Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 2/11/2017
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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
Boletín Oficial Municipal de Villa Carlos Paz
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 02 de octubre de 2017
Octubre de 2017
Procurador Municipal; y
VISTO: El Decreto Nº 145/DE/2004, de fecha 02 de marzo de 2004 relativo al funcionamiento del cuerpo de procuradores municipales; y CONSIDERANDO: Que este Departamento Ejecutivo considera apropiado, ampliar el número de Procuradores establecido en el artículo 3º del citado Decreto, a la cantidad de cincuenta 50.Que mediante Decreto 427/DE/2012, se amplía la cantidad de procuradores, la que resulta insuficiente.-
CONSIDERANDO: Q u e e v a l u a d o s l o s antecedentes de la Abogada Miriam Mariela Martínez Widmer, ésta reúne los requisitos profesionales y se encuentra capacitada para cumplir las funciones aludidas.Que la designación se encuentra conforme a lo dispuesto en el Decreto 145/C/04 texto ordenado de los Decretos 164/81, 410/93 y 099/2004 y modificatorias.Que la profesional deberá constituir la correspondiente garantía ante el Departamento de Procuración.Por ello:
Que en consecuencia se emite el acto administrativo que disponga sobre el particular.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Modificar el Artículo 3º del Decreto 145/DE/2004 y sus modificatorias, ampliando el Cuerpo de Procuradores Municipales a la cantidad máxima de cincuenta 50 Profesionales abogados, inscriptos en la respectiva matrícula del Foro Provincial, cuya única retribución por su actuación profesional, será la prevista en el Artículo 12º, inciso d del presente.ARTÍCULO 2º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO N 560 / DE / 2017.
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 02 de octubre de 2017
VISTO: La necesidad de designar un
ARTÍCULO 1º.- DESIGNAR Procuradora Municipal a la Abogada MIRIAM MARIELA
MARTINEZ WIDMER, D.N.I. 26.860.255, Matrícula Profesional Nº 1-34115, quien deberá desempeñar sus funciones de conformidad a lo establecido en las normativas vigentes.ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el Artículo precedente, queda condicionado al cumplimiento por parte de la profesional designada, de los requisitos establecidos en el Artículo 12º del Decreto 145/C/04.ARTÍCULO 3º.- El Departamento de Procuración notificará a la profesional lo dispuesto en el presente, controlará el cumplimiento de los requisitos supra mencionados y la notificará de las normas vigentes que regulan el ejercicio de Procurador.ARTÍCULO 4º.- La profesional deberá rubricar con el Departamento Ejecutivo el Contrato correspondiente.-
Publicado: Noviembre de 2017
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