Boletín Oficial de la Región de Murcia del 23/5/2023

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 117

Jueves, 23 de mayo de 2019

b Experiencia profesional: Máximo 5 puntos.
- Por cada mes de servicio en puestos similares del Ayuntamiento de Ojós:
0,15 puntos.
Los servicios prestados se acreditaran mediante certificado del secretario de la Corporación o entidad.
Los cursos se justificarán con copia compulsada de cualquier documento acreditativo.
En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en el apartado primero de este artículo según el orden establecido. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el proceso selectivo.
Séptima. Calificación.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.
Octava. Relación de aprobados. Acreditación de requisitos exigidos y nombramiento.
Concluidas las pruebas, el Tribunal hará público el resultado final, con expresión de los datos del aspirante que haya obtenido mayor puntuación en la página Web de este Ayuntamiento, dirección https www.ayuntamientodeojos.es y en el Tablón de Anuncios.
El Tribunal elevará a la consideración de la Alcaldía la propuesta de nombramiento del aspirante que haya obtenido la mayor puntación que, además será publicada en el Boletín Oficial de la Región, debiendo el aspirante propuesto acreditar, en el plazo de 20 días hábiles siguientes al de la publicación, que reúne todos y cada uno de los requisitos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
La resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía a favor de los aspirantes propuestos por el Tribunal, quienes deberán tomar posesión o incorporarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se les notifique el nombramiento.
Novena: Retribuciones.
En todo caso, las retribuciones que perciba el funcionario en el puesto de ingreso no podrán ser inferiores a las consolidadas por el contrato laboral en el puesto que como tal venía desempeñando.
Décima: Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

NPE: A-230519-3174

Página 16447

About this edition

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 23/5/2023

TitleBoletín Oficial de la Región de Murcia

CountrySpain

Date23/05/2023

Page count149

Edition count12567

First edition10/07/1982

Last issue31/05/2024

Download this edition

Other editions