Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 4/1/2016

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Oficial Municipal de Villa Carlos Paz
DECRETO N 821 / DE / 2015.

Diciembre de 2015

Programa 31.01.100.1.13.39.395 y 37.01.100.1.13.39.395.-

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 02 de diciembre de 2015
VISTO: Lo dispuesto por la Carta Orgánica, particularmente en su Articulo 38 y concordantes; y
ARTÍCULO 3º.- Previo al cumplimiento de lo establecido, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO N 822 / DE / 2015.

CONSIDERANDO: Que es deber del Municipio propender al Estado de Bienestar, promoviendo el desarrollo humano y comunitario, el progreso económico con justicia social, la formación y capacitación de trabajadores, la reconversión de mano de obra, la inclusión social y el desarrollo de políticas sociales coordinadas.Que a tales fines, el Municipio formula planes integrales.-

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 02 de diciembre de 2015

Que conforme a este postulado, corresponde realizar el pago sobre el monto estipulado en el decreto Numero 673/DE/2014 llevando a cabo el Programa de Becas del Municipio, que se encuentra reglamentado mediante Decreto Numero 138/DE/2004 y Ordenanza Numero 5591 y Numero 5788.-

VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1º.- ASIGNAR el pago de Becas de Formación y Capacitación del Programa Corazón de mi Ciudad a los beneficiarios que se detallan en el Anexo 1, en un todo de acuerdo a los considerando del presente, correspondiente al mes de Complementaria Noviembre de 2015.ARTÍCULO 2º.- El Gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior será atendido con el fondo del
CONSIDERANDO: Que el Art. 1o de la Ordenanza N 5945, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Art. 6o de dicha Ordenanza establece El Departamento Ejecutivo podrá variar las partidas presupuestarias de Tercer Nivel o inferior pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.o
Que asimismo, el Art. 11 de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el
Publicado: Enero de 2016
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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 4/1/2016

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date04/01/2016

Page count60

Edition count382

First edition01/01/2015

Last issue10/05/2024

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