Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 18/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria Miércoles, 18 de marzo de 2020

Núm. 32

2020/1360 de fecha 13 de marzo de 2020, por el que se aprueba el plan de actuación de la diputación Provincial de soria: aProBación Plan actUación diPUtación coVid19, que continuará vigente en todo aquello que resulte compatible con las medidas y órdenes que se deriven de la declaración del estado de alarma.
Segundo.- todos los trabajadores/as cuyas funciones permitan su desarrollo a distancia, prestarán el servicio desde su domicilio en la modalidad de trabajo no presencial. corresponderá a los Jefes/as de Área o departamento, velar para que desde el día de hoy 16 de marzo, los empleados/as de los mismos, mayoritariamente, realicen las tareas que tienen encomendadas en la modalidad de teletrabajo.
Tercero.- el número de efectivos que realice sus funciones de forma presencial será determinado por los responsables de cada departamento y será solo en aquellos servicios y para aquellos casos que tengan el carácter de críticos según lo establecido en el anexo i de esta resolución, evitando que el mismo supere el que en cada caso se considere imprescindible, y cuidando en particular, la protección de la salud de los/as empleados/as que se encuentren en algún grupo de riesgo por ser especialmente vulnerables o manifiesten problemas de conciliación. la relación de empleados que presten sus servicios en la modalidad de atención presencial deberá ser comunicada al Área de recursos Humanos y a la Vicepresidenta segunda de la diputación.
Cuarto.- con el fin de salvaguardar los derechos de la ciudadanía que tengan procedimientos en trámite, durante los días de duración del estado de alarma, quedan suspendidos los plazos procesales y administrativos, así como los plazos de prescripción y caducidad, por lo que todas aquellas unidades administrativas que presten atención presencial procederán a suspender la misma durante la vigencia del estado de alarma o la prórroga, en su caso.
Quinto.- a los efectos de no perjudicar los derechos de la ciudadanía en sus relaciones con la corporación Provincial y su sector Público por las especiales circunstancias de la declaración, tanto por su estado de salud o la imposibilidad de desplazarse a las oficinas correspondientes, se reforzarán los medios telefónicos y telemáticos para la atención al público, siendo los responsables de las citadas unidades administrativas los encargados de que dichos medios estén habilitados a partir del lunes 16 de marzo.
se establece a los efectos de información como teléfono de coordinación con los distintos servicios el 975101000, al que podrá dirigirse cualquier persona y desde el que se derivarán las llamadas a cada departamento que deberá dejar establecido un teléfono para recogida de avisos.
igualmente se establece la recomendación del uso de las sedes electrónicas provinciales como forma de presentación de solicitudes y documentos.
Sexto.- Quedan suspendidas las convocatorias de sesiones de todos los órganos colegiados incluidas comisiones informativas, Junta de Gobierno, sesiones de los órganos rectores del organismo autónomo de la Uned, Junta de Portavoces, y Pleno. igualmente su suspende la agenda del Presidente, Vicepresidentes y diputados Provinciales.
al amparo del artículo 10 de la ley 40/2015 de régimen Jurídico del sector Público se avocan, mientras dure la declaración del estado de alarma o sus prórrogas, todas las competencias delegadas por esta Presidencia en la Junta de Gobierno local por decreto fecha 16 de julio de 2019 Boletín Oficial de la Provincia de Soria nº 84 de 24 de julio de 2019. la avocación tem-

BOPSO-32-18032020

Pág. 627

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Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 18/3/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Soria

CountrySpain

Date18/03/2020

Page count12

Edition count2673

First edition04/05/2005

Last issue29/04/2024

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