Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 14/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 76158

DECRETO 740 / 2019 DECRETO / 2019-12-17
DECRETO N 740/1 FE, del 17/12/2019.
EXPEDIENTE N 959/170-M-18.VISTO, las presentes actuaciones por las cuales se gestiona el pago de la deuda según sentencia recaída en el juicio: "Varela, Juan Carlos y Otros vs. Provincia de Tucumán S/ Contencioso Administrativo" Expte. N 1.075/09, que tramita ante la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo, Sala III, y CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 se adjunta Formulario de Registro de Sentencias Condenatorias Decreto N 1.583/1FE-16 Anexo II; a fs. 2 se agrega copia de Poder General para Juicios y Trámites Administrativos otorgado al Dr. Jorge Agustín Muñoz h;
a fs. 3/12 se agrega copia de Sentencia N 327 del 23 de junio de 2016 que resuelve la cuestión de fondo e impone las costas a la demandada y a fs. 19 obra copia de proveído de fecha 5 de julio de 2018 que aprueba la planilla de liquidación.
Que a fs. 20 la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado informa que mediante Sentencia N 327 del 23 de junio de 2016, se hace lugar a la demanda por movilidad previsional condenando a la Provincia de Tucumán a abonar movilidad previsional conforme sentencia y a pagar las diferencias generadas por tal concepto. Posteriormente se aprobó la planilla respecto a la coactora María Mercedes Menéndez Zavaleta en la suma total de $147.749,64. Informa que la sentencia de fondo se encuentra firme, que la deuda debe ser abonada en efectivo y que no existen pagos, embargos ni cesiones por este concepto. Para el orden de prioridades establecido por la Ley N 8.851, la fecha de notificación a la Provincia de Tucumán de la aprobación de la planilla, es el 31 de julio de 2018.
Que a fs. 21 el Departamento Servicio Administrativo Financiero de Fiscalía de Estado, informa que no se registran pagos bajo estos conceptos en el juicio de referencia.
Que a fs. 24 y 27 obran planillas de cálculo confeccionadas por la Dirección de Auditoría y la Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado, ascendiendo la última a la suma total de $178.045,93.
Que a fs. 33 se consigna la imputación presupuestaria que atenderá el gasto.
Que a fs. 37 la Contaduría General de la Provincia emite informe de su competencia y a fs. 38 hace lo propio la Dirección General de Presupuesto.
Que a fs. 41 la Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado informa que el orden de prelación conforme al artículo 4 de la Ley N 8.851 corresponde al N 260.
Que la Ley N 8.851 en su artículo 3 dispone que los pronunciamientos judiciales que condenan al Estado Provincial serán satisfechos dentro de las autorizaciones del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para la Administración Pública Provincial y hasta su agotamiento.
Que el artículo 4 de la citada norma, determina que Fiscalía de Estado deberá tomar conocimiento fehaciente de la condena judicial firme antes del 31 de julio de cada año, debiendo remitir a la Secretaría de Estado de Hacienda hasta el 31
de agosto, el detalle de los juicios con sentencia condenatoria con planilla

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 14/1/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

CountryArgentina

Date14/01/2020

Page count44

Edition count4429

First edition14/12/2004

Last issue15/05/2024

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