Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 7/2/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

materiales eléctricos y de electricidad de toda índole para obra y/o decoración, pinturas, papeles pintados, artículos de ferretería, artículos o materiales vinculados directa o implícitamente a los rubros de la construcción y/o decoración.Fabricación y compraventa de mobiliario para casas y/u oficinas, también mediante la compraventa, exportación, importación, permuta, representación, comisión, consignación, distribución y fraccionamiento por cuenta propia o de terceros o asociada a estos de toda clase de productos relacionados directamente o indirectamente con cualquiera de las etapas de los incisos posteriores que hacen a este objeto social, tanto a mayorista como a minorista.- IV INMOBILIARIAS: Mediante la adquisición, venta, permuta, explotación, arrendamientos, alquiler, administración y/o construcción de inmuebles urbanos y rurales, quedando expresamente comprendidas todas las operaciones contempladas en las leyes y reglamentos de propiedad horizontal y fraccionamiento de tierras para su venta, instalación, alquiler y/o explotación o prestación de servicio de playa de estacionamiento para vehículos y/o cocheras, lavaderos de automotores, etc.- V
FINANCIERAS: Conceder créditos para la financiación de la compra o venta de bienes inmuebles, pagaderos en cuotas o término, operaciones de créditos hipotecarios relacionadas a su actividad de constructora o intervención en la compraventa, administración y explotación de inmuebles. Quedan excluidas las operaciones de la ley de entidades financieras.- La sociedad podrá realizar todas aquellas actividades que resulten necesarias para el cumplimiento del objeto social, comercializar todos aquellos productos recibidos como formas de pagos con relación al objeto social y tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones pudiendo realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el mismo, siempre que no les sean prohibidos por la ley ni por este contrato.- VI GASTRONOMIA: Dedicarse a la actividad gastronómica en todos sus aspectos, explotación de comercio dedicado a la gastronomía, explotación comercial del negocio de bar, confitería, cafetería, restaurante, pizzería, servicios de lunch, elaboración, distribución y venta de productos alimenticios, bebidas con o sin alcohol, y toda otra actividad derivada del rubro gastronómico;
servicios de asesoramiento gastronómicos, pudiendo comercializar en cualquiera de sus etapas, productos de la industria alimenticia, gastronómica, elaboración y semielaboración de comidas, helados, bebidas, servicios de catering, servicios para fiestas y eventos, como así también la realización de operaciones inmobiliarias, mediante la adquisición y/o arrendamiento o alquiler de inmuebles o locales, transferencias de fondos de comercio. Organización de todo tipo de eventos, sea con artistas nacionales o internacionales, y cualquier actividad vinculada con la gastronomía, incluida la publicidad, musicalización y promoción de los mismos.
Explotación de salón para fiestas o bailes.- Capital Social: El capital social se establece en la suma de Pesos CIEN MIL $ 100.000, dividido en CIEN 100 cuotas de capital de Pesos Un Mil $ 1.000 cada una, correspondiéndole al Sr. MAURIZIO
PIEROBON, D.N.I. N 39.481.108 noventa y cinco 95 cuotas sociales o sea Pesos NOVENTA Y CINCO MIL $ 95.000 es decir el noventa y cinco por ciento del capital social 95% y al Sr. LUIS MANUEL GOMEZ SALAS, DNI 39.145.516, cinco 5 cuotas sociales o sea Pesos CINCO MIL $ 5.000, es decir el cinco por ciento del capital social 5%.- En este mismo acto se integra el 25% veinticinco por ciento del capital social, lo cual equivale a Pesos VEINTICINCO MIL $ 25.000 en las respectivas proporciones societarias, y el saldo dentro de los dos años.Organización de la Administración: La administración de la sociedad será ejercida por uno o más gerentes, los que pueden ser ajenos a la sociedad, quienes tendrán el uso de la firma social.- La gerencia tendrá las más amplias facultades que sean necesarias para el cumplimiento del objeto social, sin ninguna otra limitación que las que surjan expresamente del presente contrato o de Asambleas formalmente realizadas.- La gerencia será designada y fijada su retribución por la Asamblea, siendo intangible el principio de revocabilidad.- A partir del presente contrato y hasta nueva disposición de Asamblea, la gerencia será ejercida por el socio MAURIZIO
PIERBON, el cual revestirá el carácter de SOCIO GERENTE.- Cierre de Ejercicio: Cada ejercicio económico finalizará el 15 de mayo de cada año.- San Miguel de Tucumán, 06

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 7/2/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

CountryArgentina

Date07/02/2024

Page count44

Edition count4429

First edition14/12/2004

Last issue15/05/2024

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