Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 30/10/2017

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
estadía.-

Octubre de 2017

ARTÍCULO 2º.- Los gastos que demande la ejecución del convenio serán soportados con la Partida Nº 38.81.100.1.13.327 del Presupuesto General de gastos vigente.-

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 17 de octubre de 2017
VISTO: La Ordenanza N 6282 sancionada por el Concejo de Representantes el día 12 de octubre de 2017, la que es parte integrante del presente; y
ARTÍCULO 3º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.ORDENANZA Nº 6283

CONSIDERANDO: Que la mencionada norma surge como Proyecto de este Departamento Ejecutivo y ha sido aprobado.-

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 17 de octubre de 2017

Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 144
Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde su promulgación.-

VISTO: La Ordenanza N 6283 sancionada por el Concejo de Representantes el día 12 de octubre de 2017, la que es parte integrante del presente; y
Por ello:

CONSIDERANDO: Que la mencionada norma surge como Proyecto de este Departamento Ejecutivo y ha sido aprobado.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Promulgar la Ordenanza N 6282
sancionada por el Concejo de Representantes el día 12 de octubre de 2017 en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal y considerandos del presente.ARTÍCULO 2º.- El Concejo de Representantes tomará conocimiento de lo dispuesto.ARTÍCULO 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO Nº 582 / DE / 2017

Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 144
Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde su promulgación.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Promulgar la Ordenanza N 6283
sancionada por el Concejo de Representantes el día 12 de octubre de 2017 en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal y considerandos del presente.ARTÍCULO 2º.- El Concejo de Representantes tomará conocimiento de lo dispuesto.-

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 12 de octubre de 2017

ARTÍCULO 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.-

EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
Sanciona con fuerza de Ordenanza ARTÍCULO 1.- APROBAR el Modelo de Convenio a suscribir entre la Municipalidad de Villa Carlos Paz y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación Argentina, que en anexo se adjunta y que forma parte integrante de la presente.-

DECRETO Nº 583 / DE / 2017

Publicado: Octubre de 2017
- página 5 -

About this edition

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 30/10/2017

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date30/10/2017

Page count20

Edition count383

First edition01/01/2015

Last issue17/05/2024

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