analizados, se ha determinado que la misma se ajusta a la normativa legal vigente, y que los montos correspondientes han sido abonados a los profesionales en su totalidad, de acuerdo con las certificaciones emitidas por autoridad competente.
Por ello, El TRIBUNAL DE CUENTAS de la CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ
en uso de sus atribuciones, RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR las Rendiciones de Cuentas de las órdenes de pago anticipadas detalladas en el ANEXO que forma parte de la presente Resolución, teniendo por canceladas las mismas, en un todo de acuerdo a lo expresado en Considerandos.
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.ANEXO RESOLUCION Nº 331/2019
AÑO
20.000
16.313 -
RENDIDO
15.000
10.560
334,24 1.560 20.000 -
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.
ANEXO I
O.P.A/
O.P
ZACARIAS MARIA
LOPEZ RUBEN
LOPEZ RUBEN
BOLDRINI
SEBASTIAN
BOLDRINI
SEBASTIAN
BOLDRINI
SEBASTIAN
9.030
EXPTE.
CONCEPTO
O.P.A.
2018
169.753
BAGGIO M.A.
MAYO-AGOSTO
/19
405
2019
171.930
MARGARIA G. FEB/19
271
2019
171.968
AMBROGGIO M. FEB-JUNIO/19
243
2019
171.968
MONTENEGRO R. FEB.JUN/19
244
2019
171.968
DI PIETRO M. - FEB
- JUN/19
245
2019
171.968
MAIQUES M. - FEB
JUN/19
246
2019
171.968
SALVAY M. - FEB
JUN/19
247
2019
171.968
TAMAGNINI A. FEB - JUN/19
248
5.687,84
54.000
3.570,39
11.650
O.P.A.
O. Contab.
PRIMERA SECCIÓN
03 de febrero de 2020
N: 16
2019
2019
2019
2019
2019
2019
171.968
MAYER L. - FEB.
JUN/19
171.968
MOSSE V. - FEB /
JUN/19
171.979
PERLO A. - MARZO
JUNIO/19
171.979
PERLO A. - AMPL
OPA 342
172.382
172.382
POLISZCZUK A. FEB-JUN/19
OSTOICH G. FEB.JUN/19
208
172.382
ALTAMIRANO A. FEB/JUN/19
210
2019
174.459
PINCZINGER M.V.MAYO-JUN/19
401
2019
175.623
MONTI L. JUNIO/19
432
177.273
PROVINCIA
SEGUROS S.A. -JULDIC FLOTA MUNIC.
2019
177.898
ROMANO W. AGO
SET
932
2019
177.899
GARCIA C.A.JULSET
915
2019
177.964
CELLE FAGO SET
938
2019
177.964
ECHECOLANEA
AGO SET
939
2019
177.964
IBARRA GRELLET I.
AGO SET
940
2019
178.085
VON GROMAN F.
JUL-SET
928
24/19
209
2019
178.105
PEREA C. AGO-SET
935
2019
178.105
IMPARATO C. AGO
SET
936
2019
178.105
PEREA C. DIF-SET
1035
2019
178.105
IMPARATO C. DIF
SET
1036
2019
178.306
ALTAMIRANO A. JUL-SET/19
688
2019
178.306
JUNCOS P. JUL/SET/19
689
2019
178.306
POLISZCZUK A. JUL/SET/19
690
2019
178.306
ALTAMIRANO A. DIF SET/19
1008
2019
178.306
JUNCOS P. - DIF
SET/19
1009
2019
178.306
POLISZCZUK A. DIF SET/19
1010
2019
178.308
ADALID M. JUL-SET
685
2019
178.308
MALDONADO V. JUL SET
686
2019
178.308
VILLAYANDRE V.
JUL SET
687
2019
178.308
ADALID M. DIF SET
1001
2019
178.308
MALDONADO V. DIF SET
1002
2019
178.308
VILLAYANDRE V.
DIF SET
1003
2019
178.329
PACHECO M.L. JUL SET/19
684
2019
179.096
GIRARDI V. - SET.
970
657
947
177.410
RAFART L. - JUL-SET
2019
177.454
LISTELLO F. JUL/SET
691
2019
177.454
ARIAS M. JUL-SET
692
177.540
EVOLUCION
SEGUROS
S.A.EDIFICIOSJUNDIC
662
2019
177.726
SALVAY M. - JULSET/19
907
2019
177.726
MAYER L. JUL/SET/19
908
2019
177.726
AMBROGGIO M. JUL/SET/19
909
2019
177.726
MONTENEGRO R. JUL/SET/19
910
2019
177.726
DI PIETRO M. JUL/SET/19
911
2019
177.726
MAIQUES M. JUL/SET/19
912
2019
177.726
MOSSE V. JUL/SET/19
913
2019
177.726
TAMAGNINI A. JUL/SET/19
914
2019
177.726
AMBROGGIO DIF
SET
1212
2019
177.726
MONTENEGRO DIF
SET
1213
2019
177.726
MAIQUES DIF SET
1214
2019
177.726
SALVAY DIF SET
1215
2019
177.726
MOSSE DIF SET
1216
2019
177.726
TAMAGNINI DIF
SET
1217
2019
177.806
CHAVES S.
AGOS/SET
2019
2019
207
2019
PERLO A. AGOSET/19
980
635
172.382
177.408
CHAVES S. DIF SET
342
2019
2019
177.807
250
JUNCOS P. FEB/JUN/19
2019
2019
249
681
271/19
270/19
Villa Carlos Paz, 26 de diciembre de 2019
RESOLUCIÓN Nº 332/2019
VISTO: Los Exptes. 183271 y 183296, y;
CONSIDERANDO: Que los mismos están conformados con los comprobantes de depósitos bancarios efectuados en referencia a los fondos fijos habilitados para: la Comisión de Balnearios cuya titular es la Sra. Mosse Marina y de Pasajes habilitado a nombre del Cr. Gilli Héctor Daniel.
Que dichos depósitos por un monto de $ 29.000 y $ 47.000
respectivamente permiten tener por cancelados en forma total los Fondos Fijos citados precedentemente.
931
Por Ello:
11
PRIMERA SECCIÓN
03 de febrero de 2020
N: 16
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ, en uso de sus atribuciones RESUELVE
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ, en uso de sus atribuciones RESUELVE
ARTÍCULO 1º.-VISAR FAVORABLEMENTE los depósitos bancarios incorporados a los Exptes. 183271 y 183296 por $
29.000 y $ 47.000, realizados por la Sra. Mosse Marina y el Cr.
Gilli Héctor Daniel cancelando en forma total el Fondo Fijo asignado para atender los gastos de la Comisión de Balnearios y de Pasajes respectivamente durante el año 2019.
ARTÍCULO 1º.- APROBAR las rendiciones de cuentas, referente a las ordenes de pago detalladas en el/los cuadros Anexos de la presente en un todo de acuerdo a lo expresado en Considerandos.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.
O.P.A/
O.P
ANEXO I
Expte
Beneficiario
Concepto
TOTAL
RENDIDO
847.000
847.000
847.000
847.000
20.000
18.270,80
23.352
5.000
4.199
AFOROS BANCARIOS
4.380
4.350
75.000
75.000
150.000
150.000
25.000
25.000 +
ANT. 50% CACHET
GRUPO
LOS PALMERAS CTO.
SALDO FINAL CACHET
GRUPO LOS PALMERAS
IMP.RENTAS LOTE
DEPOSITO VEHIC.CORRALON
SUR
TRAMITES CHAPAS
PATENTES EN
REG.AUTOMOTOR
GTOS. VS CERTAMEN
PRECOSQUIN 2020
1511/19
182147
GOMEZ GESTEIRA
DANIEL
1526/19
182582
GOMEZ GESTEIRA
DANIEL
1503/19
181817
GIMENEZ
ROBERTO
CONSIDERANDO: Que a través de la Ordenanza Nº 6.446 el Concejo de Representantes ha establecido que a partir del mes de Enero de 2019 el monto a otorgar a dicha Institución en carácter de subsidio mensual será de $ 6.591.
1509/19
181998
GARCIA SETTI
GUSTAVO
1504/19
181771
FERRA DANIEL
Que la normativa legal determina que los fondos otorgados en carácter de subsidios por el municipio deben ser rendidos por los titulares de las instituciones receptoras de los mismos ante el Tribunal de Cuentas, y por la totalidad de los montos efectivamente percibidos.
1512/19
182145
BOLDRINI
SEBASTIAN
1502/19
181914
FORNARI
ROBERTO
TRASLADO
ESC.FUTBOL
MUNIC,A ENTRE RIOS
395/19
173484
5070/19
182149
ZURBRIGGEN
ADRIAN
SUBS. GRALES.
DTO.1127/DE/2019
HONOR.MAYOJULIO/19
P/ACADEMIA DE
DANZAS
ALEJANDRA SANCHO
Villa Carlos Paz, 26 de diciembre de 2019
RESOLUCIÓN Nº 333/2019
VISTO: La Rendición de Cuentas presentada por las autoridades de la institución de esta ciudad denominada Fundación Protectora de Animales F.U.P.A., y;
Que en virtud de lo antes expuesto este Tribunal dio tratamiento a la rendición de cuentas presentada por las autoridades de la institución Fundación Protectora de Animales F.U.P.A.
correspondiente al subsidio otorgado para el mes de OCTUBRE 2019 la que cumplimenta, a criterio de este Cuerpo, con los requisitos formales exigibles.
Por ello, EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ, en uso de sus atribuciones;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- VISAR FAVORABLEMENTE la Rendición de Cuentas presentada por las autoridades de la institución Fundación Protectora de Animales F.U.P.A. por un monto de $ 6.591 correspondiente al mes de Octubre de 2019, cancelando en forma parcial la Orden de Pago Anticipada N
971/2019.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.
AJUSTES Y/O RECIBOS MUNICIPALES POR REINTEGROS
337/19
181817
1503
338/19
181998
1509
340/19
181771
1504
339/19
182145
1512
GIMENEZ ROBERTO
GARCIA SETTI
GUSTAVO
FERRA DANIEL
BOLDRINI
SEBASTIAN
1.729,20 23.352 801 30 -
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.
Villa Carlos Paz, 31 de diciembre de 2019
RESOLUCIÓN Nº 335/2019
VISTO: La Ordenanza Nº 6.447, y;
Villa Carlos Paz, 31 de diciembre de 2019
RESOLUCIÓN Nº 334/2019
CONSIDERANDO: Que dicha norma establece en $ 16.707,50
el monto a otorgar en carácter de subsidio mensual durante el año 2019 a la Biblioteca Popular José H. Porto de esta ciudad.
VISTO: Las rendiciones de cuentas presentadas sobre las ordenes de pago, anticipadas o directas, detalladas en el cuadro Anexo I de la presente, y;
Que el Departamento Ejecutivo, dispuso a través del Decreto Nº 199/DE/2019, la entrega del subsidio antes mencionado por el periodo comprendido entre el mes de Enero a Diciembre de 2019.
CONSIDERANDO: Que este Tribunal ha realizado el control de dichas rendiciones, así como los ajustes por reintegros realizados, determinando que la documentación revisada se ajusta a la normativa vigente tanto en los aspectos legales como formales, dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Artículo 130º Inc. a, y f de la Ordenanza 1511 y demás disposiciones sobre el particular.
Que los receptores de fondos entregados por esta Municipalidad en carácter de Subsidio, de acuerdo a lo establecido por la normativa legal vigente - Ordenanza Nº 1.511 -, deben presentar ante este Tribunal la correspondiente rendición de cuentas detallando la utilización dada a dichos fondos.
Por Ello:
12
Que atento a lo expresado precedentemente las autoridades de la Biblioteca Popular José H. Porto han presentado para su revisión y control la rendición de cuentas correspondiente al
PRIMERA SECCIÓN
03 de febrero de 2020
N: 16
subsidio otorgado para el mes de Octubre de 2019, por un total de $ 16.925,75 la cual cumplimenta con los requisitos formales exigibles y se ajusta a la normativa legal vigente.
dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Artículo 130º Inc. a, y f de la Ordenanza 1511 y demás disposiciones sobre el particular.
Por ello, EL TRIBUNAL DE CUENTAS de la CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ, en uso de sus atribuciones;
RESUELVE:
Por Ello:
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ, en uso de sus atribuciones RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- VISAR FAVORABLEMENTE la Rendición de Cuentas presentada por las autoridades de la Biblioteca Popular José H. Porto correspondiente al subsidio del mes de OCTUBRE
de 2019, cancelando en forma parcial la Orden de Pago Anticipada Nº 307/2019, emitida a tales efectos.
ARTÍCULO 1º.- APROBAR las rendiciones de cuentas, referente a las ordenes de pago detalladas en el/los cuadros Anexos de la presente en un todo de acuerdo a lo expresado en Considerandos.
ANEXO I
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése al registro del Tribunal y archívese.
O.P.A/
O.P
Expte
Villa Carlos Paz, 31 de diciembre de 2019
RESOLUCIÓN Nº 336/2019
1505/19
182036
BOLDRINI
SEBASTIAN
VISTO: La Ordenanza Nº 6445, la cual establece en $ 23.563 el monto a otorgar en carácter de subsidio mensual durante el año en curso, al Refugio Nocturno Cura Brochero de esta ciudad;
y
962/19
179139
LOPEZ RUBEN A.
1533/19
182575
RIVERO GERMAN
936/19
171960
SUBS. GRALES.
DTO. 229/DE/2019
6059/19
182150
SUBS. GRALES.
DTO.
1126/DE/2019
1525/19
182402
ROLDAN MARIA A.
1495/19
181627
BOLDRINI
SEBASTIAN
1534/19
182752
BOLDRINI
SEBASTIAN
1527/19
182287
BUZZURRO
ROBERTO
1609/19
182747
BOLDRINI
SEBASTIAN
1531/19
180797
MARTINEZ MONICA
CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo dispuso a través del Decreto 042/DE/2018 la entrega del subsidio antes mencionado por el periodo comprendido entre el mes de Enero a Diciembre de 2019.
Que los receptores de fondos entregados por esta Municipalidad en carácter de Subsidio, de acuerdo a lo establecido por la normativa legal vigente, deben presentar ante este Tribunal la correspondiente rendición de cuentas de la utilización de los fondos otorgados.
Que las autoridades del Refugio Nocturno Cura Brochero han presentado para su revisión y control la rendición de cuentas correspondiente al subsidio otorgado para el mes de Diciembre de 2019, por un total de $ 23.611,52 la cual cumplimenta con los requisitos formales exigibles y se ajusta a la normativa legal vigente.
Por ello, El TRIBUNAL DE CUENTAS de la CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ, en uso de sus atribuciones, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.-VISAR FAVORABLEMENTE la Rendición de Cuentas presentada por las autoridades del Refugio Nocturno Cura Brochero por un monto de $ 23.611,52 correspondiente al subsidio del mes de DICIEMBRE de 2019, cancelando totalmente la orden de pago anticipada 020/2019 emitida a tales efectos.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése al registro del Tribunal y archívese.
Villa Carlos Paz, 31 de diciembre de 2019
RESOLUCIÓN Nº 337/2019
VISTO: Las rendiciones de cuentas presentadas sobre las ordenes de pago, anticipadas o directas, detalladas en el cuadro Anexo I de la presente, y;
CONSIDERANDO: Que este Tribunal ha realizado el control de dichas rendiciones, así como los ajustes por reintegros realizados, determinando que la documentación revisada se ajusta a la normativa vigente tanto en los aspectos legales como formales,
13
Beneficiario
Concepto GTOS. VS P/EVENTO
APERTURA TEMPORADA
BS.AS.
CARGA
GARRAFONES CAPS
REPARACION
DIFERENCIAL
CAMION VW
P/CENTRO VECINAL
LA CUESTA
P/ACADEMIA DE
DANZAS
CALAMITA MARIA E.
GTOS. VIAJE A
BARILOCHE
GANADORES
SUPERARTE
GTOS.PROM.ENC.R
ED MUNI
CIPIOS EN
CATAMARCA
ADQ. CALZADO
P/AGENTES
CERRO DE LA CRUZ
ADQ. DISPOSITIVOS
VS. P/ CONTROL
PERSONAL
ADQ.MAT.P/REPARA
CION
AIRES SALA
CONVENC.
MATERIALES
P/SENDERO
AULA AMBIENTAL
TOTAL
RENDIDO
20.000
19.356,68
60.000
29.995,77
75.000
75.000
40.025,28
40.025,28
+
25.000
25.000
45.000
26.042,42
12.000
3.920
36.000
26.792
35.000
31.850
194.280
194.280
24.000
24.000
AJUSTES Y/O RECIBOS MUNICIPALES POR REINTEGROS
342/19
343/19
348/19
344/19
346/19
345/19
182036
179139
182402
181627
182752
182287
1505
962
1525
1495
1534
1527
BOLDRINI SEBASTIAN
LOPEZ RUBEN A.
ROLDAN MARIA A.
BOLDRINI SEBASTIAN
BOLDRINI SEBASTIAN
BUZZURRO ROBERTO
644 30.004,23 18.957,58 8.080 9.210 3.150 -
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.
Villa Carlos Paz, 31 de diciembre de 2019
RESOLUCIÓN Nº 338/2019
VISTO: La Resolución Nº 332/2019 emitida por este Tribunal, y;
CONSIDERANDO: Que se consignó en forma incorrecta la asignación dada al Fondo fijo especial habilitado a nombre del Cr.
Gilli Héctor Daniel, tanto en el Considerando como en el Artículo 1 de la misma.
Que corresponde por lo tanto emitir el acto administrativo que subsane dicho error.
Por ello;
EL TRIBUNAL DE CUENTAS de la CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ,
PRIMERA SECCIÓN
03 de febrero de 2020
N: 16
en uso de sus atribuciones RESUELVE:
Artículo 1º.- MODIFICAR el Considerando y el Artículo 1 de la Resolución Nº 332/2019 emitida por este Cuerpo:
Donde dice:
y de Pasajes
Debe Decir:
y por razones de urgencia tal lo expresado en el Decreto 746/2019
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.
Villa Carlos Paz, 31 de diciembre de 2019
RESOLUCIÓN Nº 339/2019
VISTO: La Rendición de Cuentas presentada por las autoridades de la institución de esta ciudad denominada Fundación Protectora de Animales F.U.P.A., y;
CONSIDERANDO: Que a través de la Ordenanza Nº 6.446 el Concejo de Representantes ha establecido que a partir del mes de Enero de 2019 el monto a otorgar a dicha Institución en carácter de subsidio mensual será de $ 6.591.
Que la normativa legal determina que los fondos otorgados en carácter de subsidios por el municipio deben ser rendidos por los titulares de las instituciones receptoras de los mismos ante el Tribunal de Cuentas, y por la totalidad de los montos efectivamente percibidos.
Que en virtud de lo antes expuesto este Tribunal dio tratamiento a la rendición de cuentas presentada por las autoridades de la institución Fundación Protectora de Animales F.U.P.A.
correspondiente al subsidio otorgado para el mes de NOVIEMBRE 2019 la que cumplimenta, a criterio de este Cuerpo, con los requisitos formales exigibles.
Por ello, EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ, en uso de sus atribuciones;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- VISAR FAVORABLEMENTE la Rendición de Cuentas presentada por las autoridades de la institución Fundación Protectora de Animales F.U.P.A. por un monto de $ 6.591 correspondiente al mes de Noviembre de 2019, cancelando en forma parcial la Orden de Pago Anticipada N
971/2019.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.
RESOLUCIÓN Nº 340/2019
Villa Carlos Paz, 31 de Diciembre de 2019
VISTO: Las rendiciones de cuentas presentadas sobre las ordenes de pago, anticipadas o directas, detalladas en el cuadro Anexo I de la presente, y;
CONSIDERANDO: Que este Tribunal ha realizado el control de dichas rendiciones, así como los ajustes por reintegros realizados, determinando que la documentación revisada se ajusta a la normativa vigente tanto en los aspectos legales como formales, dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Artículo 130º Inc. a, y f de la Ordenanza 1511 y demás disposiciones sobre el particular.
14
Por Ello:
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE VILLA
CARLOS PAZ, en uso de sus atribuciones RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- APROBAR las rendiciones de cuentas, referente a las órdenes de pago detalladas en el/los cuadros Anexos de la presente en un todo de acuerdo a lo expresado en Considerandos:
O.P.A/
O.P
Expte
Beneficiario
1521/19
182343
MOSSE
MARINA
1529/19
182195
ROLDAN
MARIA A.
1229/19
180710
ROLDAN
MARIA A.
1532/19
182758
RIVERO
GERMAN
1231/19
180047
LOPEZ
RUBEN
1208/19
179936
ROLDAN
MARIA A.
Concepto INSUMOS
INFORMATICOS
AREA
MODERNIZACION
HON. CHARLA
TALLER
PAGO DGR
PROPIEDAD
CALLE ALVEAR Y
FLORIDA
MAT.
P/REPARACION
VEREDSA
CENTRO
CARLOS PAZ
UTILES
MENORES
P/PLAN
ABORDAJE LAGO
SAN ROQUE
PASAJES
P/PERSONAS
CARENCIADAS
TOTAL
RENDIDO
14.590,32
14.590,32
5.000
9.000
8.255
30.000
10.625
225.000
118.587,17
20.000
10.840
A N E X O I:
AJUSTES Y/O RECIBOS MUNICIPALES POR REINTEGROS
355/19
182195
1529
354/19
180710
1229
349/19
182758
1532
353/19
180047
1231
350/19
179936
1208
ROLDAN
MARIA A.
ROLDAN
MARIA A.
RIVERO
GERMAN
LOPEZ
RUBEN
ROLDAN
MARIA A.
5.000
745
19.375
106.412,83
9.160
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.