Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 29/1/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 80291

DECRETO 30 / 2021 DECRETO / 2021-01-13
DECRETO N 30/1 FE, del 13/01/2021.
EXPEDIENTE N 1.105/170-DJ-2020.VISTO, las presentes actuaciones mediante las cuáles la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado, gestiona la convalidación de la interposición de una acción presentada en el juicio: "Provincia de Tucumán C/ Courtade, Giselle Susana S/
Acción Autónoma de Nulidad por Cosa Juzgada Irrita", en forma previa al traslado de la demanda, y CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado, indica que la acción intentada deviene como consecuencia de una sentencia dictada por la Exma. Corte Suprema de Justicia de Tucumán, por competencia originaria, acogiendo una demanda de prescripción adquisitiva iniciada por la señora Courtade respecto de un inmueble integrante del loteo -La Quebradita", en la localidad de Tafí del Valle.
Que agrega que, si bien se entiende que no se configuró ninguna de las acotadas posibilidades que las leyes de rito acuerdan para interponer el recurso extraordinario federal contra la sentencia dictada, única vía para recurrir los fallos dictados por la Corte Suprema Provincial por competencias originara, considera que existen elementos para solicitar su declaración de nulidad, los que quedan expuesto en el escrito de interposición de demanda.
Que a fs. 9/16 se adjunta copia de la demanda presentada ante la Exma. Corte Suprema de Justicia de Tucumán, en el juicio: "Provincia de Tucumán C/Courtade, Giselle Susana S/ Acción Autónoma de Nulidad por Cosa Juzgada Irrita", Consta, según el cargo agregado a fs. 17, que la misma se presentó el 29 de diciembre de 2020 a hs. 20:40.
Que conforme lo dispuesto por el artículo 8 inc. 2 de la Ley N 8.896, el Fiscal de Estado representa a la Provincia en todos los procesos, procedimientos y trámites judiciales y/o extrajudiciales en que aquella sea parte o actúe como tercero interesado, pudiendo delegar o sustituir facultades a favor de Directores, Delegado Fiscal y Abogados del Organismo, mediante resolución, notapoder o escritura pública, dentro o fuera de su jurisdicción. Sin instrucción del Gobernador de la Provincia no podrá allanarse, acordar, transar, desistir, comprometer en árbitros, arbitradores o amigables componedores.
Que de acuerdo a lo expresado, corresponde al Poder Ejecutivo, mediante Decreto, convalidar lo actuado por la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado, en el juicio: "Provincia de Tucumán C/Courtade, Giselle Susana S/ Acción Autónoma de Nulidad por Cosa Juzgada Irrita" y autorizar a la mencionada Dirección a llevar adelante las actuaciones judiciales pertinentes para la prosecución del mismo.
Por ello, y en virtud del Dictamen Fiscal N 13 de fecha 6 de enero de 2021
obrante a fs. 18, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Convalídese lo actuado por la Dirección Judicial de Fiscalía de

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 29/1/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

CountryArgentina

Date29/01/2021

Page count67

Edition count4426

First edition14/12/2004

Last issue08/05/2024

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