Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 10/12/2018

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
ARTÍCULO 1.- AUTORIZAR a la Asociación de Permisionarios del Taxímetro de Villa Carlos Paz, a incrementar las tarifas del servicio público que prestan, de acuerdo al siguiente detalle:

144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde su promulgación.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
A partir de su promulgación:

DECRETA

Bajada de Bandera$ 33,63.Ficha cada 100 metros 2,01.A partir del 26 de diciembre de 2018:
Bajada de Bandera 40,36.Ficha cada 100 metros 2,41.ARTÍCULO 2º.- Los Permisionarios del Servicio Público de Transporte en coches Taxímetros, deberán adecuar los respectivos relojes de sus unidades a las nuevas tarifas a partir de las fechas precedentemente determinadas, no pudiendo cobrar el incremento por Planilla Adicional.-

Noviembre de 2018

ARTÍCULO 1º.- Promulgar la Ordenanza N
6417 sancionada por el Concejo de Representantes el día 09 de noviembre de 2018, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal y considerandos del presente.ARTÍCULO 2º.- El Concejo de Representantes tomará conocimiento de lo dispuesto.ARTÍCULO 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO Nº 797 / DE / 2018

ARTÍCULO 3º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 09 de noviembre de 2018

ORDENANZA Nº 6417

EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
Sanciona con fuerza de Ordenanza CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 12 de noviembre de 2018
VISTO: La Ordenanza N 6417 sancionada por el Concejo de Representantes el día 09
de noviembre de 2018, la que es parte integrante del presente; y CONSIDERANDO: Que la mencionada norma surge como Proyecto de este Departamento Ejecutivo y ha sido aprobado.Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo
ARTÍCULO 1.- APROBAR la tarifa para el Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros TUP mediante Ómnibus, que regirá a partir de su promulgación para el Boleto Ordinario, en la suma de pesos Dieciocho con Cero Centavos $ 18,00.-.ARTÍCULO 2º.- La empresa prestataria Servicio de Transporte Público Urbano Pasajeros TUP mediante ómnibus, forma inmediata debe restablecer prestación del servicio en referencia a:

Publicado: Noviembre de 2018
- página 9 -

del de en la

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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 10/12/2018

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date10/12/2018

Page count12

Edition count383

First edition01/01/2015

Last issue17/05/2024

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