Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 8/1/2016

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 03 de diciembre de 2015
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
Sanciona con fuerza de Ordenanza ARTÍCULO 1.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal D.E.M.- a celebrar convenios para otorgar el uso de espacios públicos de dominio municipal con fines publicitarios y de promoción de productos y/o campañas educativas o temas de interés público, a Instituciones, empresas y/o particulares a cambio de contraprestaciones que sean de interés del Municipio y en el marco de lo establecido en los artículos 121, inc. 13 y 144, inc. 17 de la Carta Orgánica Municipal.ARTÍCULO 2º.- Las autorizaciones otorgadas en virtud de estos convenios tendrán carácter precario, deberán los ofrecimientos ser hechos por escrito, no otorgando exclusividad y las contraprestaciones en ningún caso deberán ser inferiores a lo establecido en la Ordenanza Tarifaria por metro cuadrado y según zonas.ARTÍCULO 3º.- Las Instituciones, empresas y/o particulares interesados en el uso de espacios públicos de dominio municipal con los fines enumerados en el artículo 1º de la presente Ordenanza, a cambio de contraprestaciones de interés municipal, deberán realizar la presentación por escrito ante el Departamento Ejecutivo Municipal a los fines de su consideración. Si hubiese dos o más interesados en realizar igual contraprestación en un mismo espacio, el Departamento Ejecutivo Municipal remitirá al Concejo de Representantes ambos convenios.-

Enero de 2016

ARTÍCULO 4º.- Los convenios establecidos en la presente Ordenanza serán elevados y tratados por el Concejo de Representantes en doble lectura y Audiencia Pública.ARTÍCULO 5º.- DEROGAR la Ordenanza Nº 4383.ARTÍCULO 6º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo a los fines de su promulgación ORDENANZA Nº 6047

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 28 de diciembre de 2015
VISTO: La Ordenanza N 6047 sancionada por el Concejo de Representantes el día 03
de diciembre de 2015, la que es parte integrante del presente; y CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el Artículo 130 de la Carta Orgánica Municipal, ha operado la Promulgación de Hecho de la mencionada Ordenanza.Que atento a lo expuesto precedentemente resulta necesario efectuar la inscripción en el Registro de Protocolo respectivo, dictado al efecto el acto administrativo pertinente.Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde su promulgación.Por ello:

Publicado: Enero de 2016
- página 2 -

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA

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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 8/1/2016

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date08/01/2016

Page count84

Edition count380

First edition01/01/2015

Last issue26/04/2024

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