Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 4/5/2016

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
vínculos existentes. Entre las actividades a desarrollar, se encuentran contempladas, entre otras, la realización de muestras, espectáculos, conferencias, exposiciones, eventos y charlas, incluyendo el dictado de talleres y/o cursos de capacitación.SEGUNDA: LAS PARTES acordarán la forma en que se implementarán las actividades a desarrollarse en el marco del presente Convenio.TERCERA: LAS PARTES manifiesta que los instrumentos cuya suscripción se impulsa serán gestionados y celebrados por el Sr.
Intendente y/o por quien este designe a tal efecto.CUARTO: El presente Convenio Marco tendrá una duración de dos 2 años a partir de su celebración, prorrogables automáticamente por igual período, salvo que alguna de LAS PARTES comunique a la otra en forma fehaciente y con una anticipación de no menos de treinta 30 días su voluntad de no prorrogar el presente Convenio.-

Abril de 2016

los indicados en el encabezamiento del presente, en los que se tendrán por validas todas las notificaciones que pudieran cursarse con motivo este Convenio y de los demás instrumentos que se suscriban para su implementación. En caso de modificación de domicilio, la misma solo tendrá efecto a partir de la fecha de la notificación fehaciente del cambio.SÉPTIMA: Para todas las controversias que pudieran surgir entre LAS PARTES, que tengan origen y/o fundamento en la interpretación, aplicación, ejecución y/o cumplimiento de las condiciones de este Convenio y de los instrumentos que en su marco se suscriban, LAS PARTES
acuerdan someterse a los Tribunales Federales competentes, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.En prueba de conformidad se firman dos 2
ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto en la Ciudad de Córdoba a los cinco 05 días del mes de abril del año 2016.-

QUINTA: Cualquiera de LAS PARTES
podrá rescindir anticipadamente el presente Convenio Marco sin que ello origine responsabilidad alguna, debiendo a tal efecto comunicar su decisión en forma fehaciente a la otra con una antelación mínima de treinta 30 días a la fecha en que se pretenda hacer efectiva la rescisión. LAS PARTES
acuerdan que la rescisión suspenderá las actividades programadas, con excepción de aquellas que se encuentren en ejecución al producirse la rescisión, las que serán continuadas hasta su finalización.-

CONSIDERANDO: Que la mencionada norma surge como Proyecto de este Departamento Ejecutivo y ha sido aprobado.-

SEXTA: A todos los efectos legales derivados del presentes Convenio Marco LAS
PARTES fijan sus domicilios especiales en
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde su promulgación.-

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 22 de abril de 2016
VISTO: La Ordenanza N 6111 sancionada por el Concejo de Representantes el día 20
de abril de 2016, la que es parte integrante del presente; y
Publicado: Abril de 2016
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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 4/5/2016

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date04/05/2016

Page count8

Edition count382

First edition01/01/2015

Last issue10/05/2024

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