Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 20/1/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
Aviso número 80167
DECRETO 2590 / 2020 DECRETO / 2020-12-28
DECRETO N 2.590/3 SH, del 28/12/2020.
EXPEDIENTE N 1491/222-L-2020
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Municipalidad de La Cocha solicita una asistencia financiera con carácter de Aporte No Reintegrable, por la suma de $18.130.000.-, y CONSIDERANDO:
Que los fondos requeridos serán destinados a obra de pavimentación de las arterias del municipio.
Que a fs. 3 el señor Ministro de Interior toma conocimiento del trámite, sin formular observación al pedido.
Que en consecuencia resulta menester proceder de conformidad a lo gestionado, dictando para ello la pertinente medida administrativa, y asimismo autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía a emitir la correspondiente orden de pago.
Por ello, atento a lo informado por Contaduría General de la Provincia a fs. 4 , Dirección General de Presupuesto a fs. 5 y en mérito al Dictamen Fiscal N 2425
del 28 de diciembre de 2020, adjunto a fs. 7 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Otórgase -de conformidad a los considerandos que anteceden y a las disponibilidades del Tesoro Provinciala la MUNICIPALIDAD DE LA COCHA un Aporte No Reintegrable, por la suma total de PESOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS MIL $
18.300.000.-, destinado a obras de pavimentación de las arterias del municipio.
ARTICULO 2.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE
ECONOMIA a emitir una orden de pago a favor de la MUNICIPALIDAD DE LA COCHA, por la suma y el concepto citados en el Artículo precedente, e impútese la presente erogación a la Jurisdicción 50 - SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 92
- Apoyo a Gobiernos Municipales y Comunales, Finalidad/Función 150, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01 - Apoyo a Gobiernos Municipales y Comunales, Partida Subparcial 581 - Transferencias a Gobiernos Municipales y Comunales, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia del Presupuesto General 2020.
ARTICULO 3.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda.
ARTICULO 4.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-