Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 31/10/2019

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
ARTÍCULO 3º.- Sustitúyase el artículo 5º de la Ordenanza Nº4308 la que quedará de la siguiente manera:
Artículo 5º: Establézcase como sanciones por el ejercicio de la actividad de Transporte Ilegal, las siguientes:
a Los particulares que trasladen pasajeros a título oneroso promocional, por canje o similares, el titular del vehículo y/o quien resulte responsable será sancionado con multa de la suma de quinientas 500 veces el valor del litro de nafta súper YPF que rija en esos momentos. En el caso de primer reincidencia los particulares y el/la titular del vehículo o quien resulte responsable que trasladen pasajeros será sancionado con una multa de mil cien 1100 veces el valor del litro de nafta súper YPF que rija en esos momentos.
b En el caso de una segunda reincidencia se aplicará la multa contemplada con dos mil 2000 veces el valor del litro de nafta súper YPF que rija en esos momentos y se realizará la inhabilitación para el/la titular del vehículo y/o quien resulte responsable en ese momento para ser titular de licencia de conducir en cualquier categoría por el termino de cinco 5 años..ARTÍCULO 4º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

Octubre de 2019

del presente; y CONSIDERANDO: Que la mencionada norma surge como Proyecto del mencionado Cuerpo.Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo lo dispuesto en el citada Ordenanza.Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde su promulgación.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Promulgar la Ordenanza N
6561 sancionada por el Concejo de Representantes el día 17 de octubre de 2019
en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal y considerandos del presente.ARTÍCULO 2º.- El Concejo de Representantes tomará conocimiento de lo dispuesto.ARTÍCULO 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO Nº 996 / DE / 2019

ORDENANZA Nº 6561
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 17 de octubre de 2019
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 22 de octubre de 2019

EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
Sanciona con fuerza de Ordenanza
VISTO: La Ordenanza N 6561 sancionada por el Concejo de Representantes el día 17
de octubre de 2019, la que es parte integrante
ARTÍCULO 1.- CREÁSE una comisión Mixta en el ámbito del Concejo de Representantes
Publicado: Octubre de 2019
- página 6 -

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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 31/10/2019

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date31/10/2019

Page count8

Edition count382

First edition01/01/2015

Last issue10/05/2024

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